ERTES GALICIA

Ro

Miembro activo
Resolución do 12 de marzo. Publicado el 12 de marzo en DOGA.
En outras disposicións. Consellería de Sanidade
 

isabarros

Miembro
Yo presenté ayer el primer ERTE, los que tengais antes respuesta ir comentando porfa.
Se supone que la autoridad laboral debe siempre responder para darnos un número que vamos a utilizar para los trámites del SEPE... ¿la teoría no se supone que es así?
gracias y ánimo
 

isabarros

Miembro
En serio, no sé vosotros pero yo ya le tengo manía a los ERTEs.... agggg sigo con varias dudas y en Xunta después de horas llamando, nos responden y no nos saben responder casi nada... a ver si por aquí alguien me puede ayudar:

- Empresa con 2 CCC, uno para una actividad (comercio herboristería) otro para otra actividad (estética), ambos en el mismo local. La empresa hace ERTE con suspensión de los trabajadores de ambos CCC, ¿presentáis un solo procedimiento para ambos CCC (es decir, todo en el mismo, en total son 4 empleados) o los presentais en 2 procedimientos distintos??

- En relación al ERTE por causas económicas y de producción en Galicia, de empresas pequeñas, máximo 5 trabajadores y sin representantes legales, ¿cómo iniciais el procedimiento? Tengo que hay que presentar e TR820A y el TR820B pero no sé si es primero uno con Comunicación a trabajadores y esperar para el segundo... si alguien me puede iluminar un poco...

Muchas gracias!!!
 

Davidlvstg

Nuevo miembro
isabarros dijo:
En serio, no sé vosotros pero yo ya le tengo manía a los ERTEs.... agggg sigo con varias dudas y en Xunta después de horas llamando, nos responden y no nos saben responder casi nada... a ver si por aquí alguien me puede ayudar:

- Empresa con 2 CCC, uno para una actividad (comercio herboristería) otro para otra actividad (estética), ambos en el mismo local. La empresa hace ERTE con suspensión de los trabajadores de ambos CCC, ¿presentáis un solo procedimiento para ambos CCC (es decir, todo en el mismo, en total son 4 empleados) o los presentais en 2 procedimientos distintos??

- En relación al ERTE por causas económicas y de producción en Galicia, de empresas pequeñas, máximo 5 trabajadores y sin representantes legales, ¿cómo iniciais el procedimiento? Tengo que hay que presentar e TR820A y el TR820B pero no sé si es primero uno con Comunicación a trabajadores y esperar para el segundo... si alguien me puede iluminar un poco...

Muchas gracias!!!

Yo tenía esa misma duda con varias empresas que tenía dos CCC por tener actividades diferentes. En la xunta me han dicho que envie un solo ERTE y que en la memoria haga referencia de todo.
Yo hice dos Anexos II, uno por cada CCC.
La segunda pregunta que haces, no tengo ni idea, pero a ver si alguien nos puede ayudar porque tengo un caso parecido y no se por donde empezar.
 

trstn2

Miembro
Yo ya tengo el primer ERTE aprovado.
Presentado el Sábado y notificado ayer.ç

Ahora no me queda claro una cosa..
En sistema RED con poner clave V en tipo de inactividad es suficiente? No hay que poner fecha de inicio ni de fin, ni peculiaridades de cotización?
El boletin RED dice que el código V implicará las siguientes peculiaridades de cotización.... (bla, bla, bla)
Y hay que enviar certificado de empresa?
Y como solicitan el paro los trabajadores?

Bufff!!! cuantas dudas. A ver si un alma caritativa me arroja un poco de luz.
 

fgarciavarela

Miembro activo
trstn2 dijo:
Yo ya tengo el primer ERTE aprovado.
Presentado el Sábado y notificado ayer.ç

Ahora no me queda claro una cosa..
En sistema RED con poner clave V en tipo de inactividad es suficiente? No hay que poner fecha de inicio ni de fin, ni peculiaridades de cotización?
El boletin RED dice que el código V implicará las siguientes peculiaridades de cotización.... (bla, bla, bla)
Y hay que enviar certificado de empresa?
Y como solicitan el paro los trabajadores?

Bufff!!! cuantas dudas. A ver si un alma caritativa me arroja un poco de luz.

gracis por tu respuesta

Como te han notificado? mediante el portal Notifica.Xunta.gal ?
 

trstn2

Miembro
NOTICIAS.

Acabo de hablar con Sistema RED, y todavia no tienen hablitadas las claves para informar de los ERTES.
Así que si lo estais intentando hacer, os va a dar error. No os preocupeis, estan esperando instrucciones.

Con SEPE no doy hablado. En el manual que sacaron en pdf, pone que la autoridad laboral comunicará al SEPE los ERTES, por lo que entiendo que no seria necesario enviar certificado de empresa, y en cuanto a la solicitud de la prestacion por parte del trabajador afectado, estoy a dos velas... Ni idea de como se hace por parte nuestra...
 

