SUBIDA SALARIO ENCIMA DE CONVENIO

nayade

Miembro activo
Buenas tardes, una empresa que paga a los trabajadores que están por encima de convenio la misma subida que a los que están por convenio, como lo indicáis en la nómina? porque éstos no se incluyen como atrasos, no tienen el seguro social de atraso.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
¿Desglosas los conceptos en nómina?.

Entiendo que tienen una mejora voluntaria de empresa.
No se si la detallas o no en nómina (junto al desglose de conceptos de convenio) y si la misma tiene carácter absorbible o compensable respecto a los incrementos de convenio.
Si detallas conceptos, pues en la nómina se verán reflejados los nuevos importes de los conceptos de convenio, y ya dependerá de su carácter absorbible y compensable o no de la mejora voluntaria, la misma mantendrá el mismo importe o bien sufrirá minoración y hasta dónde haya margen (si al final no hay margen suficiente y el nuevo salario de convenio es superior al anterior salario global, sí que podrían haber atrasos de convenio).
Si el salario global, a pesar del incremento de convenio, sigue siendo el mismo o, incluso, superior, no hay atrasos de convenio ni, por tanto, se requiere presentar liquidación complementaria.

Saludos
 

nayade

Miembro activo
Hay trabajadores que cobran por convenio, con  atrasos, y otros que cobran por encima pero la empresa como mejora les sube el salario base en la misma proporción y desde el mismo momento que los compañeros que cobran por convenio, entonces sería crear concepto que refleje esa subida, tipo "diferencias salariales", sería correcto así?
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Ahí puede existir una confusión con los literales utilizados para ciertos conceptos.

No sé si por "Salario Base" te refieres al salario fijo global de cada trabajador, sin entrar, por tanto, en más desgloses del mismo

Por "Salario Base" yo siempre pienso en el que el convenio de aplicación fija como tal (y para cada grupo/nivel profesional...),  y por tanto, tiene el importe que cada convenio fije para el mismo, al igual que pueden existir otros conceptos de convenio, como Plus Convenio, Antigüedad... cuyo importe o condiciones también fijará el convenio. 
Quiero decir con eso que, conceptualmente, a mi me "chirría" lo de que "la empresa les sube el salario base", el salario base es el que es, con  el importe que fija el convenio, pero esa es mi idea, y lo comento para que sepamos a qué nos referimos cada cada uno a hablar de cada concepto.

El conjunto de conceptos de convenio (que tal vez en algunos casos pueden reducirse al "Salario Base") sería  el salario de convenio.
El empleado que está a "convenio pelao", obviamente, con cada incremento de convenio (actualización de tablas, devengo antigüedad, promoción de Grupo/Nivel...) verá incrementado su salario global.

Si resulta que un empleado percibe un salario superior al que le garantiza el convenio, estaremos ante una mejora, que le podemos llamar "mejora voluntaria", "complemento personal"... etc. y y que sigue o puede seguir una dinámica independiente. Ahí habrá que estar a lo pactado en cada caso y/o lo que pueda establecer el convenio en cuestión, y, entre otras cosas, la posibilidad o no de que opere respecto al mismo el mecanismo de absorción o compensación en caso de incrementos de convenio o por cualquier otra causa legal.

Y cualquier incremento sobre el salario global que determine la empresa, en la medida en que no sea fijado por el convenio, debería canalizarse a través de este concepto de mejora o complemento voluntario, o como se le llame (pero, ojo! que a veces la elección del nombre también puede tener sus consecuencias).

Y respecto a la consulta, si, a pesar del incremento de convenio (se supone que con efecto retroactivo), el salario final global (por existir mejoras...) no se incrementa, no habrá liquidación por atrasos (no hay un incremento real del salario ni ahora ni en meses anteriores,  ni, por tanto, de las bases de cotización), ahora, si la empresa decide aplicar un incremento real del salario global y también con efecto retroactivo, entonces sí que procederá presentar liquidación complementaria (y a ver qué se explica para que sea sin recargo), pero también son ganas de querer complicarse la vida. En fin  cada uno sabrá sus circunstancias, y tal vez en algún caso pueda estar justificado, pero vaya, incrementos discrecionales de la empresa, perfecto, pero ya que es discrecional, voluntario, etc, hacia adelante, no hacia atrás!!.

Saludos
 

nayade

Miembro activo
Pongo salario base porque es lo que están cobrando en la nómina, una cantidad pactada con la empresa que no tiene que ver con convenio, la cantidad es un global no hay pluses, y en la nómina viene en el campo de salario base.
Lo que la empresa quiere es subir lo mismo a todos los trabajadores, es decir si a los de convenio les sube x a los otros también y desde el mismo momento.
Mi duda es como indicarlo en la nómina para que no haya ningún problema, como concepto y que nombre debería tener.
 
Arriba