Buenos días. Sabéis la consecuencia de la nulidad de un despido es la readmisión. Pues bien, si las partes llegamos a un acuerdo en conciliación judicial, veis posible acordar la extinción de la relación laboral? Por ejemplo por imposibilidad material, ya que la actividad continúa. El problema es si nos exigen en Juzgado concretar la imposibilidad y si puede influir en posterior desempleo. Lo cierto es que la relación si se incorpora sería muy difícil para las partes...pues eso, a ver si se os ha dado situación o similar...un saludo.