ERTE FUERZA MAYOR O ERTE CAUSAS ECONOMINAS, PRODUCTIVAS, ORGANIZATIVAS

Mr. White

Miembro activo
Yo los haría simultáneos casi, en el plazo que tiene la Autoridad Laboral para decir si hay o fuerza mayor da tiempo a negociar al menos 5 días con RLT (son max 7)...y si hay que constituir comisión negociadora pues empezar un poco antes... de tal forma que si te dicen que no hay causa mayor, puedas presentar casi de forma inmediata el ERTE por causas organizativas,...
 

AL1978

Miembro conocido
Mr. White dijo:
Yo los haría simultáneos casi, en el plazo que tiene la Autoridad Laboral para decir si hay o fuerza mayor da tiempo a negociar al menos 5 días con RLT (son max 7)...y si hay que constituir comisión negociadora pues empezar un poco antes... de tal forma que si te dicen que no hay causa mayor, puedas presentar casi de forma inmediata el ERTE por causas organizativas,...

Si el problema, en el caso de algún cliente no es el plazo (que también). El problema es que si no entra por fuerza mayor, no se aplican las bonificaciones de Seguridad Social...y ya sabes...
 

AL1978

Miembro conocido
trstn2 dijo:
@AL1978

Entiendo lo que quieres decir, pero el artículo 23 también se refiere a causas económicas originadas por el coronavirus.

"Artículo 23. Medidas excepcionales en relación con los procedimientos de suspensión y
reducción de jornada por causa económica, técnica, organizativa y de producción.
1. En los supuestos que se decida por la empresa la suspensión de contrato o
reducción de la jornada por causas económicas, técnicas, organizativas y de producción
relacionadas con el COVID-19
, se aplicarán las siguientes especialidades"


Por lo tanto, se puede entender que si puedes abrir, pero nadie te va a comprar, no es fuerza mayor, porque se podría comprar perfectamente...
A lo mejor te entran 1, 2 o ninguno, en comparación con los 100 de un día normal, pero vender y trabajar puedes.

No se si me explico porque tengo la cabeza como un bombo de darle vueltas a todo para meterlo por fuerza mayor, pero si te lo tiran, tienes que empezar de 0 con un ERTE por causas económicas, y este no es retroactivo, con lo que pueden ser tranquilamente 10 dias perdidos.

Te entiendo, y yo estoy igual pero voy a intentar ir por fuerza mayor. No por cabezonería sino porque creo las causas (ETOP) vienen determinadas en origen por la aparición del COVID. Evidentemente aportando todo lo que pueda para sostener mi argumentación
 

trstn2

Miembro
Y otro tema es negociar con los sindicatos mas representativos...
A ver como se hace?
Donde se solicita, cuando se negocia,...??

 

fgarciavarela

Miembro activo
AL1978 dijo:
trstn2 dijo:
@AL1978

Entiendo lo que quieres decir, pero el artículo 23 también se refiere a causas económicas originadas por el coronavirus.

"Artículo 23. Medidas excepcionales en relación con los procedimientos de suspensión y
reducción de jornada por causa económica, técnica, organizativa y de producción.
1. En los supuestos que se decida por la empresa la suspensión de contrato o
reducción de la jornada por causas económicas, técnicas, organizativas y de producción
relacionadas con el COVID-19
, se aplicarán las siguientes especialidades"


Por lo tanto, se puede entender que si puedes abrir, pero nadie te va a comprar, no es fuerza mayor, porque se podría comprar perfectamente...
A lo mejor te entran 1, 2 o ninguno, en comparación con los 100 de un día normal, pero vender y trabajar puedes.

No se si me explico porque tengo la cabeza como un bombo de darle vueltas a todo para meterlo por fuerza mayor, pero si te lo tiran, tienes que empezar de 0 con un ERTE por causas económicas, y este no es retroactivo, con lo que pueden ser tranquilamente 10 dias perdidos.

