Quería saber vuestra opinión sobre si quedan prorrogados automaticamente todos los ERTE FM VIGENTES del artículo 22 RDL 8/2020. En la mayoría de los casos, las causas que lo originaron han desaparecido, por ejemplo cierre obligatorio por el estado de alarma.
Mi duda es si en estos casos vais a seguir con el ERTE FM prorrogado o pasaréis a un ERTE ETOP por bajada de facturación, ya que me da bastante miedo la interpretación restrictiva de la ITSS.
La exposición de motivos del RDL dice: Inicialmente, prorrogar la aplicación de las medidas excepcionales previstas en el artículo 22 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, cuya vigencia estaba previsto que terminase el 30 de septiembre de 2020, así como del procedimiento especial regulado en el artículo 23 de dicha norma, dada la persistencia de los factores que llevaron a su adopción y los efectos socioeconómicos que la emergencia sanitaria sigue causando en la actividad de las empresas y en los contratos de trabajo.
y me parece muy ambiguo.
Os pongo un ejemplo. Comercio pequeño de prendas de vestir. Tiene a sus tres dependientas en el ERTE FM PARCIAL trabajando al 50%. No hay restricciones ni limitaciones que le afecten, simplemente vende menos porque hay poca actividad económica.
¿Prorroga automática hasta 31/01/2021 sin exoneraciones?
Mi duda es si en estos casos vais a seguir con el ERTE FM prorrogado o pasaréis a un ERTE ETOP por bajada de facturación, ya que me da bastante miedo la interpretación restrictiva de la ITSS.
La exposición de motivos del RDL dice: Inicialmente, prorrogar la aplicación de las medidas excepcionales previstas en el artículo 22 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, cuya vigencia estaba previsto que terminase el 30 de septiembre de 2020, así como del procedimiento especial regulado en el artículo 23 de dicha norma, dada la persistencia de los factores que llevaron a su adopción y los efectos socioeconómicos que la emergencia sanitaria sigue causando en la actividad de las empresas y en los contratos de trabajo.
y me parece muy ambiguo.
Os pongo un ejemplo. Comercio pequeño de prendas de vestir. Tiene a sus tres dependientas en el ERTE FM PARCIAL trabajando al 50%. No hay restricciones ni limitaciones que le afecten, simplemente vende menos porque hay poca actividad económica.
¿Prorroga automática hasta 31/01/2021 sin exoneraciones?