Cálculo doble embargo y dietas

Sadie

Miembro activo
Buenas tardes, tengo un trabajador con dos embargos.

De uno que empecé el mes pasado me quedan por embargarle 170,06 €. En este embargo tengo que aplicar la escala de la LEC

Por otro lado tengo otro embargo de unos 1000 € de la AEAT , en la diligencia se me indica que debo de embargar  en su totalidad las cantidades percibidas por el trabajador en concepto de indemnizaciones o suplidos por los gastos realizados como consecuencia de su actividad laboral.

Este es el panorama que tengo
Líquido sin embargo= 1908,22
Gastos de manutención sin pernocta en España = 490,20 €

¿Cómo calculo el embargo?

1908,22 - 490,20= 1418,02

1418,02 -900= 518,02

30% s/ 518,02= 155,41

Total embargo = 490,20 + 155,41= 645,61

Me da que no lo estoy haciendo bien porque si lo hago así me salen a embargar 490,20 euros que irían en su totalidad a la AEAT que es la que manda embargar las dietas , pero de este  modo,  libres para el primer  embargo me quedarían 155,41 euros o sea que no conseguiría cubrir todo el importe y eso así no va a poder ser ya que en principio ese embargo iría delante del de la AEAT

Una ayuda por favor, estoy súper obcecada con este tema
 

Ro

Miembro activo
Yo contesto los embargos de Hacienda indicando que al trabajador se le está practicando un embargo e informo la fecha prevista de finalización, hasta que termine no se aplica el siguiente, salvo que me contesten que sí debo aplicar ambos embargos. Sé que hay opiniones que dicen que mientras exista "saldo" se siga embargando, pero prefiero que lo digan por escrito quienes ordenen el embargo a hacerlo yo directamente sin estar obligada. Informo y que ellos decidan. En ppio salvo pensión de alimentos que no se incluye lógicamente en estes supuestos, está TGSS que a veces indica embargar una pequeña cantidad fija o algún juzgado también, los demás quedan a la cola, a esperar.
 
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