Es un determinado porcentaje del total de horas "del contrato", y la norma establece que hacen falta al menos un tiempo parcial de partida de 10 horas semanales "en cómputo anual".
Así que salvo que el convenio diga otra cosa, x% del total contrato, si es de menos de un año, y de la jornada anual prevista, si la duración es superior o es indefinido.