Proyecto de Orden sobre notificaciones telemáticas Seg. Social

pajarillo

Miembro conocido
Buenas noches,

Solo para vuestra constancia. Existe en trámite un  Proyecto de orden por la que se regulan las notificaciones y comunicaciones electrónicas en el ámbito de la administración de la Seguridad Social.

http://www.mitramiss.gob.es/ficheros/participacion/historico/informacion-publica/2019/Orden_32_20191025_TextoProyecto_gabinete_sec_social.pdf

He dado parte a mi colegio para que hagan todo lo posible para que el consejo general haga toda la presión que pueda para que no se incluya a los autorizados RED como receptores de las notificaciones telemáticas de sus clientes.

El articulado atinente es el siguiente:

Artículo 6. Puesta  a  disposición  de  las  notificaciones y  comunicaciones electrónicas  en  la SEDESS.1.
En  los  supuestos  previstos  en  el  artículo 4.1  a)  y  b),  las  notificaciones  y  comunicaciones electrónicas  se  pondrán  a  disposición tanto del obligado a  recibirlas  como,en  su  caso,  delautorizado que en cada momento tenga asignada la gestión en el Sistema RED,del código de cuenta de cotización principal o, en su defecto, el del número de Seguridad Social de aquel, en los  términos  previstos  en  la Orden  ESS/484/2013,  de  26  de  marzo.No  obstante,  el sujeto obligadopodrá  optar  en  cualquier  momento  porque  las  notificaciones  y  comunicaciones electrónicas  a éldirigidas  se  pongan  exclusivamente  a  su  disposición,  o  a  la  de  un  terceroa quien hayan otorgado su representación.Las notificaciones y comunicaciones dejarán de ser accesibles para el autorizado en el Sistema RED a partir de la fecha en la que quede desasignado dichoautorizado o en su caso, desde el momento  en  que  el  obligado  opte  porque  se  pongan  exclusivamente  a  su  disposición,  y  solo para  aquellas  notificaciones  o  comunicaciones  que  no  hayan  sido  emitidasa  la  fecha  de  la desasignación o del ejercicio de la opción.2. Las notificaciones y comunicaciones electrónicas practicadas a los autorizados en el Sistema RED  se  entenderán  realizadas  a  los  interesadosobligados  a  recibirlas,  siendo  válidas  y vinculantes para ellos.Cuando  las  notificaciones  y  comunicaciones  por  medios  electrónicos  se  pongan  a  disposición de un autorizado en el Sistema RED y éste hubiera designado uno o más usuarios secundarios para  la  transmisión  electrónica  de  datos  en  dicho  sistema,conforme  a  lo  previsto  en  la  orden reguladora  del  mismo,  las  notificaciones  y  comunicaciones  que  éstos  reciban  se  entenderán practicadas directamente al titular de la autorización

Sé que es dificil, pero si queremos cambiar algo, este es el momento, esta Orden todavía está en fase de proyecto. Ruego que entre todos hagamos un poco de presión para que nos quiten esta espada de damocles que son las notificaciones telemáticas, que ningún autorizado RED que yo conozca ha pedido nunca.
 

Ichitaka Seto

Miembro activo
Ya... pero a veces es la única forma de "apretarles las tuercas" para que revisen los buzones de notificaciones de la Seguridad Social y de Hacienda cada semana o diez días.

Bueno, yo llevo sólo media docena de CCC's y no me ocasiona trastornos pues además son de dos o tres trabajadores... ¡pero quienes lleven más y con alguna docena de trabajadores... me hago cargo del follón!

Salu2. 8)
 

pajarillo

Miembro conocido
Lo que cambia es que ahora hay un proyecto de Orden que regula las notificaciones, y ahora sería la oportunidad para que quiten a los autorizados RED como receptores por defecto de las notificaciones.
 

Aslasa

Miembro
Pues sinceramente no creo que valga de mucho nuestras quejas, porque cada vez nos están metiendo con calzador más trámites
 
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