Buenas tardes,
Tengo a una trabajadora a tiempo completo de baja por IT desde Febrero. En Marzo mediante un contrato de interinidad se contrató a una trabajadora para sustituirla. La interina va a solicitar una reducción de jornada por cuidado de menores de 12 años, sospecho que va a pedir la 1/2 de la jornada.
Las cuestiones son las siguientes:
1. La empresa no puede negarse , ¿verdad?
2. Si la empresa optara por despedir a la interina estaríamos ante un despido nulo ¿cierto?
3.¿ Sería necesario contratar a otra interina que a su vez complete la jornada de la interina con reducción de jornada para que la jornada de la trabajadora en IT quede totalmente cubierta?
4. El convenio de aplicación establece lo siguiente:
A
rtículo 29.Indemnización al cese (eventualidad)
Los trabajadores con contratos de duración determinada, hasta un tiempo máximo de doce meses, ya lo sean con carácter de eventuales, interinos, por obra o servicio determinado u otra modalidad legalmente prevista, percibirán al momento del cese una indemnización equivalente al 12% de su salario de Convenio por día trabajado, entendiendo por salario de Convenio todos los conceptos contenidos en la tabla salarial y percibidos por el trabajador en jornada ordinaria
Para calcular la indemnización de la interina con reducción de jornada cuando finalice su contrato habrá que tener en cuenta dos salarios, el que tenía a jornada completa por el tiempo que haya estado con esta jornada y el salario a tiempo parcial para el tiempo que esté con reducción de jornada, no?
4. Para mecanizar la reducción de jornada hay que hacer un movimiento en red , cambio de contrato / tipo /coeficiente. Tendría que mantener el tipo de contrato y cubrir los campos : Reducción de jornada (código 001 cuidado de menor) y coeficiente (número de horas que va a trabajar con la reducción de jornada). ¿Esto es así?
5. En el SEPE podría intentar registrar el acuerdo entre empresa y trabajador con la modificación de la jornada aunque lo más seguro es que no me lo quieran sellar.
A ver si por favor me podéis orientar. Gracias
Tengo a una trabajadora a tiempo completo de baja por IT desde Febrero. En Marzo mediante un contrato de interinidad se contrató a una trabajadora para sustituirla. La interina va a solicitar una reducción de jornada por cuidado de menores de 12 años, sospecho que va a pedir la 1/2 de la jornada.
Las cuestiones son las siguientes:
1. La empresa no puede negarse , ¿verdad?
2. Si la empresa optara por despedir a la interina estaríamos ante un despido nulo ¿cierto?
3.¿ Sería necesario contratar a otra interina que a su vez complete la jornada de la interina con reducción de jornada para que la jornada de la trabajadora en IT quede totalmente cubierta?
4. El convenio de aplicación establece lo siguiente:
A
rtículo 29.Indemnización al cese (eventualidad)
Los trabajadores con contratos de duración determinada, hasta un tiempo máximo de doce meses, ya lo sean con carácter de eventuales, interinos, por obra o servicio determinado u otra modalidad legalmente prevista, percibirán al momento del cese una indemnización equivalente al 12% de su salario de Convenio por día trabajado, entendiendo por salario de Convenio todos los conceptos contenidos en la tabla salarial y percibidos por el trabajador en jornada ordinaria
Para calcular la indemnización de la interina con reducción de jornada cuando finalice su contrato habrá que tener en cuenta dos salarios, el que tenía a jornada completa por el tiempo que haya estado con esta jornada y el salario a tiempo parcial para el tiempo que esté con reducción de jornada, no?
4. Para mecanizar la reducción de jornada hay que hacer un movimiento en red , cambio de contrato / tipo /coeficiente. Tendría que mantener el tipo de contrato y cubrir los campos : Reducción de jornada (código 001 cuidado de menor) y coeficiente (número de horas que va a trabajar con la reducción de jornada). ¿Esto es así?
5. En el SEPE podría intentar registrar el acuerdo entre empresa y trabajador con la modificación de la jornada aunque lo más seguro es que no me lo quieran sellar.
A ver si por favor me podéis orientar. Gracias