Cuentas anuales y declaración impuesto sobre sociedades. 2019

calamog

Miembro
Novedades introducidas por el RD-ley 19/2020 que afectan a los intereses de demora en aplazamientos COVID y a la declaración del Impuesto sobre Sociedades y Cuentas Anuales 2019

1-Intereses de demora aplazamientos (Disposición final séptima, disposición final novena y disposición transitoria segunda RD-ley 19/2020)
2-Cuentas anuales y Declaración Impuesto sobre Sociedades 2019.
-Plazos de formulación y aprobación de cuentas anuales: se modifica el artículo 40 del RD-ley 8/2020, de 17 de marzo.
-Presentación de la declaración del Impuesto sobre Sociedades para los contribuyentes que se ajusten, para la formulación y aprobación de las cuentas anuales del ejercicio, a lo dispuesto en los artículos 40 y 41 del RD-ley 8/2020, de 17 de marzo. (Artículo 12 RD-ley 19/2020)

https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2020-5315

Publicado en: «BOE» núm. 150, de 27/05/2020.
Entrada en vigor: 28/05/2020


Como siempre a vuestra disposicion.
 

Ichitaka Seto

Miembro activo
Exacto.

El nuevo calendario de "obligaciones mercantiles" sería el siguiente:

1º) Hasta el 31 de Agosto de 2020, la formulación de las CC.AA.

2º) Hasta el 30 de Septiembre de 2020, la legalización de Libros.

3º) Hasta el 31 de Octubre, celebración de las Juntas aprobatorias de las CC.AA.

4º) Hasta el 30 de Noviembre, depósito de las CC.AA.

Salu2.  8)
 

carla

Miembro
La cuestion es como se va a hacer antes el Impuesto de sociedades que la aprobacion de cuentas anuales......
 

Tronchacadenas

Miembro conocido
carla dijo:
La cuestion es como se va a hacer antes el Impuesto de sociedades que la aprobacion de cuentas anuales......

En principio y para cumplir con el plazo de  presentación, supongo que se harán con los datos de las  cuentas firmadas y validadas por el órgano encargado de FORMULARLAS (junta directiva o lo que proceda según el tipo de persona jurídica), porque no veo otra forma de hacerlo si no se ha producido la reunión  Junta encargada de APROBARLAS
 

carla

Miembro
calamog dijo:
Novedades introducidas por el RD-ley 19/2020 que afectan a los intereses de demora en aplazamientos COVID y a la declaración del Impuesto sobre Sociedades y Cuentas Anuales 2019

1-Intereses de demora aplazamientos (Disposición final séptima, disposición final novena y disposición transitoria segunda RD-ley 19/2020)
2-Cuentas anuales y Declaración Impuesto sobre Sociedades 2019.
-Plazos de formulación y aprobación de cuentas anuales: se modifica el artículo 40 del RD-ley 8/2020, de 17 de marzo.
-Presentación de la declaración del Impuesto sobre Sociedades para los contribuyentes que se ajusten, para la formulación y aprobación de las cuentas anuales del ejercicio, a lo dispuesto en los artículos 40 y 41 del RD-ley 8/2020, de 17 de marzo. (Artículo 12 RD-ley 19/2020)

https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2020-5315

Publicado en: «BOE» núm. 150, de 27/05/2020.
Entrada en vigor: 28/05/2020


Como siempre a vuestra disposicion.
Buenos dias Calamog, tengo una duda respecto a un IS. Una SL constituida en noviembre de 2015, que ha presentado IS con base imponible negativa en 2015, 2016, 2017, y en 2018 dio beneficios pero no se aplicó el tipo de gravamen reducido por entidad de nueva creacion.....La pregunta es si en el 2019 puede aplicarse ese tipo del 15%. Segun he leido en la Ley IS dice que se puede aplicar en los dos primeros periodos positivos,  mi duda es al no haberselo aplicado en el primer ejercicio (por errores anterior asesor) , si ahora en el segundo periodo con beneficios se lo puede aplicar.
saludos
 
Arriba