bloqueada con la jornada

fgarciavarela

Miembro activo
Fedayn dijo:
nayade dijo:
Fedayn, según te he entendido lo has hecho por la página del SEPE con el asistente, a qué código 06 te refieres?

Los periodos de actividad se comunican asignando códigos a cada del periodo que informes. El 01 es para comunicar inactividad (por tanto, día de abono de prestación por el SEPE), el 03 es de actividad, el 05 es para descanso semanal cuando no lo abona el SEPE y el 06 es el de las vacaciones.

Yo sigo con mis dudas acerca de los periodos de actividad cuando la jornada es regular y no hay que hacer variaciones y redondeos como parece que va a pedir ahora el SEPE . Si durante todo el mes se reduce la la jornada un 50, y al SEPE le comunicas periodo del 1 al 31 código 1, como coñe sabe que tiene que pagarte el 50 % y no pagarte el 100%. Por el Excel de solicitud colectiva que mandas al inicio de la recuperación a media jornada no? Entonces para que quiere los periodos de actividad en estos casos?
 

Fedayn

Miembro
fgarciavarela dijo:
Fedayn dijo:
nayade dijo:
Fedayn, según te he entendido lo has hecho por la página del SEPE con el asistente, a qué código 06 te refieres?

Los periodos de actividad se comunican asignando códigos a cada del periodo que informes. El 01 es para comunicar inactividad (por tanto, día de abono de prestación por el SEPE), el 03 es de actividad, el 05 es para descanso semanal cuando no lo abona el SEPE y el 06 es el de las vacaciones.

Yo sigo con mis dudas acerca de los periodos de actividad cuando la jornada es regular y no hay que hacer variaciones y redondeos como parece que va a pedir ahora el SEPE . Si durante todo el mes se reduce la la jornada un 50, y al SEPE le comunicas periodo del 1 al 31 código 1, como coñe sabe que tiene que pagarte el 50 % y no pagarte el 100%. Por el Excel de solicitud colectiva que mandas al inicio de la recuperación a media jornada no? Entonces para que quiere los periodos de actividad en estos casos?

Pero si es regular, entendiendo por ello que todos los días a partir de la modificación serán del 50%, ¿No opináis que sería la opción 2 de las 5 que hay en la tabla de la Guía de las Modificaciones del SEPE? En esa opción se pide Excel de bajas + Excel de Solicitud Colectiva. No periodos de actividad. Además de ello, por Certific@2, comunicaría (en el caso de que se pueda hacer por haber comunicado el alta de la comunicación previa) la variación por Procedimientos ERE.
 

Fedayn

Miembro
Saralaboral2 dijo:
Vale vale, entonces veo más o menos por donde vas.
Los períodos de actividad por A3 me defiendo bien.

Entiendo que en el Sepe lo tengas que mecanizar a mano, pero con TGSS? Es lo mejorcito que funciona, piensa que luego has de introducir la incidencia en el programa. Eso si, te recomiendo que lo hagas trabajador por trabajador, porque si introduces la incidencia de inactividad a nivel masivo luego al buscarlas no aparecen y te da un ataque de pensar que no lo has hecho.

Lo hago porque siempre he querido tener la respuesta ya y así me olvido de que me venga a posteriori, aunque pierda más el tiempo picando. Por eso lo hago con temas que más o menos son ágiles pero si tengo 10 altas de golpe para mañana, pues a lo mejor sí que en ese caso me pienso lo de los ficheros.
 

fgarciavarela

Miembro activo
Fedayn dijo:
fgarciavarela dijo:
Fedayn dijo:
nayade dijo:
Fedayn, según te he entendido lo has hecho por la página del SEPE con el asistente, a qué código 06 te refieres?

Los periodos de actividad se comunican asignando códigos a cada del periodo que informes. El 01 es para comunicar inactividad (por tanto, día de abono de prestación por el SEPE), el 03 es de actividad, el 05 es para descanso semanal cuando no lo abona el SEPE y el 06 es el de las vacaciones.

