Cambiar forma de pago: de Cargo Cuenta a Pago Electrónico

BSK

Miembro activo
Hola, con esto de los aplazamientos solicitados quiero que me den el recibo de pago electrónico ya que las empresas en cuestión tienen cargo en cuenta. Tengo hasta el 22 para confirmar cargo en cuenta, pero la duda es la siguiente: ¿cuál es el mejor método para recibir el recibo pago electrónico?

1) Confirmo el cargo en cuenta y antes del 22 entro en el apartado de RED que dice cambiar modo de pago y cambio a electrónico (¿se entiende que el cargo cuenta se anula y no lo pasarán?).

2) Confirmo estos seguros sociales el día 23 y al hacerlo fuera de plazo del cargo en cuenta me mandan directamente el PAGO ELECTRÓNICO.

¿Qué método es más fiable?. La Tesorería no coge el teléfono y por eso la pregunta. Mi temor es confirmar el cargo en cuenta, cambiar antes del 22 y que, por lo que sea, pasen el cargo en cuenta.

¿cómo lo veis?
 

LABOR

Miembro activo
Yo llevo con esa duda mes y medio y no ma la solucionan.
Incluso aporta una más: tengo que solicitar la cuota obrera?
parece ser el pago electrónico no nos va a llegar hasta dentro de mucho tiempo.....
Hice uno en Marzo, solicité cambio a pago electrónico tras confirmar, solicité cuota obrera por si acaso y la pagué
Tengo dos respuestas- incompletas- de la seg social; un me dice que no tengo que pagar nada ( me llegarán los 2 pagos electrónicos más adelante) y otro que tengo que pagar la cuota obrera y que ya me llegará la cuota aplazable en pago electrónico.....
19 de Mayo y no sé absolutamente nada...……..
 

BSK

Miembro activo
Cierto. Yo ya les he dicho a las empresas que NO paguen. Entiendo que en cuanto resuelvan será el momento en el que se les emita los recibos de la cuota obrera con el porcentaje de interés indicado. Si no hay resolución lo suyo sería pagar el recibo íntegro, ¿no?, no sólo la cuota obrera. ¿y si resuelven de manera negativa? ¿se come la empresa el 20%?. No hay discusión de si pagar cuota obrera o no, porque si no, deberíamos abrir el debate de si debo pagar la totalidad del recibo o no, ya que nadie ha resuelto todavía. Este es otro tema en el que la Administración no está a la altura del momento y ha generado un follón de mucho cuidado.

El tema es, ¿qué método es más fiable para cambiar a pago electrónico?
 

bgp

Nuevo miembro
Por si os sirve, yo modifique en mi programa de nominas la modalidad del cargo en cuenta a pago electronico.

Aun asi,  la seguridad social me envio el recibo de liquidacion como cargo en cuenta.

He procedido al cambio via sistema red online, a pago electronico del recibo.

Y de ahi ya obtengo una copia del recibo de liquidacion en el que figura pago electronico como metodo elegido de pago.

Ahora, me habeis metido el miedo. es posible que lo dupliquen? haciendolo antes del 22 no lo creo.
 

Saralaboral

Miembro activo
Bpg, el cambio se ha de hacer vía online
Yo solicite la confirmación y cambio a pago electrónico antes del 22 y no he tenido problemas ni mes pasado y espero que este tampoco.
He enviado un email a aplazamientos.
Me comentan que las resoluciones como muy pronto lo enviaran en julio, que no enviaran nada antes. Guardados el justificante del tramite.
Hay la posibilidad si uno quiere de pagar la cuota obrera, yo no lo hecho.
Me han contestado muy bien y rápidos.
 

BSK

Miembro activo
Saralaboral dijo:
Bpg, el cambio se ha de hacer vía online
Yo solicite la confirmación y cambio a pago electrónico antes del 22 y no he tenido problemas ni mes pasado y espero que este tampoco.
He enviado un email a aplazamientos.
Me comentan que las resoluciones como muy pronto lo enviaran en julio, que no enviaran nada antes. Guardados el justificante del tramite.
Hay la posibilidad si uno quiere de pagar la cuota obrera, yo no lo hecho.
Me han contestado muy bien y rápidos.

Gracias por la aclaración, entiendo que no habrá problemas. Pero también es posible no confirmar antes del 22 y confirmar el 23, se entiende que la Tesoreria envía el pago electrónico de oficio, ¿no?
 

LABOR

Miembro activo
HOLA
Escribí en respuesta a la pregunta de un compañero hace unos días mostrando mis dudas....hoy me ha contestado Casia:
Creo que con la pregunta y la respuesta queda claro:


Descripción:

Buenos días; he procedido a solicitar el aplazamiento de una empresa. a tal efecto he hecho:
Trasmitir la cotización y confirmarla cambiando a pago electrónico
Tramitar el aplazamiento
1.- Debo hacer algo más?
2.- Debo solicitar la cuota obrera y pagarla o me llegará el aplazamiento y la cuota inaplazable para pagar con posterioridad?

Resolución del Caso

Correcto, la cuota inaplazable le llegará cuando se resuelva el aplazamiento. Un saludo



 
Arriba