OPINION RDL 30/2020 PRORROGA ERTE FM HASTA 31/01/2021

Ferinho

Miembro activo
Quería saber vuestra opinión sobre si quedan prorrogados automaticamente todos los ERTE FM VIGENTES del artículo 22 RDL 8/2020. En la mayoría de los casos, las causas que lo originaron han desaparecido, por ejemplo cierre obligatorio por el estado de alarma.

Mi duda es si en estos casos vais a seguir con el ERTE FM prorrogado o pasaréis a un ERTE ETOP por bajada de facturación, ya que me da bastante miedo la interpretación restrictiva de la ITSS.

La exposición de motivos del RDL dice: Inicialmente, prorrogar la aplicación de las medidas excepcionales previstas en el artículo 22 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, cuya vigencia estaba previsto que terminase el 30 de septiembre de 2020, así como del procedimiento especial regulado en el artículo 23 de dicha norma, dada la persistencia de los factores que llevaron a su adopción y los efectos socioeconómicos que la emergencia sanitaria sigue causando en la actividad de las empresas y en los contratos de trabajo.
y me parece muy ambiguo.

Os pongo un ejemplo. Comercio pequeño de prendas de vestir. Tiene a sus tres dependientas en el ERTE FM PARCIAL trabajando al 50%. No hay restricciones ni limitaciones que le afecten, simplemente vende menos porque hay poca actividad económica.

¿Prorroga automática hasta 31/01/2021 sin exoneraciones?
 

AL1978

Miembro conocido
fgarciavarela dijo:
Quería saber vuestra opinión sobre si quedan prorrogados automaticamente todos los ERTE FM VIGENTES del artículo 22 RDL 8/2020. En la mayoría de los casos, las causas que lo originaron han desaparecido, por ejemplo cierre obligatorio por el estado de alarma.

Mi duda es si en estos casos vais a seguir con el ERTE FM prorrogado o pasaréis a un ERTE ETOP por bajada de facturación, ya que me da bastante miedo la interpretación restrictiva de la ITSS.

La exposición de motivos del RDL dice: Inicialmente, prorrogar la aplicación de las medidas excepcionales previstas en el artículo 22 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, cuya vigencia estaba previsto que terminase el 30 de septiembre de 2020, así como del procedimiento especial regulado en el artículo 23 de dicha norma, dada la persistencia de los factores que llevaron a su adopción y los efectos socioeconómicos que la emergencia sanitaria sigue causando en la actividad de las empresas y en los contratos de trabajo.
y me parece muy ambiguo.

Os pongo un ejemplo. Comercio pequeño de prendas de vestir. Tiene a sus tres dependientas en el ERTE FM PARCIAL trabajando al 50%. No hay restricciones ni limitaciones que le afecten, simplemente vende menos porque hay poca actividad económica.

¿Prorroga automática hasta 31/01/2021 sin exoneraciones?

Yo pienso que sí Fernando. Mañana igual te digo otra cosa pero entiendo que si.
 

msalem

Miembro
yo tengo la misma duda, no sé si se me escapa algo, pero ahora mismo mantener un FM prorrogado sin exoneraciones (la actividad de la empresa no está en las clasificadas ni tampoco en la cadena de valor) y pasarlo a un ETOP tiene la misma repercusión, no hay exoneraciones, que sentido tiene pasarlo?
lo podemos mantener en el FM prorrogado sin exon?
 

PEDRO

Miembro conocido
Creo que esa pregunta nos la hacemos todos. La duda que se suscita es que antes se produjo un cierre por fuerza mayor, pero ahora  ahora ¿Sigue fuerza mayor? ¿Hay que mirar el Erte a ETOP porque es una causa económica o productiva?.
Yo mismo tengo dos locales de hostelería que no se han recuperado y tienen gente aún con el contrato suspendido, si el día de mañana revisasen el Erte y resolviese que tendría que haber cambiado a un ETOP ¿Entonces para que coño prórrogas los de FM?
 

