tarifa plana RETA societarios

carla

Miembro
Buenos dias, no he mirado si ya habeis tratado el tema en el foro, por curiosidad leí que segun nueva jurisprudencia las nuevas altas de autonomos societarios admitirian la tarifa plana de 60 euros. Ya se aplica en nuevas altas??
 

Sergei

Miembro conocido
He visto la nota interna de Tesorería pero desconozco si ya han habilitado el procedimiento por Red.
Entiendo que tardará aún y habrá que tramitarlo normal y abrir un "Casia" de momento.
 

Fedayn

Miembro
Sergei dijo:
He visto la nota interna de Tesorería pero desconozco si ya han habilitado el procedimiento por Red.
Entiendo que tardará aún y habrá que tramitarlo normal y abrir un "Casia" de momento.

¿Está previsto que sea por RED? ¿Hay alguna nota que lo diga?

Yo solo he visto la nota del Área de Impugnaciones de la TGSS pero no veo que diga nada del Sistema RED.

Saludos.
 

Sergei

Miembro conocido
Fedayn dijo:
Sergei dijo:
He visto la nota interna de Tesorería pero desconozco si ya han habilitado el procedimiento por Red.
Entiendo que tardará aún y habrá que tramitarlo normal y abrir un "Casia" de momento.

¿Está previsto que sea por RED? ¿Hay alguna nota que lo diga?

Yo solo he visto la nota del Área de Impugnaciones de la TGSS pero no veo que diga nada del Sistema RED.

Saludos.
Si no lo tienen previsto mal vamos. Si aceptan el criterio de bonificación de los societarios con la tarifa plana es cuestión de tiempo que adapte el sistema RED.... Eso sí, a su ritmo, vaya a ser que se estresen
 

Santiago

Miembro conocido
¿Sabemos si se puede hacer la reclamación de los ingresos indebidos abonados?
Habrá que preguntar a CASIA a ver qué dicen...
 

Seni

Miembro
Di un alta de autónomo societario en agosto. En septiembre solicité por CASIA los cambios para aplicar la tarifa plana. Me contestaron que los cambios estaban hechos y que solicitara los ingresos indebidos de agosto
 

MONI

Miembro
yo he dado a uno ahora en Septiembre, en la solicitud no me deja pedir bonificación, he hecho un escrito y se las han aplicado.

Lo que no sé es si lo podemos hacer para los que ya han estado de alta el año pasado y el anterior ni como.

bicos
 

carla

Miembro
Vuelvo a subir el asunto, me interesa si alguien ha soliciado DEVOLUCION INGRESOS INDEBIDOS para altas antiguas, hay clientes que estan preguntando....
 

PEDRO

Miembro conocido
carla dijo:
Vuelvo a subir el asunto, me interesa si alguien ha soliciado DEVOLUCION INGRESOS INDEBIDOS para altas antiguas, hay clientes que estan preguntando....
Carla, yo hice la consulta a CASIA y me respondieron que lo solicitara por ingresos indebidos y me enviaron el boletín Red 2/2020
 

June

Miembro
Yo he solicitado varios y uno ya me han devuelto. Hay que pedir en CASIA afiliación con este texto

solicitud de aplicación de los beneficios en la cotización previstos en los artículos 31, 31 bis, 32 y 32 bis de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del Trabajo Autónomo, por ostentar la condición de socios de sociedades mercantiles capitalistas.

Y una vez resuellto , se solicita la  devolución de ingresos indebidos.
 

June

Miembro
Tipo de Caso:
Trámite
Materia:
Afiliación
Categoría:
Variaciones de datos de autónomos
Subcategoría:
Recon. benef. por resol. jud. cotizac
Afecta al Periodo de Presentación en Curso:
Si
Título:
aplicacion beneficios en la cotizacion
 

June

Miembro
¿Qué autónomos pueden reclamar que se les aplique la tarifa plana tras el cambio de criterio de TGSS?
Podrán reclamar para que se les aplique la tarifa plana todos los autónomos que se hubieran beneficiado de ella, siempre que el plazo para reclamar no haya prescrito.

Es imprescindible que además reunieran el perfil para solicitarla en su momento, teniendo en cuenta que hubo un cambio en los requisitos en 2018. A continuación te indicamos cuáles serían según la fecha del alta:

Si te diste de alta antes de 2018: tendría que ser la primera alta en el RETA o que no hubieses estado inscrito en los 5 años previos al alta.
Si te diste de alta a partir del 1 de enero de 2018: si ha sido tu primera alta, si no has estado inscrito en el RETA los 2 años previos al alta (3 años previos si ya hubieses disfrutado de la tarifa plana anteriormente).
¿Qué plazo tengo para reclamar la tarifa plana?
El plazo para reclamar máximo es de 4 años, antes de que prescriba. Es decir, podrán reclamar la tarifa plana los autónomos societarios que se hayan dado de alta desde septiembre de 2016 hasta la actualidad que reuniesen el perfil anterior.

Los autónomos que se hubiesen dado de alta antes de esa fecha no tendrán opción de reclamar.
 

Fedayn

Miembro
Pero los que se dieron de alta antes de septiembre de 2016, cumpliendo los requisitos existentes antes del 01/01/2018, ¿No pueden pedir la devolución de los 4 últimos años, desde septiembre de 2016 si se quiere pedir la devolución en septiembre de 2020, por mucho que con ello no cubran toda su alta en el RETA y aún teniendo en cuenta que los beneficios de la tarifa plana, por lo general, son de 36 meses? No veo qué justificación puede tener la fecha de alta anterior a septiembre de 2016, a efectos de prescripción en comparación con las altas posteriores puesto que si unos y otros cumplían los requisitos, veo injusto que unos puedan percibir la devolución hasta 4 años y otros no.
 

carla

Miembro
june dijo:
Yo he solicitado varios y uno ya me han devuelto. Hay que pedir en CASIA afiliación con este texto

solicitud de aplicación de los beneficios en la cotización previstos en los artículos 31, 31 bis, 32 y 32 bis de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del Trabajo Autónomo, por ostentar la condición de socios de sociedades mercantiles capitalistas.

Y una vez resuellto , se solicita la  devolución de ingresos indebidos.
Buenas June, me acaban de responder por casia que "se ha incluido la bonificacion por tarifa plana desde 01/01/2017, y que solicite devolucion de ingresos indebidos por diferencias" Pero al ir a solicitarlos hay que poner IMPORTE, y no sé como calcularlo ni desde que fecha (entiendo desde  01/07/201). Si me podeis ayudar....
 

pajarillo

Miembro conocido
Ojo, lo societarios no tienen derecho a la tarifa plana de 60 €. Ya que primero, su base es de 1214 €, y además, la reducción se aplica solo a la base mínima, el resto, hasta los 1214 € cotiza al tipo normal.
Con lo cual, los primeros 12 meses son unos 150 € si no recuerdo mal
 

NOEMI

Miembro conocido
pajarillo, pero el primer año cotizan a base de 944.40 aunque sean societarios, por lo que si pagarían 60 euros
 
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