convenio oficinas y despachos Madrid

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Nana

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Buenas

he llegado torpe de vacaciones, que le vamos a hacer  :(

En el convenio de Oficinas y Despachos de Madrid, en licencias, se indica lo siguiente:
a)Quince días naturales en caso de matrimonio.
b) Tres días en caso de nacimiento de un hijo.
c) Tres días en caso de enfermedad grave, hospitalización, intervención quirúrgica
sin hospitalización que precise reposo domiciliario o fallecimiento de parientes
hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad y hermanos políticos.
d) Cuatro días en caso de fallecimiento de cónyuge, padres, padres políticos, hijos y
hermanos.
e) En los supuestos anteriores, cuando se necesite hacer un desplazamiento de 200
kilómetros por cada uno de los viajes de ida y vuelta, los permisos se aumentarán
en un día más de lo señalado en cada caso.


Si el trabajador, que trabaja en Madrid, se casa en Oviedo, ¿puede optar a lo que indica el punto e)? ¿y si sí, tendrían que ser disfrutados estos días uno por delante (por ejemplo, el dia antes de la boda) y el otro por detrás (al volver del viaje de novios) o puede disfrutarlos juntos por delante o por detrás? Yo creo que puede disfrutarlos cuando quiera, pero tenemos en el despacho un debate gracioso, y creo que hemos contagiado a otro despacho amigo porque están con el mismo debate ;D

si podeis aportar algo os lo agradezco!

gracias!!!!!!

Buen finde
 

ferrarito

Nuevo miembro
Según la redacción, yo entiendo que si tendría derecho. Seria un día mas. Entiendo que lo puede disfrutar un día por delante o por detrás.

 
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