Yo sigo con mis dudas acerca de los periodos de actividad cuando la jornada es regular y no hay que hacer variaciones y redondeos como parece que va a pedir ahora el SEPE . Si durante todo el mes se reduce la la jornada un 50, y al SEPE le comunicas periodo del 1 al 31 código 1, como coñe sabe que tiene que pagarte el 50 % y no pagarte el 100%. Por el Excel de solicitud colectiva que mandas al inicio de la recuperación a media jornada no? Entonces para que quiere los periodos de actividad en estos casos?

Pero si es regular, entendiendo por ello que todos los días a partir de la modificación serán del 50%, ¿No opináis que sería la opción 2 de las 5 que hay en la tabla de la Guía de las Modificaciones del SEPE? En esa opción se pide Excel de bajas + Excel de Solicitud Colectiva. No periodos de actividad. Además de ello, por Certific@2, comunicaría (en el caso de que se pueda hacer por haber comunicado el alta de la comunicación previa) la variación por Procedimientos ERE.

Estoy de acuerdo y asi es como he ehcho hasta ahora. pero parece que en el RD 24/2020 dicen que hay que comunicar periodos de actividad siempre. Hay que esperar a ver si el sepe modifica las guías, porque por ahora es la opción 2 sin periodos de actividad
 

MCG

Nuevo miembro
Es cierto que si estás en un erte de reducción y coges días de vacaciones por esos días el sepe no te abona la prestación por desempleo?... entonces que pasa que si estás en un ERTE no puedes coger vacaciones?...Muchas gracias...
 

Fedayn

Miembro
fgarciavarela dijo:
Fedayn dijo:
fgarciavarela dijo:
Fedayn dijo:
nayade dijo:
Fedayn, según te he entendido lo has hecho por la página del SEPE con el asistente, a qué código 06 te refieres?

Los periodos de actividad se comunican asignando códigos a cada del periodo que informes. El 01 es para comunicar inactividad (por tanto, día de abono de prestación por el SEPE), el 03 es de actividad, el 05 es para descanso semanal cuando no lo abona el SEPE y el 06 es el de las vacaciones.

Yo sigo con mis dudas acerca de los periodos de actividad cuando la jornada es regular y no hay que hacer variaciones y redondeos como parece que va a pedir ahora el SEPE . Si durante todo el mes se reduce la la jornada un 50, y al SEPE le comunicas periodo del 1 al 31 código 1, como coñe sabe que tiene que pagarte el 50 % y no pagarte el 100%. Por el Excel de solicitud colectiva que mandas al inicio de la recuperación a media jornada no? Entonces para que quiere los periodos de actividad en estos casos?

Pero si es regular, entendiendo por ello que todos los días a partir de la modificación serán del 50%, ¿No opináis que sería la opción 2 de las 5 que hay en la tabla de la Guía de las Modificaciones del SEPE? En esa opción se pide Excel de bajas + Excel de Solicitud Colectiva. No periodos de actividad. Además de ello, por Certific@2, comunicaría (en el caso de que se pueda hacer por haber comunicado el alta de la comunicación previa) la variación por Procedimientos ERE.

Estoy de acuerdo y asi es como he ehcho hasta ahora. pero parece que en el RD 24/2020 dicen que hay que comunicar periodos de actividad siempre. Hay que esperar a ver si el sepe modifica las guías, porque por ahora es la opción 2 sin periodos de actividad

Exacto fgarciavarela. He visto lo del RDL 24/2020 que comentas y creo que hay que esperar a ver si el SEPE mueve ficha con sus Guías. Hay una parte en el RDL, pero, que ya estaba recogida en la Guía de Modificaciones (lo de convertir las horas).
 

Fedayn

Miembro
MCG dijo:
Es cierto que si estás en un erte de reducción y coges días de vacaciones por esos días el sepe no te abona la prestación por desempleo?... entonces que pasa que si estás en un ERTE no puedes coger vacaciones?...Muchas gracias...

