PASAR TRABAJADORES ERTE FM PRORROGADO A ERTE FM LIMITACION ACTIVIDAD

valky

Miembro activo
Buenos días,
Tengo empresas de hostelería con algunos trabadores en ERTE FM prorrogados desde el 01/10/2020 y ahora debido a las medidas restrictivas se puede acceder a solicitar ERTE FM por limitación de actividad.
Entiendo que en la empresa pueden convivir los dos ERTES, mantener los trabajadores en el ERTE FM prorrogado (sin exoneraciones) y solicitar nuevo ERTE FM por limitación actividad para los trabajadores que habían sido desafectados del ERTE anterior y estaban trabajando (con exoneraciones y mientras duren las restricciones).
Pero claro los clientes oyen lo del 100% de exoneración de los nuevos ERTES de limitación y se vienen arriba, quieren sacar los trabajadores del ERTE FM prorrogado para incluirlos en el de limitación de actividad para exonerar y posteriormente volverlos a incluir en el ERTE FM prorrogado.
Yo estoy comentándoles que no se debería hacer.... se os da el caso, que opináis?
 

Saralaboral2

Miembro activo
si pueden convivir, y nunca des de baja erte FM.
Puedes hacerlo, pasarlo al erte de limitación.
Con todo este follón creo que puedes llegar a tener hasta 3 o 4 ertes a la vez en una empresa, un desastre.

En mi caso, no se si esta bien o no, pero el bar que tenemos en erte FM vivo ( 3 trabajadores en suspensión y 6 trabajando 100%), se ha solicitado un erte de limitación a fecha 01/10/2020, todos al saco tras las nuevas restricciones en Catalunya.

En otro bar que ya esta renunciado al erte, no hay tanto problema erte nuevo de limitación a partir 16/10/2020 por las nuevas restricciones.

Y cruzar dedos que todo vaya bien.
 

Argi

Miembro conocido
Pues yo al final he decidido renunciar a todos los ertes que tenía abiertos desde marzo y de los cuales ya tenía a todos los trabajadores reincorporados a su jornada anterior.
Los nuevos ertes que tendré serán por limitación o impedimento y no quiero dejarme frentes abiertos por si acaso.
 

plosada

Miembro
Saralaboral2 dijo:
si pueden convivir, y nunca des de baja erte FM.
Puedes hacerlo, pasarlo al erte de limitación.
Con todo este follón creo que puedes llegar a tener hasta 3 o 4 ertes a la vez en una empresa, un desastre.

En mi caso, no se si esta bien o no, pero el bar que tenemos en erte FM vivo ( 3 trabajadores en suspensión y 6 trabajando 100%), se ha solicitado un erte de limitación a fecha 01/10/2020, todos al saco tras las nuevas restricciones en Catalunya.

En otro bar que ya esta renunciado al erte, no hay tanto problema erte nuevo de limitación a partir 16/10/2020 por las nuevas restricciones.

Y cruzar dedos que todo vaya bien.

Hola Sara entonces el que tenías de fuerza mayor vas a renunciar y pasarlos a todos a limitación? has incluido en el de limitación a todos los  trabajadores o sólo a los que faltaban. Esa es la duda que tengo, en caso de convivir 2 ERTES no sé cómo hacer con las exoneraciones.... en mi caso tengo 3 trabajadores en ERTE fuerza mayor rebrote y necesito incluir a otros 4... ¿cómo haríais con el nuevo ERTE? ¿uno incluyendo a todos los trabajadores o sólo a los que no estaban en ERTE?... la verdad es que no lo tengo nada claro y no consigo contactar con la autoridad laboral...
 

