ERTE de reducción y situación de IT

fundación

Miembro conocido
Justo el día que vuelvo a meter en ERTE reducción a una tjdora. pues al siguiente se pone en IT.

¿Cómo se hace esto con el SEPE, y con las letras de SS?  :(

El SEPE debe tener constancia de la situación de I.T del trabajador, si están enviando los XML ya lo hacen constar ahí.

Según SS:

    “La empresa abonará en pago delegado la prestación por incapacidad temporal de la parte correspondiente a la jornada de trabajo a tiempo parcial y el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) abonará la parte correspondiente al desempleo, de forma análoga a lo que ocurre en supuestos de pluriempleo”
    “La cuantía que abonará el SEPE será igual a la de la prestación por desempleo, con el consumo de los días de prestación que correspondan”
 

fundación

Miembro conocido
¿Nadie ha tenido el caso?

Entiendo que he de mecanizar el parte INSS y luego....¿pagar la baja % de jornada reducida, y el resto lo cobra en desempleo?
 

BLS

Nuevo miembro
Yo he tenido el caso pero con suspensión. Y lo que hice fue informar la baja por Red online. Y el trabajador le envié al sepe a comunicar que estaba de baja. Desde la página del sepe, usando el formulario pre solicitud, informa baja prestación y rellenar todos los campos.
Así que entiendo que por parte empresa 50% en pago delegado por la parte trabajada, y por mutua 50% por parte sepe.
 

ELE

Miembro
fundación dijo:
¿Nadie ha tenido el caso?

Entiendo que he de mecanizar el parte INSS y luego....¿pagar la baja % de jornada reducida, y el resto lo cobra en desempleo?
Yo he tenido caso asi. Lo hice como dices. Parte mecanizado al INSS
Luego pagar % de it a cargo de la empresa por la parte trabajada y el % que esta suspendido se lo tendrá que pagar el desempeo o la mutua, que se lo rifen. ja ja
Y el trabajador que comunique la baja al sepe por si aca.
 

Saralaboral2

Miembro activo
Fundación,

a ver si te puedo ayudar, a ver si lo he entendido, porque yo he tenido. Creo que lo explique en otro post.

Trabajador 50% reducción de jornada y coge baja médica.

A- La parte trabajada, normal como siempre. Tu comunicas esa baja, lo anotas en programa de nómina y calculas
B- La parte en erte, tienes que saber si las contingencias comunes las asume la mutua o al INSS.
B1- Mutua, lo asume la mutua, se ha de tramitar un pago directo.
B2- INSS, no has de hacer nada, se supone que ambos organismos se coordinan

Igualmente, tanto un caso como en otro el trabajador ha de comunicar al SEPE su baja. En mi caso lo comunique por redsara y como conocía el email de mi oficina también pero no hicieron caso, cuando fue la trabajadora le dijeron que ellos no tenían constancia, suerte de los resguardos.

TGSS, solo comunique la baja médica no hice ningún cambio de inactividad ni nada.

PERIODOS DE ACTIVIDAD, por suerte tenía la versión mas antigua y superfacil de A3, así que no tuve problemas de contar días.




 

BLS

Nuevo miembro
Tal cual lo explican, está claro que mi neurona ya debe estar totalmente quemada y no explicó claramente.
Lo de cubrir el formulario de pre solicitud fue lo que me dijeron desde beres que debía hacer el trabajador para comunicar que estaba de baja de it.
 

fundación

Miembro conocido
Gracias. He hablado con la mutua y me confesan que es un despiporre el tema, un día les ha llamado el jefe de prestaciones provincial reconociendo el desorden que tienen aquí, y que en un futuro ya hablarán con los trabajadores que hayan estado en IT durante ERTE.
 

fundación

Miembro conocido
Saralaboral2 dijo:
Fundación,

a ver si te puedo ayudar, a ver si lo he entendido, porque yo he tenido. Creo que lo explique en otro post.

Trabajador 50% reducción de jornada y coge baja médica.

A- La parte trabajada, normal como siempre. Tu comunicas esa baja, lo anotas en programa de nómina y calculas
B- La parte en erte, tienes que saber si las contingencias comunes las asume la mutua o al INSS.
B1- Mutua, lo asume la mutua, se ha de tramitar un pago directo.
B2- INSS, no has de hacer nada, se supone que ambos organismos se coordinan

Igualmente, tanto un caso como en otro el trabajador ha de comunicar al SEPE su baja. En mi caso lo comunique por redsara y como conocía el email de mi oficina también pero no hicieron caso, cuando fue la trabajadora le dijeron que ellos no tenían constancia, suerte de los resguardos.

TGSS, solo comunique la baja médica no hice ningún cambio de inactividad ni nada.

PERIODOS DE ACTIVIDAD, por suerte tenía la versión mas antigua y superfacil de A3, así que no tuve problemas de contar días.

Bingo. Es como dices: la parte "trabajada" es baja tramitada y pago delegado de empresa; la parte ERTE, al ser un proceso asumido por la mutua, es PAGO DIRECTO que ha de tramitar el trabajador.
 

fundación

Miembro conocido
La mutua convalida esto: la tjdora. solicitó a la mutua el pago directo de su baja en la parte de ERTE, y parece que se lo conceden. Ha de presentar un documento acreditativo de presentación/ aprobación del ERTE y además un certificado de empresa en el que aparezca justificada esa reducción de jornada. En caso de suspensión se deduce que el pago es completo.
 
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