Primeramente daros mucho ánimo a todos, os planteo la siguiente duda que entiendo que en los próximos días, según se vayan resolviendo los ERTES, irán surgiendo. Una clínica de fisioterapía, con 2 trabajadores, ha cerrado temporalmente desde el pasado 14/03/2020, por su actividad no está incluida entre las obligadas al cierre por el RD del Estado de Alarma, ni las distintas normativas autonómicas, pero entendemos que debido a la inexistencia de clientes y más importante el no poder cumplir con las medidas de seguridad y protección a los clientes (distancia, etc) y no disponer de los correspondientes EPIS (mascarillas, guantes, etc), se solicita ERTE por Fuerza Mayor. SI LA AUTORIDAD LABORAL DENIEGA EL ERTE POR FUERZA MAYOR, y la empresa se viera obligada a presentar un nuevo ERTE por causas económicas o de producción, como tramitaríais la situación de los trabajadores desde 14/03/2020 hasta la aprobación del nuevo ERTE por causas económicas o de producción, período en el que no han ido a trabajar?