Nana

Miembro conocido
Yo creo que sí, que desde mañana el ERTE está prorrogado pero sin exoneraciones.

No obstante, creo que desde mañana hasta el lunes que viene, van a salir comentarios de la DGT, ITSS, SEPE, TGSS que o nos aclaran o nos lian más, pero como estamos sin trabajo, así nos animan las jornadas un poco más.

Eso sí, como luego AL diga que los FM prorrogados fuera del listado de los CNAE pasan sí o sí a ETOP, vamos a volver a colapsar las administraciones (y nuestros jefes a ganar dinerinchi por esos nuevos trámites)
 

Jose Miguel

Nuevo miembro
Lo dice bien clarito el R.D. 30/2020 "Artículo 1.Prórroga de los expedientes de regulación temporal de empleo basados en las causas recogidas en el artículo 22 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas  urgentes  extraordinarias  para  hacer  frente  al  impacto  económico  y  social  del COVID-19.Los expedientes de regulación temporal de empleo vigentes, basados en el artículo 22 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, se prorrogarán automáticamente hasta el 31 de enero de 2021.
Es decir si no has renunciado al ERTE FM tengas a todos reincorporados total o parcialmente el ERTE sigue vigente. Si has renunciado tienes que buscar otra via el ERTE ETOP. Yo no tengo ninguna duda al respecto, y es más haya o no haya exenciones (dependen del anexo al que por cierto le falta toda la hosteleria y restauración) no voy a renunciar a ningún ERTE FM hasta el 31 de enero de 2.021. Solo me planteo dudas en los que me fueron aprobados por silencio porque la inspección es la muy jodi.....
 

Argi

Miembro conocido
Pues por silencio fueron aprobados la mayoría. Ejem: clínica dental q alegó falta de epis. Sigue con trabajadores en erte por fm realmente porque les conviene ahorrarse sueldos y cotizaciones. Ahora ha decidido prorrogar porque sino cotizaciones sí que se sigue ahorrando sueldos. ¿No sería más lógico q si tiene las causas solicite un Etop en vez de seguir en FM?
 

Ferinho

Miembro activo
Argi dijo:
Pues por silencio fueron aprobados la mayoría. Ejem: clínica dental q alegó falta de epis. Sigue con trabajadores en erte por fm realmente porque les conviene ahorrarse sueldos y cotizaciones. Ahora ha decidido prorrogar porque sino cotizaciones sí que se sigue ahorrando sueldos. ¿No sería más lógico q si tiene las causas solicite un Etop en vez de seguir en FM?

tu ejemplo es aún más claro en la dudas que planteo en el hilo...yo tenia una clínica dental con ERTE FM por falta  EPIS y ahí si que no me he arriesgado y hace mes y pico que le aconsejé cerrar el ERTE..
 

Jose Miguel

Nuevo miembro
Bueno es una opcion sobre todo si ya no excenciones para el ejemplo de la clinica dental, pero tampoco te hace daño no renunciar al ERTE FM cuando lo tienes constatado. Evidentemente si la fuerza mayor fue constatada o autorizada por silencio admistrativo por una determinada causa y esa causa ha desaparecido y han surjido otras como las causas economicas y tienes que tener gente en el ERTE yo te aconsejo que hagas un ERTE ETOP pero eso ya se podía hacer antes de este RD y con continuidad. Hay que analizar cada caso pero no es lógico que si el ERTE FM fue constadado por un motivo y ese motivo ha desaparecido que se sigan manteniendo trabajadores en ERTE por otro motivo. Eso si salvo mejor opinion.
 

Nikki_sp

Miembro conocido
¿alguj ejemplo de fuerza mayor que a 1 de octubre siga vigente para ilustrar lo.anterior?

porque yo sinceramente no caigo.

En marzo era la falta de suministros, de epis, el confinamiento....

