Modelo 190 duda subclave

Nana

Miembro conocido
Buenas tardes compañeros y feliz año!

Voy a ponerme al dia con el foro pero, si me vais ayudando, genial  ;D

Los importes exentos de los seguros medicos que se abonan en nomina, van a la clave L pero a qué subclave? A3 (entiendo que por defecto) me lo lleva a la clave 01 y eso es para gastos de viaje...  a ver si me podeis ayudar una miajita  ;)

Gracias desde el Muro de Hielo  ;D
 

toni

Miembro conocido
    01.
    Dietas y asignaciones para gastos de viaje exceptuadas de gravamen conforme a lo previsto en artículo 9 del Reglamento del Impuesto.

    02.
    Prestaciones públicas extraordinarias por actos de terrorismo y pensiones derivadas de medallas y condecoraciones concedidas por actos de terrorismo que estén exentas en virtud de lo establecido en la letra a) del artículo 7 de la Ley del Impuesto.

    03.
    Ayudas percibidas por los afectados por el virus de la inmunodeficiencia humana a que se refiere la letra b) del artículo 7 de la Ley del Impuesto.

    04.
    Pensiones por lesiones o mutilaciones sufridas con ocasión o como consecuencia de la Guerra Civil 1936/1939 que estén exentas en virtud de lo establecido en la letra c) del artículo 7 de la Ley del Impuesto.

    05.
    Indemnizaciones por despido o cese del trabajador que estén exentas en virtud de lo establecido en la letra e) del artículo 7 de la Ley del Impuesto y en el artículo 1 del Reglamento.

    06.
    Prestaciones por incapacidad permanente absoluta o gran invalidez que estén exentas conforme a lo establecido en la letra f) del artículo 7 de la Ley del Impuesto.

    07.
    Pensiones por inutilidad o incapacidad permanente del régimen de clases pasivas a que se refiere la letra g) del artículo 7 de la Ley del Impuesto.

    08.
    Prestaciones, pensiones y haberes pasivos que estén exentos en virtud de lo establecido en la letra h) del artículo 7 de la Ley del Impuesto.

    09.
    Prestaciones económicas de instituciones públicas con motivo del acogimiento de personas con discapacidad , mayores de 65 años o menores y ayudas económicas otorgadas a personas con discapacidad o mayores de 65 años para financiar su estancia en residencias o centros de día, que estén exentas en virtud de lo establecido en la letra i) del artículo 7 de la Ley del Impuesto.

    10.
    Becas que estén exentas en virtud de lo establecido en la letra j) del artículo 7 de la Ley del Impuesto y en el artículo 2 del Reglamento.

    11.
    Premios literarios, artísticos o científicos, así como los premios 'Príncipe de Asturias', que estén exentos en virtud de lo establecido en la letra l) del artículo 7 de la Ley del Impuesto y en el artículo 3 del Reglamento.

    12.
    Ayudas económicas a los deportistas de alto nivel que estén exentas en virtud de lo establecido en la letra m) del artículo 7 de la Ley del Impuesto y en el artículo 4 del Reglamento.

    13.
    Prestaciones por desempleo abonadas en la modalidad de pago único que estén exentas en virtud de lo establecido en la letra n) del artículo 7 de la Ley del Impuesto.

    14.
    Gratificaciones extraordinarias satisfechas por el Estado español por la participación en misiones internacionales de paz o humanitarias que estén exentas en virtud de lo establecido en la letra o) del artículo 7 de la Ley del Impuesto y en el artículo 5 del Reglamento.

    15.
    Rendimientos del trabajo percibidos por trabajos realizados en el extranjero que estén exentos en virtud de lo establecido en la letra p) del artículo 7 de la Ley del Impuesto y en el artículo 6 del Reglamento.

    16.
    Prestaciones por entierro o sepelio que estén exentas en virtud de lo establecido en la letra r) del artículo 7 de la Ley del Impuesto.