Te entiendo, y yo estoy igual pero voy a intentar ir por fuerza mayor. No por cabezonería sino porque creo las causas (ETOP) vienen determinadas en origen por la aparición del COVID. Evidentemente aportando todo lo que pueda para sostener mi argumentación

Ojo, hoy hay un precedente con el ERTE por fuerza mayor presentado por Burger King, al parecer no se lo admiten porque pueden seguir enviando comida a domicilio, por lo tanto no tienen por qué cerrar, se lo tiran abajo y a hacerlo por causas económicas.

Tras hablar con la aurtoridad laboral de mi provincia dicen que en caso de duda, parasan los ERTEs a inspección laboral y que ella decidirá.

Y despues he llamado a inspección laboral y la opinión de ellos es que si los negocios pueden abrir y la baja de venta es porque no hay clientes han de ir por el artículo 23, causas económicas
 

fgarciavarela

Miembro activo
AL1978 dijo:
trstn2 dijo:
@AL1978

Entiendo lo que quieres decir, pero el artículo 23 también se refiere a causas económicas originadas por el coronavirus.

"Artículo 23. Medidas excepcionales en relación con los procedimientos de suspensión y
reducción de jornada por causa económica, técnica, organizativa y de producción.
1. En los supuestos que se decida por la empresa la suspensión de contrato o
reducción de la jornada por causas económicas, técnicas, organizativas y de producción
relacionadas con el COVID-19
, se aplicarán las siguientes especialidades"


Por lo tanto, se puede entender que si puedes abrir, pero nadie te va a comprar, no es fuerza mayor, porque se podría comprar perfectamente...
A lo mejor te entran 1, 2 o ninguno, en comparación con los 100 de un día normal, pero vender y trabajar puedes.

No se si me explico porque tengo la cabeza como un bombo de darle vueltas a todo para meterlo por fuerza mayor, pero si te lo tiran, tienes que empezar de 0 con un ERTE por causas económicas, y este no es retroactivo, con lo que pueden ser tranquilamente 10 dias perdidos.

Te entiendo, y yo estoy igual pero voy a intentar ir por fuerza mayor. No por cabezonería sino porque creo las causas (ETOP) vienen determinadas en origen por la aparición del COVID. Evidentemente aportando todo lo que pueda para sostener mi argumentación

Ojo, hoy hay un precedente con el ERTE por fuerza mayor presentado por Burger King, al parecer no se lo admiten porque pueden seguir enviando comida a domicilio, por lo tanto no tienen por qué cerrar, se lo tiran abajo y a hacerlo por causas económicas.

Tras hablar con la aurtoridad laboral de mi provincia dicen que en caso de duda, parasan los ERTEs a inspección laboral y que ella decidirá.

Y despues he llamado a inspección laboral y la opinión de ellos es que si los negocios pueden abrir y la bajada de venta es porque no hay clientes han de ir por el artículo 23, causas económicas
 

Mr. White

Miembro activo
AL1978 dijo:
Mr. White dijo:
Yo los haría simultáneos casi, en el plazo que tiene la Autoridad Laboral para decir si hay o fuerza mayor da tiempo a negociar al menos 5 días con RLT (son max 7)...y si hay que constituir comisión negociadora pues empezar un poco antes... de tal forma que si te dicen que no hay causa mayor, puedas presentar casi de forma inmediata el ERTE por causas organizativas,...

Si el problema, en el caso de algún cliente no es el plazo (que también). El problema es que si no entra por fuerza mayor, no se aplican las bonificaciones de Seguridad Social...y ya sabes...

Ya, pero peor es pagar sueldos y cotizaciones...con fuerza mayor van a ser muy estrictos, si no es una actividad incluida en real decreto estado de alarma no lo van a aceptar y cada día que pasa son euros que se tiran a váter...
 

AL1978

Miembro conocido
Mr. White dijo:
AL1978 dijo:
Mr. White dijo:
Yo los haría simultáneos casi, en el plazo que tiene la Autoridad Laboral para decir si hay o fuerza mayor da tiempo a negociar al menos 5 días con RLT (son max 7)...y si hay que constituir comisión negociadora pues empezar un poco antes... de tal forma que si te dicen que no hay causa mayor, puedas presentar casi de forma inmediata el ERTE por causas organizativas,...

