Una duda que me surge en relación a este tema, entiendo que esta medido lo que implica es aplazamiento puro y duro no? Es decir, lo que tendría que pagar el 20/04/2020 lo pagaría el 20/10/2020 todo de golpe mas los intereses que indican en el rd?
Y si decido pagarlo antes tengo que sacar carta de pago, pero sólo me va permitir sacar la carta de pago por el 100% del impuesto?
a lo que voy, es que si se quiere un fraccionamiento se tiene que pedir fuera del rd no?
Perdonar las dudas pero es que no estoy muy puesta en la materia fiscal y para lo que no entendemos se nos escapan ciertas expresiones.
un saludo y gracias,