Pero a dia de hoy nada de eso se da... por lo menos en mi imaginacion
 

Raquelcs

Miembro activo
Yo estoy con la misma duda. En mis casos, los Ertes de fm que prorrogamos hasta septiembre ninguno está en fm.
Los bares estoy pensando en pasarlos a Ertes por limitaciones y a otros les he convencido de que ya vale de Ertes (muchos podían trabajar al 100% pero se estaban aprovechando)
No sé, lo veo todo muy confuso. Y creo que no es porque yo no sepa hacer mi trabajo, veo que muchos compañero es tenéis dudas también. Ahora estoy con la teoría conspiranoica de que lo hacen confuso para que la ITSS pueda interpretar libremente y sancionar
 

tachca

Miembro
Buenos y maravillosos días (modo irónico on)....
Yo tengo una empresa en ERTE FM desde 18/03 con toda la plantilla suspendida,  su actividad es la de un catering para eventos y claro, todo el trabajo que tenia se lo han cancelado o suspendido a la espera de poder realizar de nuevo los eventos que tenían previstos, esta empresa si que se ve afectada directamente por las restricciones y mi duda es, la continuo en fuerza mayor o podría pasarla a un ERTE por limitaciones en base a las nuevas restricciones que la siguen impidiendo desarrollar su actividad con normalidad... como lo veis!!???
 

AL1978

Miembro conocido
Respecto a la duda que se plantea en el hilo a través del compañero os doy mi opinión.

Transcribo la respuesta anotada en otro hilo por mi parte:

"En mi caso esa misma duda y situación que planteáis ya se daba en Mayo o Junio en muchas empresas y nadie se planteó cambiarlos a ETOP desde el RD 24/2010, incluso no "nos pareció" un abuso la renovación tácita de los ERTES hasta 30/09/2020 con todos los trabajadores reincorporados (con epis, sin restricc....) y exonerando cotizaciones. Así que dicho esto y con un artículo tan claro como el art 1 del RD 30/2020 y sin exoneraciones no veo el abuso por ningún lado.
También te digo que los tres que quedan en esa situación los mutaré a ETOP en cuanto decidamos el alcance de los mismos, pero no va a ser mañana. Salvo que ITSS y DGT nos den celeridad"


Si no hay aclaración contradictoria por parte de algún organismo oficial no pienso mover nada a toda prisa, sin perjuicio que por interés de mis clientes y en aras de un proyecto futuro negociemos una mutación a ETOP a más largo plazo que 31/01/2021

 

Saralaboral2

Miembro activo
Tengo una empresa que se dedica a vender colchones y productos del hogar en los hoteles y la mayoría de clientes eran jubilados, convocaban reuniones de 50 personas. ESta en ERTE FM desde marzo, no ha podido reincorporar a nadie, este seguirá vigente o morirá porque los hoteles no les dan permisos y  no harán reuniones de 6 personas en la calle.

Tengo un gimnasio de artes marciales, abrieron para los clientes pero hasta septiembre no reincorporo a un profesor. Según el empresario ha bajado las cuotas, no sé.

El resto para mi es cuentitis. Sí,  les ha bajado la faena pero no es un FM pero mientras se puedan aprovechar.

Me he leído el RD y los resúmenes y de verdad que ganas de liar las cosas, con lo sencillo que es te cierran o limitan exoneración ,que no sigue con tu vida.
 

Seni

Miembro
fgarciavarela dijo:
Quería saber vuestra opinión sobre si quedan prorrogados automaticamente todos los ERTE FM VIGENTES del artículo 22 RDL 8/2020. En la mayoría de los casos, las causas que lo originaron han desaparecido, por ejemplo cierre obligatorio por el estado de alarma.

Mi duda es si en estos casos vais a seguir con el ERTE FM prorrogado o pasaréis a un ERTE ETOP por bajada de facturación, ya que me da bastante miedo la interpretación restrictiva de la ITSS.

