En una empresa hubo un cambio de propietarios de participaciones, desde hace un año el administrador solo posee el 24,8 de las participaciones, yo creo que desde el último cambio debería estar encuadrado en el régimen asimilado y no en autónomos
¿Como lo arreglaríais?
Al comunicar el cambio a la TGSS supongo que tendré que pagar las cotizaciones del régimen asimilado y con recargo (Como autónomo está cotizando por el mínimo y la nómina llegaría al tope máximo de cotización).
Si hay de nuevo un cambio en el porcentaje y pasa a tener 25% (compraría ese 0.2% que falta) si sería autónomo ¿Verdad?
¿Como lo arreglaríais?
Al comunicar el cambio a la TGSS supongo que tendré que pagar las cotizaciones del régimen asimilado y con recargo (Como autónomo está cotizando por el mínimo y la nómina llegaría al tope máximo de cotización).
Si hay de nuevo un cambio en el porcentaje y pasa a tener 25% (compraría ese 0.2% que falta) si sería autónomo ¿Verdad?