Nana

Miembro conocido
Hola valky

no sé de donde eres, porque cada AL es un mundo, pero en la de Madrid, textualmente por teléfono me dijeron lo siguiente:

"Lo correcto es tener dos ERTE, el prorrogado sin exoneraciones y el nuevo que afectará al personal incorporado; si se trampea  ;D, ya os avisamos que en 1, 2 o 3 años, la Inspección, TGSS o nosotros mismos llamaremos a la puerta  ;D ;D (el funcionario con el que hablé era un artista)"

En mi caso, así se lo he expuesto a los clientes, unos han claudicado con mi maza otros dicen que son del 100% a muerte, en este ultimo caso, email por parte del cliente en el que asume los riesgos por su cabezonería manera distinta de verlo y que exonera a la gestoría de cualquier drama futuro por este caso.

Espero haber arrojado un poco de luz sobre este tiempo tan tenebroso
 

Argi

Miembro conocido
Nana dijo:
Hola valky

no sé de donde eres, porque cada AL es un mundo, pero en la de Madrid, textualmente por teléfono me dijeron lo siguiente:

"Lo correcto es tener dos ERTE, el prorrogado sin exoneraciones y el nuevo que afectará al personal incorporado; si se trampea  ;D, ya os avisamos que en 1, 2 o 3 años, la Inspección, TGSS o nosotros mismos llamaremos a la puerta  ;D ;D (el funcionario con el que hablé era un artista)"

En mi caso, así se lo he expuesto a los clientes, unos han claudicado con mi maza otros dicen que son del 100% a muerte, en este ultimo caso, email por parte del cliente en el que asume los riesgos por su cabezonería manera distinta de verlo y que exonera a la gestoría de cualquier drama futuro por este caso.

Espero haber arrojado un poco de luz sobre este tiempo tan tenebroso

No acabo de entenderlo.  ¿Y si antes no tenías erte de FM o se renunció al mismo?
 

Nana

Miembro conocido
Hola Argi

si no tienes ERTE FM, entonces no coexisten dos ERTE, solo tienes 1, por lo cual puedes solicitar el ERTE por limitación aplicando las bonificaciones correspondientes

lo que no se puede hacer es tengo un ERTE FM desde marzo con 10 trabajadores, saco en julio 5 por lo que se mantienen en ERTE otros 5, y ahora en octubre, como ya no me bonifico de los 5 que siguen en ERTE, pido un ERTE limitación y, en vez de meter a los 5 que sí estaban trabajando, meto a los 10 y así no me dejo de bonificar por lo que continuaban desde marzo en ERTE

Eso es hacer trampa  ;)
 

plosada

Miembro
A mi lo que dices Nana me parece lo más "sensato", es decir, que puedan convivir los 2 ERTES sin embargo la duda que me surge es que voy a tener el próximo mes 2 declaraciones responsables y no sé muy bien cómo hacerlo, ¿alguien en la misma situación?????GRACIAS
 

Nana

Miembro conocido
Hola PLC79

No sé si te has leído el Boletín RED 19/2020, pero desde el 01/10 dejan de admitir las DR 58 y 59, por lo que solo comunicarás una DR, la relativa al ERTE correspondiente  ;)

Te lo pego por si no lo encuentras:

FORMA DE IDENTIFICACIÓN DE LOS TRABAJADORES POR LOS QUE RESULTARON DE APLICACIÓN, HASTA EL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2020, EXENCIONES EN LA COTIZACIÓN AL AMPARO DE LO ESTABLECIDO EN EL REAL DECRETO LEY 24/2020.
 Declaración responsable 058 y 059.
En virtud del artículo 1 del Real Decreto-ley 30/2020, los expedientes de regulación de empleo vigentes, basados en el artículo 22 del Real Decreto-ley 8/2020, se prorrogarán automáticamente hasta el 31 de enero de 2021.
Salvo en los supuestos a los que se refiere la disposición adicional primera, respecto de los trabajadores incluidos en estos expedientes de regulación temporal de empleo no resulta de aplicación exenciones en la cotización a partir del 1 de octubre de 2020.
Por lo tanto, a partir del 01-10-2020, no resultarán admisibles nuevas declaraciones responsables 058 y 059.
No obstante, para el correcto cálculo de las peculiaridades de cotización con TPC 17 o 18 deberá mantenerse la identificación de los trabajadores y los períodos de la suspensión o reducción de jornada, así como de reincorporación total o parcial, a través de los valores V, W, X, R, S, U, Y del campo TIPO DE INACTIVIDAD.

