Comunicado TGSS. Empleados de hogar cotización inferior SMI

pajarillo

Miembro conocido
http://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/HerramientasWeb/7b3b3a71-6021-40a4-99e6-a08ea48acb22


Lo que nunca me ha quedado claro es el tema del criterio que sigue en la actualidad TGSS en cuanto al SMI de los empleados de hogar por horas. ¿Es siempre 7.43 €?, ¿en qué casos se acepta?. Lo digo porque a mí hace un tiempo cuando daba de alta una empleada de hogar por horas, el sistema no me dejaba informar menos de 7.43 €/hora. Sin embargo, en otras ocasiones me dejaba indicar 6,93 €/hora .

Entiendo que la distinción entre SMI 7.43 € y 6,93 € viene determinada por el nº de días al año que trabaje la empleada de hogar.

RD SMI 2020 https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2020-1652&p=20200205&tn=1#a4
 

NOEMI

Miembro conocido
buenas!!
yo hace tiempo que lo hago así, en mi administración me dijeron que ese es el criterio:
horas semanales: por ejemplo: 20 horas semanales:

20 horas semanales  x 52 semanas que tiene el año= 1040 horas anuales
1040 horas x 7.43 euros/hora= 7727.20 euros anuales
7727.20 /12 meses = 643.93 euros a pagar y a declarar en la seguridad social-
 

Ferinho

Miembro activo
Se confirma el absurdo a la maxima expresion:

Empleada hogar a tiempo completo  1108,33 €
Empleada de hogar a 39 horas a la semana  39x4 semanas= 156 x 7.43€= 1159,08 (asi es como hacen en la TGSS de mi provincia)

¿what the fuck?



Un trabajador por cuenta ajena a media jornada 50%  1108,33 SMI al 50%= 554,16 €
Empleada a tiempo parcial a media jornada 80 horas x 7,43 € = 594,40€
 

Ferinho

Miembro activo
pajarillo dijo:
http://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/HerramientasWeb/7b3b3a71-6021-40a4-99e6-a08ea48acb22


Lo que nunca me ha quedado claro es el tema del criterio que sigue en la actualidad TGSS en cuanto al SMI de los empleados de hogar por horas. ¿Es siempre 7.43 €?, ¿en qué casos se acepta?. Lo digo porque a mí hace un tiempo cuando daba de alta una empleada de hogar por horas, el sistema no me dejaba informar menos de 7.43 €/hora. Sin embargo, en otras ocasiones me dejaba indicar 6,93 €/hora .

Entiendo que la distinción entre SMI 7.43 € y 6,93 € viene determinada por el nº de días al año que trabaje la empleada de hogar.

RD SMI 2020 https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2020-1652&p=20200205&tn=1#a4

La TGSS siempre toma el criterio de los 7,43€ si la empleada de hogar es a tiempo parcial. Lo de los 120 días, que en mi opinión es lo que debería diferenciar el SMI en parte proporcional o los 7,43 €, no lo aplican. 
 

NOEMI

Miembro conocido
a mi me dijeron que sale todavía peor que hay que coger las semanas anuales ( hay meses de 3 semanas) es decir no hacerlo por 4 al mes sino por 52 al año

media jornada:
20 horas x 52 semanas x 7.43 euros 7hora= 7727.20 anuales entre 12 meses 643. a declarar al mes
 

Ferinho

Miembro activo
NOEMI dijo:
a mi me dijeron que sale todavía peor que hay que coger las semanas anuales ( hay meses de 3 semanas) es decir no hacerlo por 4 al mes sino por 52 al año

media jornada:
20 horas x 52 semanas x 7.43 euros 7hora= 7727.20 anuales entre 12 meses 643. a declarar al mes

Pues menudo despropósito todo....consecuencia? aluvión de clientes diciendo que van a bajarle las horas a las empleadas de hogar aunque el trabajo efectivo sea el mismo
 

msalem

Miembro
y yo pregunto, uds que van a hacer al respecto, para los que como yo veníamos utilizando la proporción de SMI según parcialidad, poner nuevos salarios a fecha actual y rezar para que no regularicen??
 

PEDRO

Miembro conocido
En otro tema abierto hemos tratado de este tema. yo hice la consulta por CASIA y me remitieron a la administración. Llamé a la administración y me dijeron que ellos ni 120 ni nada, ellos toman las horas al mes por 7,43. Cuando me dijo esto le comenté que entonces iba a un mes dar de baja a la trabajadora pues si en las 7,73 va incluida la PP de vacaciones y el titular del hogar toma él o le da vacaciones a la empleada porque va cotizar por 12 meses, en todo caso cotizaré por 11 pues las vacaciones ya van incluidas.
 

Nikki_sp

Miembro conocido
yo hace unos meses tuve una discusión con un cliente por que según el, el precio hora se calculaba 950x14/12 = 1.108,33 euros mes / 4,3 semanas por 40 horas semana = 6,40

LA tuve que remitir al foro para decirle que el precio hora para tgss a tiempo parcial era 7,43 y a tiempo completo 950x14

 

CC2019

Miembro activo
No tiene sentido.

Si yo tengo a una empleada de hogar a tiempo parcial con carácter indefinido, ¿qué sentido tiene hacer el cálculo según precio hora?

Es que por esa regla de tres, si disfruta vacaciones, se estarían re-pagando.

Ídem con las pagas.
 

FERNANDO

Miembro conocido
La seguridad social no tiene razón. El mismo RD que regula las relaciones de las empleadas de hogar dice que se paga en proporción cuando no se hace la jornada completa. De eso estoy seguriísimo.
 

fundación

Miembro conocido
Como curiosidad, en el convenio de residencias con el SMI, que cobrarían las categorías más bajas, entre la jornada de convenio de 1792 horas saldrían 7,42. Sale 7,43 si se divide entre 1790.
 

