Buenas tardes!
El convenio colectivo de una empresa establece un complemento para los trabajadores que están en situación de IT. Concretamente el artículo dice lo siguiente:
"En caso de suspensión del contrato de trabajo por incapacidad temporal derivada de enfermedad común o accidente de trabajo la empresa complementará las prestaciones de la Seguridad Social hasta el importe íntegro de las retribuciones percibidas por el trabajador por un periodo máximo de quince meses."
Creéis que debo aplicar este complemento si el trabajador está de baja por accidente no laboral? Me surge la duda porque como especifica enfermedad común o accidente de trabajo....! Me podéis dar opiniones??
Muchas gracias!!
El convenio colectivo de una empresa establece un complemento para los trabajadores que están en situación de IT. Concretamente el artículo dice lo siguiente:
"En caso de suspensión del contrato de trabajo por incapacidad temporal derivada de enfermedad común o accidente de trabajo la empresa complementará las prestaciones de la Seguridad Social hasta el importe íntegro de las retribuciones percibidas por el trabajador por un periodo máximo de quince meses."
Creéis que debo aplicar este complemento si el trabajador está de baja por accidente no laboral? Me surge la duda porque como especifica enfermedad común o accidente de trabajo....! Me podéis dar opiniones??
Muchas gracias!!