alta cónyuge de un seta

FIRMAMENTO

Miembro
Si se da de alta al cónyuge de un SETA, entendéis que le son de aplicación las bonificaciones de familiar colaborador (art. 35 LETA)?
No me queda claro si se podrían aplicar estas bonificaciones o si por el contrario sólo se les aplicaría, de cumplir requisitos, los de la reducción que establece el art. 37 LETA.
En TGSS no parece que lo tengan muy claro.
Si alguien ha tenido un caso de éstos y me puede indicar algo.
Muchas gracias.
 

nayade

Miembro activo
En 2018 hice un alta a la mujer de un autónomo agrario como familiar de reta con actividad agraria incluida en el sistema especial agrario con bonificación. Al hacer el alta e indicar la bonificación no me dejaba hacerla, llamé a la S/S y me dijeron que hay que hacer el alta sin bonificación y luego hacerles un escrito junto con el libro de familia y ya ellos aplican la bonificación. De cara al recibo tuvimos que devolver el primer recibo (que no tenía la bonificación) por disconformidad con el importe y luego al mes siguiente pasaron los dos recibos con la bonificación.
 
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