Y muy importante, no quiteis las letras
 

fundación

Miembro conocido
Vamos a ir abriendo camino al nuevo laberinto de octubre ....

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plosada

Miembro
Nana dijo:
Hola PLC79

No sé si te has leído el Boletín RED 19/2020, pero desde el 01/10 dejan de admitir las DR 58 y 59, por lo que solo comunicarás una DR, la relativa al ERTE correspondiente  ;)

Te lo pego por si no lo encuentras:

FORMA DE IDENTIFICACIÓN DE LOS TRABAJADORES POR LOS QUE RESULTARON DE APLICACIÓN, HASTA EL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2020, EXENCIONES EN LA COTIZACIÓN AL AMPARO DE LO ESTABLECIDO EN EL REAL DECRETO LEY 24/2020.
 Declaración responsable 058 y 059.
En virtud del artículo 1 del Real Decreto-ley 30/2020, los expedientes de regulación de empleo vigentes, basados en el artículo 22 del Real Decreto-ley 8/2020, se prorrogarán automáticamente hasta el 31 de enero de 2021.
Salvo en los supuestos a los que se refiere la disposición adicional primera, respecto de los trabajadores incluidos en estos expedientes de regulación temporal de empleo no resulta de aplicación exenciones en la cotización a partir del 1 de octubre de 2020.
Por lo tanto, a partir del 01-10-2020, no resultarán admisibles nuevas declaraciones responsables 058 y 059.
No obstante, para el correcto cálculo de las peculiaridades de cotización con TPC 17 o 18 deberá mantenerse la identificación de los trabajadores y los períodos de la suspensión o reducción de jornada, así como de reincorporación total o parcial, a través de los valores V, W, X, R, S, U, Y del campo TIPO DE INACTIVIDAD.

Y muy importante, no quiteis las letras

Perfecto, gracias!
 

valky

Miembro activo
Nana dijo:
Hola valky

no sé de donde eres, porque cada AL es un mundo, pero en la de Madrid, textualmente por teléfono me dijeron lo siguiente:

"Lo correcto es tener dos ERTE, el prorrogado sin exoneraciones y el nuevo que afectará al personal incorporado; si se trampea  ;D, ya os avisamos que en 1, 2 o 3 años, la Inspección, TGSS o nosotros mismos llamaremos a la puerta  ;D ;D (el funcionario con el que hablé era un artista)"

En mi caso, así se lo he expuesto a los clientes, unos han claudicado con mi maza otros dicen que son del 100% a muerte, en este ultimo caso, email por parte del cliente en el que asume los riesgos por su cabezonería manera distinta de verlo y que exonera a la gestoría de cualquier drama futuro por este caso.

Espero haber arrojado un poco de luz sobre este tiempo tan tenebroso

Buenos días Nana,
Soy de Galicia, mas concretamente de la ciudad "sitiada" de Ourense, pero independientemente de las CCAA, el criterio tenía que ser único y después de mas de 6 meses en esta situación ya debía recogerlo el Real Decreto-Ley correspondiente con todas las opciones posibles.
Yo comparto tu opinión los que están en ERTE FM prorrogado siguen y el resto si se dan las circunstancias al de limitación, pero poderoso caballero es Don Dinero y algunos clientes, se emocionan... les trato de explicar (moderadamente son clientes) que ya se estuvieron exonerando hasta 30/09/2020, mientras que otras empresas de la misma actividad, a veces incluso de la misma calle, llevan intentando hacer algo desde hace meses que reincorporaron a sus trabajadores y renunciaron a ERTE y ahora tienen está opción...pero bueno que decidan ellos
Un saludo
 