Eso he entendido siempre.

Actualmente me baso en la guía que publicaron ya hace unos años, supongo que con el RD 1483/2012 (y porque los ejemplos que pone son con fecha de ese año)

http://www.gestoriayasesoria.com/pdf/Modalidades-de-comunicacion-de-los-periodos-de-actividad.pdf

En la página 8 del documento pone que las vacaciones en procedimientos del artículo 47 ET, por tanto ERTEs, son siempre a cargo de la empresa. No tengo referencias a si esto ha cambiado o no con el paso de los años. Actualmente el código de las vacaciones es el 06 y no el 05 como pone en el documento.


 

Saralaboral2

Miembro activo
Ya os digo yo que el Sepe quiere certigic@ para todo. Como haya un curso me apuntó.
Pensaba que me quedaba pocos y resulta que todavía tengo 12!!!! Mis clientes no quieren soltar el ERTE

El tema de vacaciones que me interesa, a ver si así los acojono y vuelven todos a casa.
No puedes cogerte vacaciones en ERTE, pero en algún post leí de algún trabajador que se las cogía en junio. Por tanto, trabajador que en medio de un ERTE se coge vacaciones la opción es
- tramitarlo con días trabajados? Sepe se comunica como periodos de actividad y TGSS se quita una letra y se pone otra?
- tramitarlo como baja prestación y luego alta con solicitud colectiva?
Me inclinó por la primera. Y en ambos casos como se comunica a la IT con periodos de actividad?
Voy a decirles a todos que una vez se cojan las vacaciones no pueden volver al ERTE 🤔🤔
 

Fedayn

Miembro
Saralaboral2 dijo:
Ya os digo yo que el Sepe quiere certigic@ para todo. Como haya un curso me apuntó.
Pensaba que me quedaba pocos y resulta que todavía tengo 12!!!! Mis clientes no quieren soltar el ERTE

El tema de vacaciones que me interesa, a ver si así los acojono y vuelven todos a casa.
No puedes cogerte vacaciones en ERTE, pero en algún post leí de algún trabajador que se las cogía en junio. Por tanto, trabajador que en medio de un ERTE se coge vacaciones la opción es
- tramitarlo con días trabajados? Sepe se comunica como periodos de actividad y TGSS se quita una letra y se pone otra?
- tramitarlo como baja prestación y luego alta con solicitud colectiva?
Me inclinó por la primera. Y en ambos casos como se comunica a la IT con periodos de actividad?
Voy a decirles a todos que una vez se cojan las vacaciones no pueden volver al ERTE 🤔🤔

Yo el caso que tengo es en ERTE de reducción de jornada y en el mes de junio, 4 días. He quitado la inactividad F por esos 4 días y luego la he vuelto y lo he comunicado por periodos de actividad. Como digo, no veo que el SEPE abone la prestación por la parte de la jornada en ERTE (%), siguiendo el documento del que he puesto el link antes.

Opino por tanto como tú, Saralaboral, la primera opción (periodos de actividad) y la ITSS ya se entera de esa manera, accediendo a la base de datos del SEPE.

Saludos.
 

Suma

Miembro
Fedayn dijo:
nayade dijo:
Como dice Saralaboral2 comunicas periodos de actividad, yo lo que comunico por el asistente del sepe es la creación de ficheros XML para procedimientos ERE (orden ESS/982/2013)

Sí, eso también lo hago pero, como decía Saralaboral, solo si tengo comunicada de forma previa el alta y, por tanto, puedo comunicar variaciones. Si no, pues nada.
Entonces en el caso de que en junio reincorpores a trabajadorcon reduccion de jornada regular (todos los dias igual) no hay que cominicarlo en julio por el asistente xml de actividad?
¿Es valido con el de variación de procedimiento ERTE?
 
Arriba