Hola,
Se me plantea una duda en relación con lo que se aprobó ayer, donde dice: "se encontrarán en situación legal de desempleo y en situación asimilada al alta, las personas trabajadoras que hubieran resuelto voluntariamente su última relación laboral a partir del día 1 de marzo de 2020, por tener un compromiso firme de suscripción de un contrato laboral por parte de otra empresa, si esta hubiera desistido del mismo como consecuencia de la crisis derivada del COVID-19. La situación legal de desempleo se acreditará mediante comunicación escrita por parte de la empresa a la persona trabajadora desistiendo de la suscripción del contrato laboral comprometido como consecuencia de la crisis derivada del COVID 19."
Tengo una empresa que iba a contratar a un trabajador que dejó su trabajo voluntariamente para empezar en ésta, y entiendo que acreditando el compromiso firme de la contratación, el trabajador podría solicitar el desempleo. Mi pregunta es, si una vez que termine el estado de alarma, la empresa tendrá la obligación de contratarlo?? (Entiendo que no, pero ya no sé qué pensar...) Porque la empresa precisamente va a tener que despedir a parte de la plantilla...
Muchas gracias!
Se me plantea una duda en relación con lo que se aprobó ayer, donde dice: "se encontrarán en situación legal de desempleo y en situación asimilada al alta, las personas trabajadoras que hubieran resuelto voluntariamente su última relación laboral a partir del día 1 de marzo de 2020, por tener un compromiso firme de suscripción de un contrato laboral por parte de otra empresa, si esta hubiera desistido del mismo como consecuencia de la crisis derivada del COVID-19. La situación legal de desempleo se acreditará mediante comunicación escrita por parte de la empresa a la persona trabajadora desistiendo de la suscripción del contrato laboral comprometido como consecuencia de la crisis derivada del COVID 19."
Tengo una empresa que iba a contratar a un trabajador que dejó su trabajo voluntariamente para empezar en ésta, y entiendo que acreditando el compromiso firme de la contratación, el trabajador podría solicitar el desempleo. Mi pregunta es, si una vez que termine el estado de alarma, la empresa tendrá la obligación de contratarlo?? (Entiendo que no, pero ya no sé qué pensar...) Porque la empresa precisamente va a tener que despedir a parte de la plantilla...
Muchas gracias!