Si el problema, en el caso de algún cliente no es el plazo (que también). El problema es que si no entra por fuerza mayor, no se aplican las bonificaciones de Seguridad Social...y ya sabes...

Ya, pero peor es pagar sueldos y cotizaciones...con fuerza mayor van a ser muy estrictos, si no es una actividad incluida en real decreto estado de alarma no lo van a aceptar y cada día que pasa son euros que se tiran a váter...

También es verdad y los "nomineros" como yo casi durmiendo en el despacho desde el Viernes...
 

IRIA80

Miembro
Y los centros educativos privados? Desde qué fecha seria el ERTE. El aviso de cierre era a partir del dia 16.
 

isabarros

Miembro
Una vez hemos presentado el ERTE... tras resolución de ERTE, ¿habría que presentar certificados en SEPE y mecanizar en SISTEMA RED la inactividad de los trabajadores?
 

BLS

Nuevo miembro
Entiendo que si lo aprueban te asignarán un numero de expediente o de ERTE, con el que  comunicarás a las diferentes administraciones el que la empresa está en ERTE
 

InmaRase

Miembro activo
un erte por causas económicas o productivas que documentación lleva por favor?
que pasos y documentación hay que pedir¿
informe técnico ... eso quien lo hace¿

Y otra duda ... hasta que fecha estais poniendo?? 29 de marzo (supuesto fin del estado de alarma, ? no ponemos fecha¿ la que queramos .. por fa :(:(:(:(
 

Aslasa

Miembro
Mi fecha hasta que finalicen la circunstancias, dicho por el delegado de trabajo de la provincia.
 

mistral3

Miembro
Respecto a las clinicas dentales el colegio ha enviado un comunicado informando,que se intente x fuerza mayor...ademas de x las razones evidentes de falta de clientes por las restriccion a la libre circulación de personas, por falta de equipos de proteccion frente a los contagios al estar desabastecidos y ser una actividad de especial risgo  de contagio
 

pajarillo

Miembro conocido
Malas noticias. En nuestra comunidad, los varios cientos de ertes que se habían presentado hasta la fecha al parecer TODOS tienen defectos de forma, o se ha solicitado causas de fuerza mayor cuando deberían haberlo hecho por productivas, por lo que serán denegados estos últimos, y puestos los últimos de la lista para resolver los primeros.

Creo que se están ateniendo a lo que dice la nota interna del ministerio de trabajo.
https://www.icab.es/?go=eaf9d1a0ec5f1dc58757ad6cffdacedba226659b1711a0f9cafaffa1bef766c47b8b12a79838ab03c17fdc843e94fed60f915dd551d968a9

OJO!. Tened en cuenta que también servirán como causa de fuerza mayor aquellas medidas gubernativas (por ejemplo, las de las distintas comunidades autónomas) que amplíen, si quiera un poco, la relación de actividades a las que se ha obligado a cesar su actividad mediante el decreto de estado de alarma.

a) Las derivadas de las distintas medidas gubernativas o sanitarias de contención adoptadas como consecuencia del Covid-19, incluida la declaración del estado de alarma por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, que impliquen o puedan implicar, entre otras, suspensión o cancelación de actividades, cierre temporal de locales de afluencia pública, restricciones en el transporte público y, en general, de la movilidad de las personas y o las mercancías.

A estos efectos todas las actividades incluidas en el anexo del real decreto antes citado se consideran afectadas por fuerza mayor temporal.
 

AL1978

Miembro conocido
pajarillo dijo:
Malas noticias. En nuestra comunidad, los varios cientos de ertes que se habían presentado hasta la fecha al parecer TODOS tienen defectos de forma, o se ha solicitado causas de fuerza mayor cuando deberían haberlo hecho por productivas, por lo que serán denegados estos últimos, y puestos los últimos de la lista los primeros.

Creo que se están ateniendo a lo que dice la nota interna del ministerio de trabajo.
https://www.icab.es/?go=eaf9d1a0ec5f1dc58757ad6cffdacedba226659b1711a0f9cafaffa1bef766c47b8b12a79838ab03c17fdc843e94fed60f915dd551d968a9

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