COBRO DESEMPLEO ERTE Y PLURIACTIVIDAD

Argi

Miembro conocido
Muy buenas,

En principio creo que si estás en pluriactividad y en tu empresa del régimen general te aplican un erte por causas económicas no cobras la prestación porque no se está en situación de desempleo al estar de alta en RETA. ¿Correcto?

No sé si en ertes de fuerza mayor ocurre lo mismo. Tengo casos de autónomos propietarios de negocios de hostelería,  que a su vez trabajan en el régimen general. Han hecho un erte de fuerza mayor en su negocio de hostelería y a su vez le han hecho otro erte también de fuerza mayor en el régime general. ¿Podrá cobrar el cese de autónomos y el desempleo? ¿Solo uno de ellos? ¿Ninguno?

Está planteada la pregunta al SEPE y como si le pregunto a la parede de mi oficina.

Un saludo,
 

carla

Miembro
misma duda he planteado yo....en el caso de trabajadores mismo regimen en diferentes empresa no hay problema, pero en el caso de diferentes regimenes lo veo problematico, pero desconozco respuesta.

saludos
 

Cachilipox

Miembro conocido
Según el RDL 8/2020, artículo 17 que regula la prestación extraordinaria por cese de actividad en el RETA, en su punto 4 deja bien claro:

"La percepción será incompatible con cualquier otra prestación del sistema de Seguridad Social."

Si un trabajador tiene derecho a paro por régimen general, y cese de actividad por RETA, debe optar por acogerse a una u otra.
 

Argi

Miembro conocido
Sí pero no tengo claro que si estás en pluriactividad tengas derecho a la prestación de desempleo derivada de un erte de tu régimen general ya que no estás en situación de desempleo. O dicho de otra forma, o te das de baja en autónomos o no cobrarías desempleo.
 

Cachilipox

Miembro conocido
Sí, tienes razón.
Es un "pequeño" gap (uno más de toda esta locura improvisada). Aunque de recorrido escaso.

Justifico:
Para tener derecho a la prestación extraordinaria por cese, debes mantenerte de alta en RETA.
Pero dicha prestación es incompatible con la prestación extraordinaria por desempleo.
Así que si tienes derecho a la prestación extraordinaria por desempleo, como no vas a tener derecho a la extraordinaria por cese, no tienes porque cumplir lo de mantenerte de alta en RETA.

Afectados sí o sí:
Aquellos que viendo su contrato de trabajo suspendido, les interese o necesiten mantener el alta su pluriactividad en RETA. O desempleo SEPE o facturación RETA.
Aquellos que viendo su contrato de trabajo suspendido, por tener obligaciones como empresarios no puedan darse de baja del RETA.
 

Ignatius

Miembro activo
Pienso como Argi.

- Tengo una trabajadora por cuenta ajena, en pluriactividad; entra en ERTE. Y curse su baja en autónomos, con fecha anterior, por si acaso
 

Ignatius

Miembro activo
Otra cosa, es mantener el trabajo, por cuenta ajena de la pluriactividad, que se puede.

Criterio Asepeyo:
"La percepción será incompatible con cualquier otra prestación del sistema de Seguridad Social". Cuando se refiere a prestación de la Seguridad Social no se incluye el salario que pueda percibir. Por tanto en pluriactividad se reconocerá la prestación a pesar que sigan desarrollando otra actividad por cuenta ajena".
 

carla

Miembro
Buenos dias a todos, la conclusion viendo las respuestas dadas es NO PRESENTAR ERE de una trabajador que ha solicitado prestacion ceses actividad en RETA , es asi??? por favor , confirmarmelo...:)
En la memoria se pone en asterisco
 
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