ERTES GALICIA

BLS

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isabarros dijo:
Perfecto, entonces en resumen...

- SI RETOMA LA ACTIVIDAD TODA LA PLANTILLA: Enviamos Excel correspondiente al SEPE y quitamos la inactividad de toda la plantilla en SISTEMA RED. No hay que hacer nada ante la AUTORIDAD LABORAL.
- SI RETOMA LA ACTIVIDAD PARTE DE LA PLANTILLA: Enviamos Excel correspondiente al SEPE y quitamos la inactividad de los trabajadores que vuelven a trabajar en SISTEMA RED. No hay que hacer nada ante la AUTORIDAD LABORAL.
- SI QUEREMOS PASAR DE ERTE SUSPENSIÓN A ERTE REDUCCIÓN: De momento en la Xunta nos dicen que están a la espera de recibir instrucciones de como pasar de suspensión a reducción. Mientras no salga nada nuevo, habría que solicitar un ERTE nuevo por reducción de jornada.

Esperemos que en los próximos días saquen algo para hacer el cambio de suspensión a reducción, pero si no es así, qué hacemos, pedimos nuevo ERTE y esperamos?? y mientras los trabajadores ¿¿van a trabajar de nuevo sin el ERTE aprobado??

Buenas, al hilo de lo que mencionaba isabarros en su mensaje sobre comunicar a la autoridad laboral, tengo compañeras que están mandando a través del TR820C como modificación  o mejora voluntaria, la hoja de fin de erte o la de baja de prestación, un poco para curarse en salud. En un power point que me habían pasado, dice que si es fin de erte se debería renunciar al mismo.
Cómo lo veis vosotros? graciñas
 

BLS

Nuevo miembro
me contesto a mi misma, en el hilo que ha colgado Argi , Acuerdo Social en defensa del empleo , dice :

3. Las empresas y entidades a las que se refiere este artículo deberán comunicar a la autoridad laboral la renuncia total, en su caso, al expediente de regulación de empleo autorizado, en el plazo de 15 días desde la fecha de efectos de aquella.
Sin perjuicio de lo anterior, la renuncia por parte de estas empresas y entidades a los expedientes de regulación temporal de empleo o, en su caso, la suspensión o regularización del pago de las prestaciones que deriven de su modificación, se efectuará previa comunicación de estas al Servicio Público Estatal de Empleo de las variaciones en los datos contenidos en la solicitud colectiva inicial de acceso a la protección por desempleo.
En todo caso, estas empresas y entidades deberán comunicar al Servicio Público de Empleo Estatal aquellas variaciones que se refieran a la finalización de la aplicación de la medida respecto a la totalidad o a una parte de las personas afectadas, bien en el número de estas o bien en el porcentaje de actividad parcial de su jornada individual, cuando la flexibilización de las medidas de restricción que afectan a la actividad de la empresa permita la reincorporación al trabajo efectivo de aquellas.
 

fgarciavarela

Miembro activo
Las empresas y entidades a las que se refiere este artículo deberán comunicar a la autoridad laboral la renuncia total, en su caso, al expediente de regulación de empleo autorizado, en el plazo de 15 días desde la fecha de efectos de aquella.

Ahí entendéis que la renuncia total se comunicará en el caso de que la finalizacion del erte sea total, pero si es renuncia parcial de algunos trabajadores habrá que comunicar la renuncia parcial ???
 

BLS

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Lo que no sé es si dentro del procedimiento TR820C, en Renuncia se podrá explicar eso que comentas.
O quizás como modificación voluntaria.
llevo toda la semana llamando al 900815600 para aclarar dudas y no hay manera. Al final lo de siempre, como no sabemos les llenaremos de excels ( Unicornio incluido) y se quejarán de que colapsamos y que somos unos ineptos, y que si no fuera por las cartitas que se mandan aclarando la situación donde nos dan una de cal y muchas de arena, a ver que harían con nosotros. En fin... lo mandaré por todos los lados, que no quede por enviar. ya me llamarán al orden

 

fgarciavarela

Miembro activo
Por si os aclara algo:

He hablado con el numero 900 de ayuda de la Xunta y me han dicho que ellos entienden:

Que hay que comunicar a la AL en todo caso cualquier cambio de medida que afecte a cualquier trabajador en el plazo de 15 días mediante la sede online donde está el ERTE pedido. Incluir comunicación al trabajador.