La exposición de motivos del RDL dice: Inicialmente, prorrogar la aplicación de las medidas excepcionales previstas en el artículo 22 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, cuya vigencia estaba previsto que terminase el 30 de septiembre de 2020, así como del procedimiento especial regulado en el artículo 23 de dicha norma, dada la persistencia de los factores que llevaron a su adopción y los efectos socioeconómicos que la emergencia sanitaria sigue causando en la actividad de las empresas y en los contratos de trabajo.
y me parece muy ambiguo.

Os pongo un ejemplo. Comercio pequeño de prendas de vestir. Tiene a sus tres dependientas en el ERTE FM PARCIAL trabajando al 50%. No hay restricciones ni limitaciones que le afecten, simplemente vende menos porque hay poca actividad económica.

¿Prorroga automática hasta 31/01/2021 sin exoneraciones?

Tengo un caso igual, y creo que lo mejor es seguir con el FM, pero sin exoneraciones.

Tengo el caso de un Pub (solo abría fines de semana y de noche). Sigue en FM, sin recuperar a los empleados.
Creo que debería de solicitar un ERTE POR LIMITICACIONES EN LA ACTIVIDAD. ¿QUE OPINAIS?
 

Nikki_sp

Miembro conocido
AL1978 dijo:
Respecto a la duda que se plantea en el hilo a través del compañero os doy mi opinión.

Transcribo la respuesta anotada en otro hilo por mi parte:

"En mi caso esa misma duda y situación que planteáis ya se daba en Mayo o Junio en muchas empresas y nadie se planteó cambiarlos a ETOP desde el RD 24/2010, incluso no "nos pareció" un abuso la renovación tácita de los ERTES hasta 30/09/2020 con todos los trabajadores reincorporados (con epis, sin restricc....) y exonerando cotizaciones. Así que dicho esto y con un artículo tan claro como el art 1 del RD 30/2020 y sin exoneraciones no veo el abuso por ningún lado.
También te digo que los tres que quedan en esa situación los mutaré a ETOP en cuanto decidamos el alcance de los mismos, pero no va a ser mañana. Salvo que ITSS y DGT nos den celeridad"


Si no hay aclaración contradictoria por parte de algún organismo oficial no pienso mover nada a toda prisa, sin perjuicio que por interés de mis clientes y en aras de un proyecto futuro negociemos una mutación a ETOP a más largo plazo que 31/01/2021

Pero es que en ese momento no había ertes específicos por la situación Covid19 mas que el FM (total o parcial), por eso estaba tan claro que se había terminado la fuerza mayor. Imagina que tienes que cerrar un centro de trabajo, eso no eran causas ETOP.

Pero hoy en dia si existen 2 tipos de ERTES específicos para la situación actual, limitación e impedimento.
 

Nikki_sp

Miembro conocido
tachca dijo:
Buenos y maravillosos días (modo irónico on)....
Yo tengo una empresa en ERTE FM desde 18/03 con toda la plantilla suspendida,  su actividad es la de un catering para eventos y claro, todo el trabajo que tenia se lo han cancelado o suspendido a la espera de poder realizar de nuevo los eventos que tenían previstos, esta empresa si que se ve afectada directamente por las restricciones y mi duda es, la continuo en fuerza mayor o podría pasarla a un ERTE por limitaciones en base a las nuevas restricciones que la siguen impidiendo desarrollar su actividad con normalidad... como lo veis!!???

Si pediste fuerza mayor por falta de EPIS por ejemplo, la causa mayor ya ha decaído...

 

AL1978

Miembro conocido
Nikki_sp dijo:
AL1978 dijo:
Respecto a la duda que se plantea en el hilo a través del compañero os doy mi opinión.

