No. Es razonable y si a priori parece ser que hay consenso....
Se trata de un proceso reglado, una modificación sustancial de las condiciones de trabajo. Artículo 41 ET.
Lo que implica, (el único "pero" del asunto), que si bien se puede lograr fácil un acuerdo colectivo, si uno solo de los trabajadores no está de acuerdo, tiene derecho a pedir la extinción del contrato y recibir la indemnización.
Y claro, venimos de un ERTE, exonerado.
Y esta extinción del contrato, si bien sería plenamente legal y a voluntad del trabajador, NO es de las que permitan mantener la exoneración del ERTE.
O sea, hay que negociar fino, teniendo en cuenta el calendario de lo de los 6 meses, y contemplando que "alguno" intentará presionar o descolgarse del acuerdo colectivo.