En el 2007 se contrató, como trabajadora por cuenta ajena, a la cónyuge de uno de los socios minoritarios de la sociedad que por aquel entonces poseía el 5% de las acciones y no ostentaba cargo de representación.
Actualmente su marido ya posee el 35% de las acciones y ostenta el cargo de administrador de la sociedad. Su cónyuge ha continuado todos estos años realizando su actividad laboral como trabajadora de la empresa por cuenta ajena. Es auxiliar administrativa.
- ¿Estaría mal encuadrada en el régimen de la seguridad social actualmente o debería estar en el RETA?
- en el caso estar de forma incorrecta ....tiene derechos adquiridos como trabajadora por cuenta ajena y podría ser posible realizar un reencuadramiento?
Actualmente su marido ya posee el 35% de las acciones y ostenta el cargo de administrador de la sociedad. Su cónyuge ha continuado todos estos años realizando su actividad laboral como trabajadora de la empresa por cuenta ajena. Es auxiliar administrativa.
- ¿Estaría mal encuadrada en el régimen de la seguridad social actualmente o debería estar en el RETA?
- en el caso estar de forma incorrecta ....tiene derechos adquiridos como trabajadora por cuenta ajena y podría ser posible realizar un reencuadramiento?