    17.
    Ayudas a favor de las personas que hayan desarrollado la hepatitis C como consecuencia de haber recibido tratamiento en el ámbito del sistema sanitario público, que estén exentas en virtud de lo establecido en la letra s) del artículo 7 de la Ley del Impuesto.

    18.
    Prestaciones en forma de renta obtenidas por las personas con discapacidad correspondientes a aportaciones a sistemas de previsión social constituidos en favor de las mismas, que esten exentas en virtud de lo establecido en la letra w) del artículo 7 de la Ley del Impuesto.

    19.
    Prestaciones económicas públicas vinculadas al servicio para cuidados en el entorno familiar y de asistencia personalizada que se derivan de la ley de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia, que esten exentas en virtud de lo establecido en la letra x) del artículo 7 de la Ley del Impuesto.

    20.
    Prestaciones y ayudas familiares públicas vinculadas al nacimiento, adopción, acogimiento o cuidado de hijos menores, que estén exentas en virtud de lo establecido en la letra z) del artículo 7 de la Ley de Impuesto.

    21.
    Otras rentas exentas. Se incluirán en esta subclave las rentas exentas del Impuesto sobre la renta de las Personas Físicas que debiendo relacionarse en el modelo 190, sean distintas de las especificamente señaladas en las subclaves anteriores.



 

fundación

Miembro conocido
Resolución Vinculante de D.G. de Tributos, V1792-11 de 11 de Julio de 2011.

PLANTEAMIENTO.

Una sociedad abona en concepto de seguro por por enfermedad a una entidad aseguradora una cuota anual por trabajador inferior a 500€. ¿Está obligada la sociedad a incluir la cuota anual en el modelo 190?

RESPUESTA.

....  A su vez, en las instrucciones para la cumplimentación del citado modelo (contenidas en el Anexo II de la Orden antes mencionada) existe una clave específica (la L) para incluir las "rentas exentas y dietas exceptuadas de gravamen", clave que, a su vez, se divide en varias subclaves en las que se recogen los diferentes supuestos de exención, siendo la última (la 21) una subclave residual para "Otras rentas exentas", en la que se especifica que "se incluirán en esta subclave las rentas exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas que, debiendo relacionarse en el modelo 190, sean distintas de las específicamente señaladas en las subclaves anteriores".
 

Santiago

Miembro conocido
Disculpad, ¿seguro que es la clave L 21?
He encontrado una nota informativa de la AET que hace pensar que sería la L 28
Está en este link
https://www.agenciatributaria.es/static_files/Sede/Disenyo_registro/DR_100_199/archivos_17/DR190_2017.pdf

Clave L – Modelo 190. Rentas exentas y dietas exceptuadas de gravamen

Subclave 01. Gastos de viajes
Subclave 02. Víctima de terrorismo
Subclave 03. Enfermo de SIDA
Subclave 04. Lesiones de la Guerra Civil Española
Subclave 05. Por despido
Subclave 06. Invalidez permanente
Subclave 07. Incapacidad
Subclave 08. Otras pensiones
Subclave 09. Ayudas a la dependencia a no familiares
Subclave 10. Ciertas becas
Subclave 11. Premios
Subclave 12. Becas deportivas
Subclave 13. Ciertas prestaciones del paro
Subclave 14. Misiones de paz
Subclave 15. Ciertos trabajos al estrangero
Subclave 16. Gastos por entierro o sepultura
Subclave 17. Enfermos de Hepatitis C
Subclave 18. Ciertas discapacidades
Subclave 19. Ayudas a la dependencia a familiares
Subclave 20. Prestaciones por adopción
Subclave 21: Rendimientos del trabajo del titular de un patrimonio protegido.
Subclave 22: Prestaciones económicas que la Comunidades Autonómicas establece como renta mínima de inserción,
Subclave 23: Para informar las ayudas asignadas a ciertas víctimas de delitos violentos,
Subclave 24: Se consignaran ciertas rentas en especie exentas de retención y procedentes del rendimiento del trabajo
Subclave 25: Se consignarán los valores de la antigua “21”, valores de rentas exentas que no se pueden incluir en ninguna de las anteriores 24 subclaves. Es decir, otros.
Subclave 26: Se consignarán otros rendimientos del trabajo en especie exentos.
Subclave 27: Prestaciones públicas por maternidad o paternidad exentas del IRPF
Subclave 28: Otras rentas exentas no incluidas en ninguna de las otras subclaves
 