Nana

Miembro conocido
valky dijo:
Nana dijo:
Hola valky

no sé de donde eres, porque cada AL es un mundo, pero en la de Madrid, textualmente por teléfono me dijeron lo siguiente:

"Lo correcto es tener dos ERTE, el prorrogado sin exoneraciones y el nuevo que afectará al personal incorporado; si se trampea  ;D, ya os avisamos que en 1, 2 o 3 años, la Inspección, TGSS o nosotros mismos llamaremos a la puerta  ;D ;D (el funcionario con el que hablé era un artista)"

En mi caso, así se lo he expuesto a los clientes, unos han claudicado con mi maza otros dicen que son del 100% a muerte, en este ultimo caso, email por parte del cliente en el que asume los riesgos por su cabezonería manera distinta de verlo y que exonera a la gestoría de cualquier drama futuro por este caso.

Espero haber arrojado un poco de luz sobre este tiempo tan tenebroso

Buenos días Nana,
Soy de Galicia, mas concretamente de la ciudad "sitiada" de Ourense, pero independientemente de las CCAA, el criterio tenía que ser único y después de mas de 6 meses en esta situación ya debía recogerlo el Real Decreto-Ley correspondiente con todas las opciones posibles.
Yo comparto tu opinión los que están en ERTE FM prorrogado siguen y el resto si se dan las circunstancias al de limitación, pero poderoso caballero es Don Dinero y algunos clientes, se emocionan... les trato de explicar (moderadamente son clientes) que ya se estuvieron exonerando hasta 30/09/2020, mientras que otras empresas de la misma actividad, a veces incluso de la misma calle, llevan intentando hacer algo desde hace meses que reincorporaron a sus trabajadores y renunciaron a ERTE y ahora tienen está opción...pero bueno que decidan ellos
Un saludo

Tu explícaselo con los dinerillos que se arriesgan, junto a las sanciones/recargos.... suele funcionar  ;)

Mucho animo a Ourense, desde España dentro de España (a.k.a Madrid  ;D)
 

fundación

Miembro conocido
valky dijo:
Nana dijo:
Hola valky

no sé de donde eres, porque cada AL es un mundo, pero en la de Madrid, textualmente por teléfono me dijeron lo siguiente:

"Lo correcto es tener dos ERTE, el prorrogado sin exoneraciones y el nuevo que afectará al personal incorporado; si se trampea  ;D, ya os avisamos que en 1, 2 o 3 años, la Inspección, TGSS o nosotros mismos llamaremos a la puerta  ;D ;D (el funcionario con el que hablé era un artista)"

En mi caso, así se lo he expuesto a los clientes, unos han claudicado con mi maza otros dicen que son del 100% a muerte, en este ultimo caso, email por parte del cliente en el que asume los riesgos por su cabezonería manera distinta de verlo y que exonera a la gestoría de cualquier drama futuro por este caso.

Espero haber arrojado un poco de luz sobre este tiempo tan tenebroso

Buenos días Nana,
Soy de Galicia, mas concretamente de la ciudad "sitiada" de Ourense, pero independientemente de las CCAA, el criterio tenía que ser único y después de mas de 6 meses en esta situación ya debía recogerlo el Real Decreto-Ley correspondiente con todas las opciones posibles.
Yo comparto tu opinión los que están en ERTE FM prorrogado siguen y el resto si se dan las circunstancias al de limitación, pero poderoso caballero es Don Dinero y algunos clientes, se emocionan... les trato de explicar (moderadamente son clientes) que ya se estuvieron exonerando hasta 30/09/2020, mientras que otras empresas de la misma actividad, a veces incluso de la misma calle, llevan intentando hacer algo desde hace meses que reincorporaron a sus trabajadores y renunciaron a ERTE y ahora tienen está opción...pero bueno que decidan ellos
Un saludo

De Orense conocía a Paco Cid de una gestoría, aunque él era de temas mercantiles, fiscales.
 

