Prestación extraordinaria CATA autónomos CON NÓMINA

pajarillo

Miembro conocido
¿Dejar de abonarles nómina durante la percepción o no?.

Esto va íntimamente ligado al tema de si un autónomo que ha pedido la prestación por reducción en la facturación puede seguir teniendo actividad durante su percepción.
 

Ignatius

Miembro activo
Yo creo que, a la vista de estas Preguntas Frecuentes de Mutua Universal, si se ha solicitado la ayuda por reducción de facturación, se puede seguir realizando la actividad, mientras se mantenga ese nivel de caída del 75%

¿Qué ocurre con los autónomos que están obligados a seguir prestando servicio, como los taxistas?

Podrán acogerse, en su caso, a la prestación si acreditan la reducción en su facturación de, al menos, un 75%. En este caso, no habrá ningún problema en compatibilizar la prestación y la actividad.

Persona trabajadora que está acogida al RETA por ser propietario de negocio propio y, a su vez, es trabajador por cuenta ajena en una empresa. En caso de reunir requisitos para la prestación extraordinaria por cese de actividad de autónomos motivada por cese de actividad de autónomos motivada por COVID-19, ¿puede acogerse a dicha prestación, o bien, al tener ingresos como trabajador por cuenta ajena no tendría derecho a ella?

• Trabajador Pluriactivo que sigue vinculado a la empresa para la que trabaja por cuenta ajena (sin que su contrato se vea suspendido o extinguido), cobrando un salario, y suspende actividad como trabajador autónomo o ve reducida su facturación, al menos, un 75%, a causa del estado de alarma, SÍ tiene derecho a la prestación extraordinaria por cese de actividad.

• Trabajador Pluriactivo que causa baja en el régimen general o está afectado por un ERTE (contrato suspendido o extinguido), y a su vez, suspende actividad como trabajador autónomo, o bien, ve reducida su facturación, al menos, un 75%, a causa del estado de alarma: No. Ambas prestaciones son incompatibles. Debe optar por una de las dos.

• ¿Qué tengo que hacer si quiero renunciar a la prestación?

• En el supuesto que quieras desistir y no continuar con la Solicitud de la prestación habiendo, ya presentado la solicitud y documentación correspondientes, tienes que cumplimentar el documento de renuncia y firmarlo personalmente. En este caso la firma de tu asesor laboral no será valida puesto que es una renuncia personal de una prestación económica.
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• Descárgate el documento de renuncia
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pajarillo

Miembro conocido
Sí, eso me dijeron en Ibermutua. Pero no estaban seguros, por lo que habían elevado una consulta a la DGOSS, para ver cual es el criterio, aunque todavía no se sabe nada.
 
N

Nana

Guest
Yo no estoy haciendo las nominas

Se lo he preguntado a mis clientes (porque el tema no está claro mientras no nos contesten de la mutua) y ellos mismos me han dicho de no hacerlas

Un saludo
 
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