Buenos días a todos. Quisiera comentar un tema que me trae de cabeza para saber vuestra opinión al respecto. Resulta que un trabajador de una funeraria en Baleares (no hay convenio colectivo) ha demandado a la empresa porque la asesoría laboral puso en el contrato que regía el convenio de "ACTIVIDADES DIVERSAS". Ese convenio como tal no existe, pero su abogado tirando de google encontró que hay un Convenio Colectivo del sector del Comercio de Actividades Diversas para la provincia de Valencia y dice que se ha de aplicar porque así lo pone su contrato. Yo creo que es un disparate, que le pusieron "actividades diversas" como podían haber puesto "sin convenio", que son palabras genéricas que no significan nada y que en todo caso ni el ámbito funcional y ni el territorial tienen ninguna relación con la organización de eventos funerarios. Y ahí va la pregunta ¿cómo lo veis? ¿creéis que el Juez puede hacer caso a su pretensión?. Yo creo que no, pero uno ha visto ya tantas cosas.........MUCHAS GRACIAS!!!!!!!!!!!