Comunicar al SEPE cualquier variación a efectos de prestaciones. En principio mediante el Excel original, pero suponen que en dos o tres días el SEPE indicará procedimiento
 

Davidlvstg

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Gracias por la aportación.
Cuando te refieres al Excel origina, es el primero (el de solicitud colectiva) o te refieres a los de color naranja o verde???
Yo este lunes saqué a varios trabajadores de un ERTE, los saqué en reducción y al Sepe sólo envié por Redsara un escrito nombrando a los trabajadores que estaban afectados y las condiciones, no envié ningún Excel, pero aun estoy a tiempo de enviarlo.
Yo entiendo que será el Excel de la solicitud colectiva porque tanto el de color verde y naranja son para sacarlos definitivamente, o a todos o a alguno.
Lo que no sé es lo que tendremos que hacer si solo queremos sacarlos unos días, yo tengo que sacar a tres trabajadores de una empresa solo tres días y luego quieren volver (madre mía que lio).
Gracias.
 

BLS

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fgarciavarela dijo:
Por si os aclara algo:

He hablado con el numero 900 de ayuda de la Xunta y me han dicho que ellos entienden:

Que hay que comunicar a la AL en todo caso cualquier cambio de medida que afecte a cualquier trabajador en el plazo de 15 días mediante la sede online donde está el ERTE pedido. Incluir comunicación al trabajador.

Comunicar al SEPE cualquier variación a efectos de prestaciones. En principio mediante el Excel original, pero suponen que en dos o tres días el SEPE indicará procedimiento

A ver, pero para eso no están los Excel verde y naranja???????????????????

Sino que cojones mandamos, perdón, estoy hasta las narices de los Excel..... Y de no saber.... Cuánto me alegro de que te cogieran el teléfono, yo creo q hubiera llorado de emoción.... Buf, ya desvarío!!!
 

fgarciavarela

Miembro activo
He vuelto a hablar con ellos, 900 815 600 de la Xunta para ver si sabían algo más en concreto y me comentan:

- a la AL un escrito indicando que medidas se van a tomar y por qué razon + comunicación a los trabajadores: se presenta en  achegas de documentación dentro del propio expediente del ERTE.

- a la TGSS hay que cambiar la clave de inactividad de V a W en los casos de reducción de jornada, y en los cosas en que se reincorpore completamente  tenemos que esperar al Boletin RED que nos indique cual es la nueva clave.

- Con respecto al SEPE dicen que como solo hay un excel para recuperar a tiempo completo, y no para reducción de jornada pues que tenemos que esperar a que el SEPE diga cómo hacerlo. Yo me he puesto en contacto con la provincia de Ourense y me han contestado esto:

Buenas días-

Desde ayer, que se ha publicado en el BOE, es posible pasar de suspensión a incorporarse en reducción de jornada.
Estamos esperando que nos den una instrucción de cómo debemos actuar, y de cómo nos lo tienen que comunicar las empresas. Hemos pedido que lo publiquen en nuestra web www.sepe.es para que todo el mundo pueda acceder a la información
A estas horas  todavía no tenemos información. Sabemos que lo van a publicar hoy.
Tampoco sabemos si nos van a permitir aplicar la norma con efectos retroactivos o si solo será aplicable a partir de la publicación en el BOE, que es lo que establece este real decreto.
Un saludo.




 

BLS

Nuevo miembro
He vuelto a hablar con ellos, 900 815 600 de la Xunta para ver si sabían algo más en concreto y me comentan: ( Madre mía¡¡¡¡pues que suerte, yo ni una.. :-[)

a la AL un escrito indicando que medidas se van a tomar y por qué razon + comunicación a los trabajadores: se presenta en  achegas de documentación dentro del propio expediente del ERTE. (entiendo que esto es si desafectas a algunos,no? Si sacas a todos de erte, como dice el RDL, renuncia al mismo. O no? sería igual? yo ya presenté una renuncia, comunicación al trabajador y la puñetara hoja verde de fin de erte, sin explicar nada)

- a la TGSS hay que cambiar la clave de inactividad de V a W en los casos de reducción de jornada, y en los cosas en que se reincorpore completamente  tenemos que esperar al Boletin RED que nos indique cual es la nueva clave. ( Antes del RDl, se quitaba la clave si pasaba a fin de erte desde la reincorporación.
De acuerdo con la variación de V a W, pero esa nueva clave para los que se incorporen totalmente será sólo para los desafectados a partir del 13, o te comentaron algo más, supongo que no se mojarían pero por preguntar?)




 

fgarciavarela

Miembro activo
BLS dijo:
He vuelto a hablar con ellos, 900 815 600 de la Xunta para ver si sabían algo más en concreto y me comentan: ( Madre mía¡¡¡¡pues que suerte, yo ni una.. :-[)

a la AL un escrito indicando que medidas se van a tomar y por qué razon + comunicación a los trabajadores: se presenta en  achegas de documentación dentro del propio expediente del ERTE. (entiendo que esto es si desafectas a algunos,no? Si sacas a todos de erte, como dice el RDL, renuncia al mismo. O no? sería igual? yo ya presenté una renuncia, comunicación al trabajador y la puñetara hoja verde de fin de erte, sin explicar nada)

- a la TGSS hay que cambiar la clave de inactividad de V a W en los casos de reducción de jornada, y en los cosas en que se reincorpore completamente  tenemos que esperar al Boletin RED que nos indique cual es la nueva clave. ( Antes del RDl, se quitaba la clave si pasaba a fin de erte desde la reincorporación.
De acuerdo con la variación de V a W, pero esa nueva clave para los que se incorporen totalmente será sólo para los desafectados a partir del 13, o te comentaron algo más, supongo que no se mojarían pero por preguntar?)

