Hoy he hecho pleno ...

Hola,
Acabo de recibir mail de la inspección de trabajo solicitando a instancia del INSS

Contrato del trabajador.
-          Descripción del trabajo realizado por el mismo incluyendo tareas concretas y equipos utilizados.
-          Registro de equipo de protección individual entregados al mismo para el desarrollo de su trabajo.
-          Dichas técnicas de los equipos de protección.

De un trabajador para los periodos 09/10/1989  a    30/09/1992    hace 28 años !!!!!!!

Bueno, evidentemente no tengo nada  y eso les voy a decir...   

Entiendo que no tendría la  empresa obligación alguna de guardar esta documentación !!!

Gracias
b
 

Sergei

Miembro conocido
:-X :-X :-X
Como dice la canción: "Que las palabras se quedan cortas para decir todo lo que siento....."
 

Nana

Miembro conocido
Madre mia, a poco no te piden un trozo de muro de Berlín, jajaja

Creo que se han tenido que equivocar... si la Ley de PRL es del 95  ;D ;D

 
Les he dicho que de hace 28 años no guardamos ninguna documentación... y me han contestado:

Buenos días,
Muchas gracias por la información.
Un saludo,

En fin....

 

fundación

Miembro conocido
Son posteriores en general las referencias de períodos especiales de custodia de documentación de RRLL, principalmente en materia de vigilancia de la salud.

La clave son las fechas indicadas. Por ejemplo, un RD de 1989 sobre riesgos de los trabajadores expuestos a ruido obligaba al empresario a custodiar la información de salud de los trabajadores expuestos, al menos treinta años.

La mayoría de referencias en cuanto a períodos especiales de archivo de información son posteriores a la LPRRLL de 1995 (como bien han dicho arriba).

En esta web viene bastante bien expuesto:

https://www.preving.com/deber-conservacion-custodia-la-documentacion-materia-prl/
 
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