Pedro G

Miembro
Nana dijo:
Hola Argi

si no tienes ERTE FM, entonces no coexisten dos ERTE, solo tienes 1, por lo cual puedes solicitar el ERTE por limitación aplicando las bonificaciones correspondientes

lo que no se puede hacer es tengo un ERTE FM desde marzo con 10 trabajadores, saco en julio 5 por lo que se mantienen en ERTE otros 5, y ahora en octubre, como ya no me bonifico de los 5 que siguen en ERTE, pido un ERTE limitación y, en vez de meter a los 5 que sí estaban trabajando, meto a los 10 y así no me dejo de bonificar por lo que continuaban desde marzo en ERTE

Eso es hacer trampa  ;)

A ver, en Cataluña tenemos las limitaciones desde el mes de julio, mes en que el ERTE era el FM de marzo normal y corriente, con sus correspondientes exoneraciones. En octubre siguen las liminaciones por prórroga expresa del Decret de la Generalitat y el RD-l 30/2020 se saca de la manga los de impedimiento y limitación. Consecuentemente, entiendo que ha habido un cambio de nombre, pero en este caso la limitación comenzó en julio. No veo que esté haciendo trampas por tratar de exonerar a los afectados de antes del día 1 de octubre. Otra cosa es que nos quieran meter un puro por la cara. Hartito me tienen.
 

Nana

Miembro conocido
Pero Pedro, perdona, quizás no te esté entendiendo, pero en RDL 30/2020 habla de dos tramos, 01/09 y 01/10 y, dependiendo de la casuística de cada empresa, que aplique uno u otro

Hacer trampa, para mi, es que con las restricciones X, quieras meter a gente que estaba en un ERTE FM desde marzo, y cuyas exoneraciones acaban el 30/09, en un ERTE nuevo desde el 01/10 o anterior, cuando esos trabajadores nunca se han reincorporado.

Lo correcto es mantener a los que no has rescatado desde marzo en su ERTE prorrogado sin bonificaciones y los que si habías rescatado, y debes limitar nuevamente, les haces un nuevo ERTE con las bonificaciones pertinentes

Vamos, así lo veo yo, pero claro, opiniones hay como culos, cada uno tiene el suyo  ;)
 

Pedro G

Miembro
No, si cualquiera puede tener una opinión, pero la que manda es la Inspección. Toma pareado. Pero volviendo al tema que nos ocupa. La hostelería cerró en su día, luego va reincorporando pensando que con el poco turismo que venga algo harán, no viene ni el Tato y encima la Generalitat te impone lo de la limitación en julio. Yo sigo sin ver la trampa. Otra cosa es que nos quieran exprimir.

Y si por ejemplo a un trabajador que tengo con reducción a media jornada lo paso a suspensión de contrato, ¿exonero la mitad, nada o todo?

P.s.: Dile a tu unicornio rosa que no me mire tan mal, que yo sólo pasaba por aquí. :)
 

Seni

Miembro
valky dijo:
Nana dijo:
Hola valky

no sé de donde eres, porque cada AL es un mundo, pero en la de Madrid, textualmente por teléfono me dijeron lo siguiente:

"Lo correcto es tener dos ERTE, el prorrogado sin exoneraciones y el nuevo que afectará al personal incorporado; si se trampea  ;D, ya os avisamos que en 1, 2 o 3 años, la Inspección, TGSS o nosotros mismos llamaremos a la puerta  ;D ;D (el funcionario con el que hablé era un artista)"

En mi caso, así se lo he expuesto a los clientes, unos han claudicado con mi maza otros dicen que son del 100% a muerte, en este ultimo caso, email por parte del cliente en el que asume los riesgos por su cabezonería manera distinta de verlo y que exonera a la gestoría de cualquier drama futuro por este caso.