Cachilipox

Miembro conocido
Nikki_sp dijo:
yo hace unos meses tuve una discusión con un cliente por que según el, el precio hora se calculaba 950x14/12 = 1.108,33 euros mes / 4,3 semanas por 40 horas semana = 6,40

LA tuve que remitir al foro para decirle que el precio hora para tgss a tiempo parcial era 7,43 y a tiempo completo 950x14

Es que ese no es el problema. Una cosa es la remuneración, y otra, conexa pero no idéntica, la cotización.
El cliente podría remunerar a 6,40 hora efectiva trabajada, y además, pagar vacaciones. Eso sería legal.
Pero de cara a la cotización, la TGSS interpreta la norma según su criterio (y tiene cierta base), y sale lo que sale, mínimo 7,43.

Discordancias de este tipo, entre remuneración efectiva y base de cotización superior, se puede dar, por ejemplo, en caso de un contrato en prácticas para un titulado superior, grupo 1 de cotización. Es posible que por convenio pueda tener un salario real significativamente inferior al mínimo del grupo 1. Por ejemplo, salario primer año en prácticas 1.200 €, base de cotización CC 1.466 €.
 

CC2019

Miembro activo
Cachilipox dijo:
Nikki_sp dijo:
yo hace unos meses tuve una discusión con un cliente por que según el, el precio hora se calculaba 950x14/12 = 1.108,33 euros mes / 4,3 semanas por 40 horas semana = 6,40

LA tuve que remitir al foro para decirle que el precio hora para tgss a tiempo parcial era 7,43 y a tiempo completo 950x14

Es que ese no es el problema. Una cosa es la remuneración, y otra, conexa pero no idéntica, la cotización.
El cliente podría remunerar a 6,40 hora efectiva trabajada, y además, pagar vacaciones. Eso sería legal.
Pero de cara a la cotización, la TGSS interpreta la norma según su criterio (y tiene cierta base), y sale lo que sale, mínimo 7,43.

Discordancias de este tipo, entre remuneración efectiva y base de cotización superior, se puede dar, por ejemplo, en caso de un contrato en prácticas para un titulado superior, grupo 1 de cotización. Es posible que por convenio pueda tener un salario real significativamente inferior al mínimo del grupo 1. Por ejemplo, salario primer año en prácticas 1.200 €, base de cotización CC 1.466 €.

Nadie duda que en éste régimen no se cotiza por salario real, sino por tramos.

Pero de ahí a que indiscriminadamente haya que aplicar el salario de 7,43 hora... hay un mundo.

Yo personalmente opino que la SS no tiene base para hacerlo, entre otras cosas porque se estarían re-cotizando pagas y vacaciones.

 

Ferinho

Miembro activo
Cachilipox dijo:
Nikki_sp dijo:
yo hace unos meses tuve una discusión con un cliente por que según el, el precio hora se calculaba 950x14/12 = 1.108,33 euros mes / 4,3 semanas por 40 horas semana = 6,40

LA tuve que remitir al foro para decirle que el precio hora para tgss a tiempo parcial era 7,43 y a tiempo completo 950x14

Es que ese no es el problema. Una cosa es la remuneración, y otra, conexa pero no idéntica, la cotización.
El cliente podría remunerar a 6,40 hora efectiva trabajada, y además, pagar vacaciones. Eso sería legal.
Pero de cara a la cotización, la TGSS interpreta la norma según su criterio (y tiene cierta base), y sale lo que sale, mínimo 7,43.

Discordancias de este tipo, entre remuneración efectiva y base de cotización superior, se puede dar, por ejemplo, en caso de un contrato en prácticas para un titulado superior, grupo 1 de cotización. Es posible que por convenio pueda tener un salario real significativamente inferior al mínimo del grupo 1. Por ejemplo, salario primer año en prácticas 1.200 €, base de cotización CC 1.466 €.

Coincido, y además desde la TGSS se me trasladó la misma opinión, que esto a efectos de cotización, que elos no se van a meter si el salario se calcular propocionalmente al SMI. Otra cosa es si puede haber problemas  con la ITSS
 

FERNANDO

Miembro conocido
No estoy de acuerdo: el salario y la cotización van de la mano (por mucho que haya tramos). El mismo RD 1620/2011 dice que las trabajadoras del hogar que no lleguen a las 40 horas cobrarán el SMI a prorrata.

El tema de las 7,43 euros hora se refiere al salario,  no a la cotización. Lo de la cotización se lo saca de la manga la TGSS.

Si fuera como decías, nos encontraríamos con el absurdo de que una EH que trabaje 38 horas, cobre más que una que trabaja 40.
 

Ferinho

Miembro activo
Pues sí, es un absurdo total.

Os habéis fijado que si vais a hacer un cambio en SISTEMA RED variación de salario, hay una nueva opción que te deja elegir entre EXTERNO O NO EXTERNO. Creo que esta es la clave, y ahora me confunde más que te den esta opción
 

NOEMI

Miembro conocido
yo como no fío, hago a 7.43 pago y cotización, es verdad que me parece la leche, desde luego si yo fuera empleada de hogar preferiría trabajar 39 horas que 40 me van a pagar el doble.... pero así estamos con todo ...
 

msalem

Miembro
fgarciavarela dijo:
Pues sí, es un absurdo total.

Os habéis fijado que si vais a hacer un cambio en SISTEMA RED variación de salario, hay una nueva opción que te deja elegir entre EXTERNO O NO EXTERNO. Creo que esta es la clave, y ahora me confunde más que te den esta opción

y la variación la hacen a fecha actual o van a tirar para atrás?
 
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