PRESTACION ORDINARIA (PARO) Y EXONERACIONES ERTE

Seni

Miembro
Tengo ERTES DE IMPEDIMENTO y varios casos de empleados dados de alta con posterioridad al 18/03/2020 que el SEPE le deniega la prestación extraordinaria. Si tienen las cotizaciones suficientes, pueden solicitar la prestación ordinaria de manera individual.

La TGSS me ha dicho que sino tiene derecho a ninguna prestación tengo que dar de baja con la clave 69.

Les pregunté por CASIA, ¿si el empleado tiene derecho a la prestación ordinaria, la empresa puede aplicarse la exoneraciones sin dar de baja al empleado con la clave69?
Aún no me han contestado
 

msalem

Miembro
hola
tengo un caso parecido a éste, tengo una empresa gimnasio y en Gran Canaria acabamos de pasar a nivel 3, por tanto gimnasios cerrados.
la empresa contrató a una empleada en el mes de Octubre, si planteo un erte de impedimento, entiendo que a esta trabajadora no la puedo incluir en el erte con cobro de prestaciones extraordinarias pero tiene derecho a la prestación ordinaria en caso de haber generado derecho a ella?

gracias compis
 
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