Pues si el intercambio es 0 patatero, y en el convenio no figura absolutamente nada, no procede alta.
Lo que tiene la derivada, en estos tiempos COVID y respecto de PRL, que dicho becario, a todos los efectos, es personal ajeno a la plantilla. Es un sr. que pasaba por ahí y entra en el centro de trabajo a contemplar lo que se hace....
(Puestos a pensar casuísticas .... quizás se podría hacer un alta RLCE 9928, y pasarlo a situación "alta sin retribución" inactividad 6.... Y seguro que a los 10 minutos tienes una llamada de la TGSS, si es que el sistema acepta dicha situación respecto de dichos afiliados, que creo que no....)
Abundo la cosa con una comunicació recibida hace unos meses de la Dirección Provincial de Barcelona de la TGSS: (es de aplicación al caso)
"3) En relación a la suspensión de las prácticas y programas de formación, en tanto que la inclusión de estas personas en el sistema está supeditada a la concesión de una compensación económica, si ésta se deja de percibir durante el periodo de suspensión de las practicas, procedería comunicar la baja con clave 99 y si se mantuviera la compensación deberá mantenerse el alta, con la consecuente obligación de cotizar.
No se debe de indicar la inactividad Código 6 Alta Sin Retribución. Esta inactividad no es adecuada, se utiliza para la suspensión de relaciones laborales (las prácticas no lo son), y subsiste la obligación de cotizar aunque no haya retribución."