contrato por horas

lubo

Miembro
Muy buenas a tod@s

Una empresa quiere contratar un programador para dar apoyo, con contrato indefinido. El problema es que no saben las horas que lo pueden necesitar, querrían hacerle un contrato e irle pagando las horas que vaya haciendo. Estoy un poco bloqueado y no sé que solución puedo darles al respecto, como lo veis?

Estaba pensando partir de 445 horas anuales, que son unas 10 semanales, pero si al final hace más (30 semana) o menos (5 semana) no sé como podría gestionarlo ....
Muchas gracias
Saludos
 

Cachilipox

Miembro conocido
Los límites de la gestión de jornada de forma flexi-arbitraria, los tendrías en el % de horas de más que podrían ir en el pacto de horas complementarias, y lo de la libre distribución de horas hasta un 10 % de la jornada anual del artículo 34 del ET.
O sea, partes de un mínimo, el mínimo que te permita y faculte horas complementarias, y puedes llegar a un máximo.
Las horas básicas, las distribuyas de una u otra manera, las debes cotizar y pagar a su ritmo nominal.

En esa propuesta de contrato de CTP 0,250 y 445 horas anuales, 10 horas semanales, tendrías 44,5 horas flexibles, y según lo que permita el convenio, al menos 133 horas más complementarias.

Deberías llevar un control exahustivo de jornada y distribución (y acreditar las notificaciones de cuando le corresponde hacer más o menos), y así cada semana irías viendo cuando son horas nominales, cuando son horas "flexibles" recuperadas de otras semanas que no las hizo, y cuando son horas complementarias.

En tu ejemplo:
La semana 1 hace solo 5 horas: cotiza y cobra 10, aunque solo haya realizado 5. Le queda un "a cuenta de recuperar" 5 horas flexibles.
La semana 2 hace 30 horas: Las 10 nominales, las 5 flexibles que recupera (hasta aquí solo llevamos pagadas y cotizadas sus 10 horas nominales), y le añades 15 horas complementarias (de pago y cotización complementaria)
La semana 3.....
 

lubo

Miembro
Muchas gracias Cachilipox,

Estaba pensando otro planteamiento, que no sé si me servirá para este caso y tampoco sé si sería correcto, sería el siguiente ejemplo:

1. El 1 de Octubre se le hace un contrato indefinido de 10 horas semanales.
2. Si el 1 de Noviembre se observa que se necesita que trabaje más horas o a tiempo completo, se le hace un cambio de jornada indicando fecha de fin de el 30 de Noviembre
3. Si el 1 de Diciembre se necesita que continúe más horas de las 10 iniciales o a tiempo completo, formalizar otro acuerdo  entre 1 de Diciembre al 31 de Diciembre
4. y así sucesivamente siempre se necesite que trabaje más horas de las 10 iniciales o a tiempo completo, y que la empresa y el trabajador estén de acuerdo.

De esta forma la empresa se "guarda" el derecho de que vuelva a su jornada inicial de 10 horas semanales una vez terminado el acuerdo de aumento de horas,¿veis correcto el planteamiento?

Muchas gracias

Saludos
 

Cachilipox

Miembro conocido
Una vez se "toca" el tiempo completo, el retorno a tiempo parcial es algo que solo puede hacerse previo pacto y consentimiento del trabajador.
De hecho, si vas por la vía de las modificaciones de jornada, piensa que subir siempre es fácil, pero bajar, siempre te lo puede impugnar el trabajador.
Por supuesto que a las malas, el trabajador incluso tendría abierta la posibilidad de denunciar el fraude de ley de un contrato a tiempo completo desde el inicio, que se ha infracotizado e infrapagado.
Tu límite prudencial es jornada habitual semanal según convenio, menos 1 hora. Y dentro de eso, trastear "jurídicamente" con lo que tienes.
Hay convenios que lo de las horas complementarias lo tienen subido al máximo.
 
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