Espero haber arrojado un poco de luz sobre este tiempo tan tenebroso

Buenos días Nana,
Soy de Galicia, mas concretamente de la ciudad "sitiada" de Ourense, pero independientemente de las CCAA, el criterio tenía que ser único y después de mas de 6 meses en esta situación ya debía recogerlo el Real Decreto-Ley correspondiente con todas las opciones posibles.
Yo comparto tu opinión los que están en ERTE FM prorrogado siguen y el resto si se dan las circunstancias al de limitación, pero poderoso caballero es Don Dinero y algunos clientes, se emocionan... les trato de explicar (moderadamente son clientes) que ya se estuvieron exonerando hasta 30/09/2020, mientras que otras empresas de la misma actividad, a veces incluso de la misma calle, llevan intentando hacer algo desde hace meses que reincorporaron a sus trabajadores y renunciaron a ERTE y ahora tienen está opción...pero bueno que decidan ellos
Un saludo

Buenos días, desde Pontevedra
yo tengo hostelería con erte ya finalizados y ahora quiero solicitar por limitaciones utilizando la que ya existían antes de nuevo real decreto. No se si alguien esta intentado esto.
 

Nana

Miembro conocido
Pedro G dijo:
No, si cualquiera puede tener una opinión, pero la que manda es la Inspección. Toma pareado. Pero volviendo al tema que nos ocupa. La hostelería cerró en su día, luego va reincorporando pensando que con el poco turismo que venga algo harán, no viene ni el Tato y encima la Generalitat te impone lo de la limitación en julio. Yo sigo sin ver la trampa. Otra cosa es que nos quieran exprimir.

Y si por ejemplo a un trabajador que tengo con reducción a media jornada lo paso a suspensión de contrato, ¿exonero la mitad, nada o todo?

P.s.: Dile a tu unicornio rosa que no me mire tan mal, que yo sólo pasaba por aquí. :)

;D ;D ;D mi unicornio no mira nunca mal, él es todo amor y purpurina  ;D ;D ;D

Creo que ya sé nuestra discrepancia, yo estoy basándome en la realidad madrileña que la bofetada a mano abierta ha llegado ahora, vosotros lleváis con ese drama desde antes. Mi exposición es desde el punto de vista de mi CA (ay, sueno como los políticos, jajajajaja), entiendo que cada zona tendrá sus cositas especiales

Aunque también te digo, yo soy lo más precavida/cagona posible, no quiero más dramas en unos años derivados de este momento de esplendor  ;)
 

Pedro G

Miembro
Nana dijo:
Pedro G dijo:
No, si cualquiera puede tener una opinión, pero la que manda es la Inspección. Toma pareado. Pero volviendo al tema que nos ocupa. La hostelería cerró en su día, luego va reincorporando pensando que con el poco turismo que venga algo harán, no viene ni el Tato y encima la Generalitat te impone lo de la limitación en julio. Yo sigo sin ver la trampa. Otra cosa es que nos quieran exprimir.

Y si por ejemplo a un trabajador que tengo con reducción a media jornada lo paso a suspensión de contrato, ¿exonero la mitad, nada o todo?

P.s.: Dile a tu unicornio rosa que no me mire tan mal, que yo sólo pasaba por aquí. :)

;D ;D ;D mi unicornio no mira nunca mal, él es todo amor y purpurina  ;D ;D ;D

Creo que ya sé nuestra discrepancia, yo estoy basándome en la realidad madrileña que la bofetada a mano abierta ha llegado ahora, vosotros lleváis con ese drama desde antes. Mi exposición es desde el punto de vista de mi CA (ay, sueno como los políticos, jajajajaja), entiendo que cada zona tendrá sus cositas especiales

Aunque también te digo, yo soy lo más precavida/cagona posible, no quiero más dramas en unos años derivados de este momento de esplendor  ;)


Me temo que como estoy siga así, cuando venga el inspector a preguntarnos por lo que hicimos en el 1er año de la pandemia, muchas empresas ya se habrán visto obligadas a cerrar  :'(

P.s.: Amor y purpurina y un poco mucho de brilli-brilli. Que me ha dejado esto perdido.  :p

 
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