SMAC MADRID

MACALENA

Miembro activo
Buenos días, compañeros:
Con fecha 30/06/20 se produce despido disciplinario de un trabajador. El día 09/07/20 presenta por correo administrativo la papeleta, por lo que no dispone de número de expediente. El día 20/07/20, las partes llegan a un acuerdo económico por lo que llegarán conciliados.
En Madrid están citando ahora los casos de marzo, así es que es probable que hasta octubre no se celebre acto de conciliación.
Quería consultarlos si el trabajador debe presentar la demanda en el juzgado para no agotar los 20 días hábiles o si con la presentación de la papeleta se suspenden los plazos y tan solo tiene que esperar a que les citen para el acto de conciliación.
Muchas gracias.
 

Aslasa

Miembro
Se suspende pero 15 días así que como madrid no te ha citado presenta la demanda judicial que si luego por cualquier historia no lo acuerdas en SMAC tendrás prescripción.
 

praexedes

Miembro
Si hay acuerdo entre empresa y trabajador puedes pedir cita para celebrar el acto de conciliación yo ya he hecho varios a través de la página del la Cdad de Madrid, es muy fácil
Para el caso de no haber acuerdo, no te citan pero cuando pasen 30 días hábiles desde la interposición de la papeleta también puedes sacar el certificado del SMAC de no celebración
Ojo con la caducidad, presentar siempre la demanda al final del plazo, luego el juzgado te requerirá la aportación y te dan quince días, para entonces ya tienes el certificado de no celebración que te pide el juzgado
 
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