toni

Miembro conocido
Pues estas mas actualizado que yo... ::) Aunque yo lo que colgado esta sacado de hacienda...

https://www6.aeat.es/static_files/common/dep/aplicaciones/scgi/plantillas/giwta14a.htm

Aunque como digo será mas antiguo.
 

Santiago

Miembro conocido
Pues parece que tampoco es la 28!
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-17342

Artículo tercero. Modificación de la Orden EHA/3127/2009, de 10 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 190 para la declaración del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas sobre rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta y se modifican las condiciones para la presentación por vía telemática de los modelos 111 y 117 por los obligados tributarios que tengan la consideración de grandes empresas, así como la hoja interior de relación de socios, herederos, comuneros o partícipes del modelo 184 y los diseños lógicos de los modelos 184 y 193.
Se introducen las siguientes modificaciones en la Orden EHA/3127/2009, de 10 de noviembre:

Se modifica el contenido del campo «SUBCLAVE», correspondiente a las posiciones 79-80, del tipo de registro 2 (registro de perceptor), del Anexo II «Diseños físicos y lógicos a los que deben ajustarse los soportes directamente legibles por ordenador del Modelo 190 y los ficheros que contengan la información que debe incluirse en dicho modelo», dando una nueva redacción a las subclaves 22 y 28, y se introducen dos nuevas claves, 29 y 30 dentro de las subclaves a utilizar en las percepciones correspondientes a la clave L, en los siguientes términos:

«22 Ayudas establecidas por Comunidades Autónomas o por entidades locales para atender, con arreglo a su normativa, a colectivos en riesgo de exclusión social, situaciones de emergencia social, necesidades habitacionales de personas sin recursos o necesidades de alimentación, escolarización y demás necesidades básicas de menores o personas con discapacidad cuando ellos y las personas a su cargo, carezcan de medios económicos suficientes, que estén exentas en virtud de lo establecido en el primer párrafo de la letra y) del artículo 7 de la Ley del Impuesto, sin incluir en esta subclave las prestaciones económicas establecidas por las Comunidades Autónomas en concepto de renta mínima de inserción que deban consignarse en la subclave 28.»

«28 Prestaciones económicas establecidas por las Comunidades Autónomas en concepto de renta mínima de inserción para garantizar recursos económicos de subsistencia a las personas que carezcan de ellos y que estén exentas en virtud de lo establecido en el primer párrafo de la letra y) del artículo 7 de la Ley del Impuesto, sin incluir en esta subclave el resto de ayudas exentas establecidas en este primer párrafo de la letra y) que deban consignarse en la subclave 22 anterior.»

«29 Prestación económica de la Seguridad Social correspondiente al ingreso mínimo vital.»

«30 Otras rentas exentas. Se incluirán en esta subclave las rentas exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas que, debiendo relacionarse en el modelo 190, sean distintas de las específicamente señaladas en las subclaves anteriores.»
 

toni

Miembro conocido
Ya esta claro... Si lo buscáis directamente en el 190, en las subclaves de la L llega hasta la 30 que seria en el caso de NANA la correcta...
Perdón por mi post, esta desactualizado... :-[
 

Nana

Miembro conocido
Hola!!

Sí, llegó ayer una actualización de A3 y bicheando vi que habían cambiado las subclaves.

No me habéis dejado ni comentarlo por aquí, sois muy rapidos

Sois unos soletes

Gracias
 
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