Transcribo la respuesta anotada en otro hilo por mi parte:

"En mi caso esa misma duda y situación que planteáis ya se daba en Mayo o Junio en muchas empresas y nadie se planteó cambiarlos a ETOP desde el RD 24/2010, incluso no "nos pareció" un abuso la renovación tácita de los ERTES hasta 30/09/2020 con todos los trabajadores reincorporados (con epis, sin restricc....) y exonerando cotizaciones. Así que dicho esto y con un artículo tan claro como el art 1 del RD 30/2020 y sin exoneraciones no veo el abuso por ningún lado.
También te digo que los tres que quedan en esa situación los mutaré a ETOP en cuanto decidamos el alcance de los mismos, pero no va a ser mañana. Salvo que ITSS y DGT nos den celeridad"


Si no hay aclaración contradictoria por parte de algún organismo oficial no pienso mover nada a toda prisa, sin perjuicio que por interés de mis clientes y en aras de un proyecto futuro negociemos una mutación a ETOP a más largo plazo que 31/01/2021

Pero es que en ese momento no había ertes específicos por la situación Covid19 mas que el FM (total o parcial), por eso estaba tan claro que se había terminado la fuerza mayor. Imagina que tienes que cerrar un centro de trabajo, eso no eran causas ETOP.

Pero hoy en dia si existen 2 tipos de ERTES específicos para la situación actual, limitación e impedimento.

Discrepo Nikki.

Desde el  RD 8/2020 existía el ETOP vía art 23, incluso tras el RD 24/2020 la mutación del FM (total o parcial) daba derecho a exoneraciones (las mismas que FM parcial) y a la retroactividad de los efectos desde el inicio de negociación. (Art 2 y art 4).

Otra cosa es que nos interesara más o menos




 

Argi

Miembro conocido
Seni dijo:
fgarciavarela dijo:
Quería saber vuestra opinión sobre si quedan prorrogados automaticamente todos los ERTE FM VIGENTES del artículo 22 RDL 8/2020. En la mayoría de los casos, las causas que lo originaron han desaparecido, por ejemplo cierre obligatorio por el estado de alarma.

Mi duda es si en estos casos vais a seguir con el ERTE FM prorrogado o pasaréis a un ERTE ETOP por bajada de facturación, ya que me da bastante miedo la interpretación restrictiva de la ITSS.

La exposición de motivos del RDL dice: Inicialmente, prorrogar la aplicación de las medidas excepcionales previstas en el artículo 22 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, cuya vigencia estaba previsto que terminase el 30 de septiembre de 2020, así como del procedimiento especial regulado en el artículo 23 de dicha norma, dada la persistencia de los factores que llevaron a su adopción y los efectos socioeconómicos que la emergencia sanitaria sigue causando en la actividad de las empresas y en los contratos de trabajo.
y me parece muy ambiguo.

Os pongo un ejemplo. Comercio pequeño de prendas de vestir. Tiene a sus tres dependientas en el ERTE FM PARCIAL trabajando al 50%. No hay restricciones ni limitaciones que le afecten, simplemente vende menos porque hay poca actividad económica.

¿Prorroga automática hasta 31/01/2021 sin exoneraciones?

Tengo un caso igual, y creo que lo mejor es seguir con el FM, pero sin exoneraciones.

Tengo el caso de un Pub (solo abría fines de semana y de noche). Sigue en FM, sin recuperar a los empleados.
Creo que debería de solicitar un ERTE POR LIMITICACIONES EN LA ACTIVIDAD. ¿QUE OPINAIS?

Pues que yo esperaría a ver ya que el literal de Rd en lo referente al nuevo ertep por limitaciones dice "...como consecuencia de nuevas restricciones o medidas de contención sanitaria adoptadas, a partir del 1 de octubre de 2020..." No queda claro si se refieres a restricciones adoptadas a partir del 1/10 o que vale cualuier restricción anterior
 

VaneAlon

Miembro conocido
Hola de nuevo!!

Según un artículo del el periódico el correo el comercio u hostelería se pueden acoger a la segunda modalidad de ERTE que se ha publicado en el nuevo  decreto, que opináis?

https://www.elcorreo.com/economia/tu-economia/prorroga-ertes-enero-2021-tipos-2021-20201001100143-nt.html?edtn=alava#vca=fixed-btn&vso=rrss&vmc=wh&vli=Tu-Economía
 
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