ERTE -Interrupción contratos temporales y SEPE

pajarillo

Miembro conocido
Hola.

¿Como estáis actuando en relación a lo dispuesto en el art 5 del RD-Ley 9/2020?

Artículo 5. Interrupción del cómputo de la duración máxima de los contratos temporales.
La suspensión de los contratos temporales, incluidos los formativos, de relevo e interinidad, por las causas previstas en los artículos 22 y 23 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, supondrá la interrupción del cómputo, tanto de la duración de estos contratos, como de los periodos de referencia equivalentes al periodo suspendido, en cada una de estas modalidades contractuales, respecto de las personas trabajadoras afectadas por estas

Vale, se interrumpe la duración del contrato y cuando salgan del erte realizan la parte de la duración de su contrato que quedó suspendida.
¿Pero que pasa con el SEPE?, lo digo porque, en su momento, se remitió un contrato@ en el cual de indicaba que la duración del contrato era hasta X fecha, la cual ha transcurrido ya.

¿Se comunica una prórroga, aunque sobrepasemos el nº de prórrogas legalmente posibles?, ¿se vuelve a enviar el contrat@ inicial, pero con la duración ampliada?.
 

Sergei

Miembro conocido
Yo no haré nada de momento, "quiero" pensar que adaptarán la web del sepe para esta contingencia. No debería ser díficil de implementar.
 

tachca

Miembro
Sabéis si ya se han actualizado a algo de esto? Tengo un contrato en prácticas que supuestamente venció el 05/05/20 pero como el trabajador estuvo en ERTE lo entendemos prorrogado 45 días, el problema lo he tenido con seguridad social, al intentar realizar el movimiento de inactividad para quitar el ERTE, no me deja ya que se indica que he sobrepasado el tiempo máximo de duración de ese contrato, escribí a CASIA pero una semana después ni una noticia tengo... os ha pasado a alguno??
Gracias!!!!
 

Rapaz

Nuevo miembro
Con el SEPE no creo que nos pongan nada qué hacer, sería absurdo y ganas de joder cuando ellos ya tienen toda la información. Aún así habrá que estar al loro.
 

Raquelcs

Miembro activo
Hola, yo hice una consulta a Lanbide, que gestiona Contrata y esto es lo que me dijeron:

GRespuesta Lanbide  22/05/2020 


Buenos días,­

No hay que hacer ninguna comunicación mientras están en Erte.

En contrat@, no sería necesario comunicar la reanudación de la relación laboral, solamente se comunicaría la prórroga en caso de realizarse, y en ese caso, el aplicativo Contrat@ está preparado para que la empresa pueda comunicar una prórroga, si no coincide la fecha fin del contrato con el inicio de la prórroga, que será el caso, el sistema lo detectará, pero le dejará comunicarlo.

Un saludo.

 

Tronchacadenas

Miembro conocido
En estos casos hago una notificación de fin de contrato haciendo referencia al decreto en cuestión y me quedo con copia firmada pero al sepe no notifico nada
 
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