Prestar confesión judicial con poder para absolver posiciones

CrisFM

Miembro
Buenas:

Acudo a juicio con Poder general para pleitos con facultades para absolver posiciones y confesar en Juicio. La empresa mi cliente no viene, voy yo sola.

Veis justificado que el Sr. Juez no lo tenga como aceptable para prestar confesión en juicio por parte de la abogada de la empresa y tenga a la empresa por no comparecida a esos efectos y a los efectos de tenerla por confesa?

Es la primera vez que me pasa y estoy que trino
 

Alberto

Miembro
Sólo entiendo que te den por no presentada en el caso de que no tuvieras conocimiento fidedigno de los hechos acaecidos, o no participares en ellos, ya que en este caso debería haber comparecido quien tuviera conocimiento de los  mismos. Art. 91 LRJS.
En todo caso deberías haber presentado queja o protesta por este motivo en el mismo acto para posible recurso de suplicación.
 

Mr. White

Miembro activo
CrisFM dijo:
Buenas:

Acudo a juicio con Poder general para pleitos con facultades para absolver posiciones y confesar en Juicio. La empresa mi cliente no viene, voy yo sola.

Veis justificado que el Sr. Juez no lo tenga como aceptable para prestar confesión en juicio por parte de la abogada de la empresa y tenga a la empresa por no comparecida a esos efectos y a los efectos de tenerla por confesa?

Es la primera vez que me pasa y estoy que trino

¿Eres interna, en plantilla, o externa? Si eres externa es evidente que no has intervenido en los hechos diga lo que diga el poder, debiendo aportar a juicio a la persona conocedora directa de los mismos...
 

CrisFM

Miembro
Externa, cierto.
Pero vamos que tengo yo más conocimiento del tema que el administrador de la empresa, que es un Sr. de Murcia que no pisa la empresa.
En fin, era por si por ahí tenía algo que alegar en Suplicación por indefensión y/o infracción de normas procesales, pero lo veo mu'complicado.
Gracias
 

Mr. White

Miembro activo
CrisFM dijo:
Externa, cierto.
Pero vamos que tengo yo más conocimiento del tema que el administrador de la empresa, que es un Sr. de Murcia que no pisa la empresa.
En fin, era por si por ahí tenía algo que alegar en Suplicación por indefensión y/o infracción de normas procesales, pero lo veo mu'complicado.
Gracias

Él tampoco habría valido, debiendo aportar a juicio a la persona conocedora directa de los mismos...

 

depaula

Nuevo miembro
De acuerdo con todos los compañeros. Además por mi experiencia a los jueces esto les sienta fatal, yo lo considero hasta una falta de respeto para la contraparte. Ves el interrogatorio y no hay nada más surrealista, el abogado/graduado por muy informado que esté no ha estado allí, no ha vivido la situación. El juez valora y si la persona que contesta no ha estado allí ya lo está diciendo todo.
 

Mr. White

Miembro activo
Tal cual, les sienta muy mal y es que además cuando citan a interrogatorio te lo están diciendo, que venga el que haya sido conocedor directo, no el del teléfono escacharrado...
 

CrisFM

Miembro
Es tan absurdo como interrogar a la contraparte en un juicio laboral: la mayoría de las veces nunca interrogo pues ya sabes qué  y como te va a contestar el demandante o el demandado, según el caso, por mucho que decir mentiras sea pecado y te condenes al fuego eterno.

Por otro lado hay circunstancias y circunstancias, en este caso era un juicio en ciudad distinta a donde están los representantes de la empresa, y en ese centro de trabajo no hay responsables de la empresa mas allá de otros trabajadores por cuenta ajena, que ya estaban citados como testigos. Para especificar más, es un tema de horas extra de antes del registro obligatorio de jornada, es decir, no hablamos de unos hechos en los que intervenga nadie que motive un despido o una falta grave o muy grave.

Por cierto también en este juicio el juez se molestó por que por nuestra parte no se propuso interrogatorio del actor. Puso mala cara.

A veces se nota mucho cuando vas a una plaza distinta de la tuya y te toca contra contra el tipico abogado que está allí todos los días y parece el dueño de la casa, compadreando con todo el mundo, incluso con SuSeño.
 

Mr. White

Miembro activo
Yo donde más voy a juicio es en Madrid, 41 juzgados, más 2 ó 3 de refuerzo, difícil un compadreo cercano, salvo que seas de sindicato y eches 20 juicios cada semana...

Cuando salgo fuera, especialmente en ciudades con uno o dos juzgados de lo social, flipo con el mamoneo, así que sí, muy de acuerdo con lo que dices... SusSeños suelen tener sus taras y el de allí las conoce y domina y tú vas a pecho descubierto... buenas broncas caen, es como volver al cole, pero no rejuvenece...

Respecto a interrogatorio,  yo creo que deben ir siempre los representantes de la empresa, o la persona que haya intervenido,  para evitar el más mínimo riesgo de que te tengan por confeso, para los jueces es muy fácil resolver un pleito así, mejor no darles excusas...

Que no quieren ir porque les pilla lejos, porque en el juzgado se pierde la mañana, porque le pica un pie, porque le sale más caro el AVE que el pleito... estupendo, el cliente siempre tiene la razón, pero que sepan que asumen ellos la posible consecuencia de no ir...
 
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