IRIA80

Miembro
Voy a presentar ahora varios ertes y en la página de la Xunta pone que es obligatoria adjuntar medios de prueba....  Qué medios? El Real Decreto, el DOGA.....???
 

Davidlvstg

Nuevo miembro
Ya nos ha llegado la primera comunicación de los Ertes por fuerza mayor. Concedido, pero se lo han enviado a mi cliente a través de un correo electrónico, no lo hicieron por la página de notifica.
En la resolución indican lo siguiente: "Con esta mesma data  traslado desta Notificación ao SEPE e á Inspección de Traballo eSeguridade Social co Anexo das persoas traballadoras afectadas"
Esto que quiere decir, que ya no tenemos que enviar nada al Sepe.
Yo esta mañana he hablado con Sistema Red y me dijeron que ya no teníamos que enviar los certificados de empresa, que ya se lo comunicaba la autoridad laboral y como en la resolución que nos enviaron pone que ya envían ellos al Sepe los Anexos con los afectados, a ver si va a ser verdad que no tenemos que hacer nada más que comunicarlo en sistema red (que también me dijeron que aún tenía que sacar otro boletín de noticias red indicando que ya estaban habilitadas las casillas de marras).
En fin, estoy un poco perdida porque aquí unos dicen una cosa y otros otra.
Por favor, si alguien se va enterando de como va el procedimiento que lo comunique. Muchas gracias.
 

trstn2

Miembro
Davidlvstg dijo:
Ya nos ha llegado la primera comunicación de los Ertes por fuerza mayor. Concedido, pero se lo han enviado a mi cliente a través de un correo electrónico, no lo hicieron por la página de notifica.
En la resolución indican lo siguiente: "Con esta mesma data  traslado desta Notificación ao SEPE e á Inspección de Traballo eSeguridade Social co Anexo das persoas traballadoras afectadas"
Esto que quiere decir, que ya no tenemos que enviar nada al Sepe.
Yo esta mañana he hablado con Sistema Red y me dijeron que ya no teníamos que enviar los certificados de empresa, que ya se lo comunicaba la autoridad laboral y como en la resolución que nos enviaron pone que ya envían ellos al Sepe los Anexos con los afectados, a ver si va a ser verdad que no tenemos que hacer nada más que comunicarlo en sistema red (que también me dijeron que aún tenía que sacar otro boletín de noticias red indicando que ya estaban habilitadas las casillas de marras).
En fin, estoy un poco perdida porque aquí unos dicen una cosa y otros otra.
Por favor, si alguien se va enterando de como va el procedimiento que lo comunique. Muchas gracias.

Pero Sistema Red no recibe los certificados de empresa, es el SEPE.

Y la carta que enviaron desde el SEPE dice esto:

"¿Cómo  solicitar  la  prestación  en  nombre  de  los trabajadores?

Cumplimente  la solicitud  colectivacon  información  relativa  a  la  empresa,  la  persona  representante  de  la  misma  y  las personas afectadas por la suspensión o reducción de jornada, así como los datos necesarios para el reconocimiento de las prestaciones que se recogen en el modelo Excel que se puede descargar aquí.Deberá remitir un formulario por cada centro de trabajo afectado.

El  formulario  Excel  contiene  dos  pestañas.  En  la  primera  están  las  instrucciones  de  cumplimentación.  En  la  segunda,  los datos a cumplimentar. Puede añadir tantos trabajadores como sea necesario en la parte inferior de la hoja.

Sólo  ha  de  incluir  los  trabajadores  en  activo  en  la  fecha  de  la  suspensión  o  reducción  de  jornada (no  a  los  que estén en IT, maternidad, paternidad, excedencia).

El nombre del fichero Excel seráel Código Cuenta Cotización del centro de trabajo, con sus dieciséis dígitos (EJEMPLO:0111010123456789)

Remita el archivo Excel de solicitud colectiva, a través del registro electrónico común de las administraciones públicas a laDirección  Provincial  del  SEPE  en  la  provincia  donde  se  ubique  el  centro  de  trabajo.(Para  buscar  la  provincia,  deberá teclearse la palabra “SEPE” en el buscador del apartado “Organismo destinatario” del registro electrónico).

https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do

Importante:  la  Dirección  Provincial  del  SEPE  y  la  empresa  podrán  acordar  otras  formas  de  remisión,  como  el correo  electrónico,  y  otros  modelos  de  remisión  de  datos,  siempre  que  se  garantice  la  seguridad  de  las comunicaciones y se facilite toda la información necesaria.

Posteriormente  tendrá  que remitir  urgentemente  el  certificado  de  empresade  cada  uno  de  los  trabajadores,  a  través  de certific@2, como habitualmente."
 

isabarros

Miembro
Pregunta tontísima pero ya dudo todo...
al presentar los ERTES EN GALICIA, el ANEXO 2, si es empresa pequeña de 1 autónomo + 3 trabajadores sin representante de trabajadores, ¿quién firma el anexo 2?? ¿todos los trabajadores?? ¿el autónomo??
 
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