Erte taller reparación de vehiculos

IRIA80

Miembro
Alguien ha presentado un erte de un taller de reparación de vehículos? Pueden abrir, pero apenas tienen clientes. Alguien lo ha presentado por fuerza mayor?
 

msalem

Miembro
yo tengo unos cuantos talleres, los voy a llevar por FM, pueden abrir pero.... apenas no, ningún cliente. falta de suministros de repuestos, riesgos de contagio por posibilidad de existir restos biológicos en los vehículos particulares y no tienen los epis adecuados para ello.
habrá que fundamentarlo bien, pero yo voy a tirar por ahí …. y que Dios reparta suerte!
 

afj

Miembro
Yo tengo uno presentado con fecha del viernes, a ver si hay suerte y hay silencio administrativo :p. Pero si no consideran fuerza mayor esto, no se yo.... Por cierto sino es considerado fuerza mayor, se puede recurrir??
 

PEDRO

Miembro conocido
Yo taller no pero tengo un cliente que fabricación de equipos estéticos, les presente el ERTE por fuerza mayor y nos llamaron que por producción, que si queríamos po FM teníamos que acreditar que es una cuestión sanitaria, que si es porque no llegan repuestos o hay cancelación de pedidos, a productivas.
 

FIRMAMENTO

Miembro
Así lo entiendo yo también, que es un erte por causas e.t.o.p lo malo es que en tal caso,  entiendo no hay exoneración  de cuotas.
 

msalem

Miembro
yo en los talleres voy a insistir en el riesgo de contagio por los restos biológicos de los vehículos, no hay epis, ni medidas para desinfectar esos vehículos, a ver que pasa...
 

BSK

Miembro activo
afj dijo:
Yo tengo uno presentado con fecha del viernes, a ver si hay suerte y hay silencio administrativo :p. Pero si no consideran fuerza mayor esto, no se yo.... Por cierto sino es considerado fuerza mayor, se puede recurrir??

Si te lo rechazan lo más rápido es empezar el procedimiento ordinario de suspensión, sin cuotas.

Creo que es más aconsejable que el recurso.
 

InmaRase

Miembro activo
Cual es el proceso ordinario de suspensión?

Suspensiones de mutuo acuerdo ... cotizando por el minimo y no pagando salarios?
 

InmaRase

Miembro activo
Ah vale vale, es que tengo un follón,

Simplemente quiero tener claro por donde ir si es una empresa afectada por el real decreto ( fuerza mayor) o no es una empresa afectada.

La comunicación a los trabajadores por no ser una empresa afectada bastaría con una comunicación ad hoc? Tengo 4 trabajadores en una empresa y dos de baja medica ... es que como se haría eso?
 

FIRMAMENTO

Miembro
Yo creo que se refiere a suspensiones de mutuo acuerdo. Yo entiendo que el erte por causas productivas o económicas no tiene exoneración de cuotas y por lo tanto no interesa tanto.
 

fgarciavarela

Miembro activo
FIRMAMENTO dijo:
Yo creo que se refiere a suspensiones de mutuo acuerdo. Yo entiendo que el erte por causas productivas o económicas no tiene exoneración de cuotas y por lo tanto no interesa tanto.

oK, pues yo tengo de cliente un taller y los trabajadores le han dicho al empresario que de mutuo acuerdo nada, que están cerrados salvo para urgencias, y que presente un ERTE, que ellos no quieren ceder en nada voluntario  :mad:
 

IRIA80

Miembro
El tema es hacer el erte por causas económicas, productivas... Estoy perdida con el tema de consultas, sindicatos... porque aquí llevamos empresas de pocos trabajadores. Si alguien está haciendo alguno por favor que nos diga porque el proceso es bastante farragoso.
 

PEDRO

Miembro conocido
Yo voy a empezar ahora, y la respuesta de la consejería fue esta Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo,art. 23.1 a) a) En el supuesto de que no exista representación legal de las personas trabajadoras, la comisión representativa de estas para la negociación del periodo de consultas estará integrada por los sindicatos más representativos y representativos del sector al que pertenezca la empresa y con legitimación para formar parte de la comisión negociadora del convenio colectivo de aplicación. La comisión estará conformada por una persona por cada uno de los sindicatos que cumplan dichos requisitos, tomándose las decisiones por las mayorías representativas correspondientes. En caso de no conformarse esta representación, la comisión estará integrada por tres trabajadores de la propia empresa, elegidos conforme a lo recogido en el artículo 41.4 del Estatuto de los Trabajadores.
 

afj

Miembro
Pues he comentado al taller la posibilidad más que segura de que rechacen el ERTE y su respuesta ha sido, que haga los despidos por causas económinas de los trabajadores  :(. Cómo lo veis?
 

Cachilipox

Miembro conocido
afj dijo:
Pues he comentado al taller la posibilidad más que segura de que rechacen el ERTE y su respuesta ha sido, que haga los despidos por causas económinas de los trabajadores  :(. Cómo lo veis?

Despido por e.t.o.p, sin cumplir tiempos y formas, ya sabes que al final, dentro de un indefinido plazo de x semanas, serán todos improcedentes.
Para salvar la empresa, a veces puede ser necesario actuar con decisión y cortar por lo sano cuando aun se está a tiempo.
Pero debes informar de los "derivados del azufre" a tu empresa cliente.
 

Ignatius

Miembro activo
En estas empresas que no cabe el ERTE por fuerza mayor, me parece que es una opción el despido objetivo por causa económica, organizativa o de producción.

Creo que se pueden cumplir los tiempos y las formas, para que no sea improcedente; es más, ahora seria más despido objetivo que nunca.

- Se comunica el despido (si no hay preaviso de 15 días, pues se abona en salario), se explican las causas. Y se procede a despedir.
 

afj

Miembro
Y el pago de la indemnización abonada varios días después del despido, no se declarará como improcedente?
 
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