- Sí, no pregunte eso ya que no tengo ningún caso pero mi consulta era para desafectar poco a poco, no a todos

- No me indicaron nada más con respecto  a la TGSS pero acaban de publicar boletin RED
 

fgarciavarela

Miembro activo
estáis comunicando a las AL el pase a reducción de jornada o solo comunicáis si es fin de ERTE?

Desde la AL de Ourense me dicen que no enviemos nada sobre desafectación de trabajadores (tiempo completo o reduccion de jornada) solo cuando finalicemos el ERTE

Desde el teléfono de la Xunta dicen que mejor que sí, para curarnos en salud

 

BLS

Nuevo miembro
Yo sólo he hecho un fin de erte y antes del Rd del 14 de mayo. Con renuncia incluida en AL.
Ahora estoy empezando a desafectar, y creo que para curarme en salud un escrito y adjuntarlo al expediente como documentación separada o mejora voluntaria.
Por si....
 

IRIA80

Miembro
HOLA. BUENOS DIAS. PARA COMUNICAR UN FIN DE ERTE ESTAIS APORTANDO AL EXPEDIENTE UN ESCRITO SIN MÁS, VERDAD?
 

fgarciavarela

Miembro activo
No se si porque sigo instrucciones del SEPE de mi provincia y están anticuadas  pero me estoy liando sobre cuando hay que enviar  los periodos de actividad 😭. Mis empresas han a desafectado  trabajadores a jornada completa o con reducción de jornada. Pero esa reducción de jornada va a ser siempre la misma( por ejemplo pasar a una jornada semanal de 20 horas 50%). El horario de trabajo es irregular cada día pero siempre haciendo semanalmente 20 horas. EXCEL DE BAJA + SOLICTUD COLECTIVA 50%. Los trabajadores que se reincorporen completamente no hay que enviar nada solo baja.

Posteriormente cuando el empresario quiera aumentarle a 24 horas 60%, lo mismoEXCEL DE BAJA + SOLICTUD COLECTIVA 60%

Para estos casos no hay que enviar periodos de actividad, esto solo es cuando haya jornadas variables alternándose.

Es correcto este resumen?
 

Iker

Miembro
Buenos días. Yo hago lo mismo que tú. Qué problema le ven ahora?, Porque yo también soy de Galicia.
 

fgarciavarela

Miembro activo
Iker dijo:
Buenos días. Yo hago lo mismo que tú. Qué problema le ven ahora?, Porque yo también soy de Galicia.

Ninguno que yo sepa, es para confirmar si lo estoy haciendo bien, como el SEPE cambia tantas veces de opinión...
He visto que en las instrucciones sobre modificaciones el punto 3 está cambiado...
 

carloslugo

Miembro activo
Con respecto a los PERIODOS DE ACTIVIDAD , por favor alguien me puede explicar que es lo que hay que enviar , ya que estoy viendo que la INSPECCION DE TRABAJO empieza a pedir estas comunicaciones .... que parece ser que el SEPE dijo al principio que no era obligatorio enviarlas ... y ahora esta suponiendo un problema ya que las están requiriendo .
Cuando es necesario enviar estas comunicaciones ... ? , solo sería para el caso de que tengas trabajadores en el ERTE que están % de jornada trabajando y la otra en el ERTE , entonces por lo que tengo entendido tienes que enviar estas comunicaciones todos los meses al SEPE .... si tienes un ERTE con todos los trabajadores con contratos suspendidos ... que periodos de actividad a enviar ?? ..... por favor alquien que me lo pueda explicar de forma sencilla ...... muchas gracias


 

trstn2

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To acabo de hablar con SEPE Lugo, y me comentan que los ficheros xml solo se envian si existen modificaciones habituales en las jornadas realizadas, que si se pasa de un erte de suspension a uno de reduccion no es necesario el envio de ficheros xml.

A parte me comunicaron que a existe otra alternativa al envio de los ficheros excel naranja y morado para Galicia, y es que se puede enviar un escrito a traves de redsara comunicando el cambio.

Lo que también me preguntaron es que si habia comunicado a la AL el cambio a reducción de jornada, y ya me descolocaron del todo.
Corregidme si me equivoco, o si lo haceis de forma diferente, pero yo creia que a AL solo se debia comunicar el fin del erte..., que en caso de variación no era necesario.

Cada día estoy mas perdido.
 
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