MUCHAS DUDAS CON LA IT ESTANDO EN ERTE

Buenos días,

1ª En caso de que un trabajador afectado por ERTE FM, cause baja por enfermedad común, esta información ha de enviarse en los archivos .xml de periodos de actividad, o en el fichero deben constar esos días como inactivos “normales” ?  ( sin que conste nada de la enfermedad)

2ª No tengo claro aun si hay que gestionar pago directo con la mutua.... de hecho, la mutua me ha dicho que seguirá pagando el SEPE...

3ª Según el SEPE "La situación de incapacidad temporal no interrumpirá el abono de la prestación" & "debe presentar en el SEPE el parte de baja médica y, en su caso, los partes de confirmación, así como el alta médica"
3ªBis    como se supone que el trabajador hace llegar los partes de baja al SEPE ?

https://www.sepe.es/HomeSepe/Personas/distributiva-prestaciones/FAQS/expedientes-regulacion-empleo/justificacion-incapacidad-temporal-durante-erte.html

4ª Para la comunicación de la Baja IT en RED, hay que hacer algo especial? antes creo que  había que informar a CASIA...

5ª Estais informando la baja en los programas de nominas?
* Si lo hago, está claro genera pago prestación, si hago el apaño de poner pago directo, al generar los periodos de actividad esos dias me constan como IT y así vuelvo a la duda 1ª


Muchas gracias

Ánimos y buen fin de semana
 

Pedro G

Miembro
Respecto al segundo punto, es un puro cachondeo. Asepeyo y Fraternidad me dicen que tramite el pago directo y FREMAP me dice que nanay.

¡Vivan el criterio único y la seguridad jurídica!
 

Pausp20

Miembro
Hola, yo tengo el mismo caso y estamos haciendo lo siguiente:

- El trabajador envía por mail su parte al Sepe, tanto de baja como confirmación.
- Yo los tramito en Sistema Red por parte de la empresa.
- No he comunicado la baja en el Sistema de nóminas, porque el programa no permite que coincidan dos incidencias, entonces sigue en Erte de FM para poder tener las exenciones, si no me consta como de baja de it.

No sé si es correcto pero los Seguros Sociales no me han dado error.
 
https://www.sepe.es/HomeSepe/COVID-19/preguntas-frecuentes/preguntas-frecuentes-empresas.html


¿Cómo comunicamos desde la empresa las bajas por IT o por maternidad y paternidad que se están dando desde un ERTE?
Una vez aprobada la prestación por ERTE, sea por fuerza mayor o por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, si la persona trabajadora tiene una situación de incapacidad temporal o de maternidad-paternidad, será esta quien comunique al SEPE la situación para que se regularice su situación. Podrá hacerlo por vía telefónica,estableciendo con el operador la manera de remitir la documentación pertinente (baja médica o resolución de concesión de la prestación por maternidad-paternidad). También podrá solicitar cita previa a través de la página web del SEPE para que un gestor le atienda en este trámite.




Yo les he pasado esta info, entiendo que el SEPE en la cita previa se pone en contacto, o por teléfono les facilitará un correo o algo ....
 
Buenos días

Trabajador con ERTE de reduccion de jornada, la mutua me dice que ellos se hacen cargo desde el 4º día de la parte de la reducción ( lo que cobraba del SEPE)

Un mes después de la fecha de la baja me dice que no, que se hacen cargo a partir del 16º día, que del 4º al 15º se tiene que hacer cargo la empresa que se suspende la prestación de desempleo y que tiene que pagar la empresa ....

A mi esto me suena fatal... ademas de que el programa de gestión de nomina no me calcula ese periodo al 100% de la prestación ( reducción + trabajo)

Os ha pasado algo parecido?
 

Santiago

Miembro conocido
Buenos días
Yo he tenido 1 caso. Lo expongo:

Trabajador en ERTE y en IT durante 4 días. Según Mútua Intercomarcal. Del día 1 al 3 de baja no cobra. El día 4 lo paga Mútua Intercomarcal tras solicitarlo en trabajador en pago directo. Los seguros sociales me han venido correctos.
Le he comentado al trabajador que comunique al SEPE el período de baja. Aquí seguro que tenemos lio.

 

Argi

Miembro conocido
Hola, yo tengo el mismo caso y estamos haciendo lo siguiente:

- El trabajador envía por mail su parte al Sepe, tanto de baja como confirmación.
- Yo los tramito en Sistema Red por parte de la empresa.
- No he comunicado la baja en el Sistema de nóminas, porque el programa no permite que coincidan dos incidencias, entonces sigue en Erte de FM para poder tener las exenciones, si no me consta como de baja de it.

No sé si es correcto pero los Seguros Sociales no me han dado error.

Hola,
Tengo una trabajadora en Erte a la que se le ha comunicado la reincorporación el día 1 de octubre. Sin embargo, el día de hoy ha cogido la baja por EC.

Entiendo que todo lo dicho anteriormente es lo correcto, pero que yo en el programa de nóminas cuando se reincorpore tendré que indicar el día de la baja y correrán los plazos del cobro de la IT desde el primer día de la baja, no desde la reincorporación.

¿Alguna experiencia similar?
 
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