Plazo para exigir ejecución sentencia firme despido nulo

FERNANDO

Miembro conocido
En principio, la LRJS no impone plazo alguno para pedir la ejecución de reincorporación de acuerdo a lo dicho en el art. 282 LRJS. Dicho artículo habla del plazo de 20 días una vez pasado el plazo de 3 días establecido en el art. 283 pero, para pedir ante el juzgado por primera vez la ejecución, parece no haber plazo alguno. ¿Qué opináis?

En la sentencia no expresa fecha alguna de reincorporación, por lo que podría entenderse que hay 20 días hábiles para pedir la ejecución ante el juzgado desde el día siguiente de la comunicación (o bien, desde el momento en que la sentencia es firme). Desde luego, la LRJS es poquito claro en este extremo, porque sí que está bien definidos los plazos para despido improcedente.
 

FERNANDO

Miembro conocido
He visto sentencias, y hay una inseguridad jurídica brutal. Hay tribunales que dicen 20 días hábiles (como el despido). Otros que sí, pero con el límite de los 3 meses. Vaya mierda de leyes.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Con aplicación del plazo máximo de 3 meses.... Pero está pésimamente redactado: menuda inseguridad jurídica.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Lo sé,. Mr. White. Y solo he visto referencia a  dichos plazos en el memento de 2012 (el último en papel), donde hablaba de la la espectacular inseguridad jurídica que significaba que no se determinara plazo alguno. Y, por lo visto, hasta entonces, había pocas sentencias. Una de un TSJ que hablaba de 20 días (igual que la fecha de caducidad del despido), días que eran hábiles, lógicamente imagino. También había una del supremo (esta de 1998, que ya ha llovido) que hablaba también de la validez del plazo de 3 meses que se impone para exigir readmisión en despido improcedente, con las límitaciones que dicho plazo conlleva). También he podido desbrozar que, al ser plazos de prescripción y no de caducidad, todas las peticiones que hagas fehacientes (burofax con acuse de recibo) interrumpen dichos plazos.

En fin, que yo he hecho la petición de readmisión el 20º día hábil, teniendo en cuenta que una semana antes envié burofax exigiendo readmisión, entiendo que no tiene que haber problema alguno. Pero mandan h.....
 
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