Excedencia cuidado familiar

Nana

Miembro conocido
Hola amores

Mini duda (es personal) ;)

Un familiar va a pedir excedencia para cuidar a su nieta, tras el parto su hija tiene depresión post parto bastante gorda y es incapaz de cuidar a la niña, así que su madre va a solicitar una excedencia (realmente va a cuidar a su hija y la nieta, pero no sé si aceptarían lo del cuidado de la hija pues es mayor de edad, está trabajando aunque ahora de baja por maternidad...)

Total, entiendo que no habría problema en que se la concedieran, verdad? O se me escapa algo? Se van a cumplir los mínimos de convenio, como mínimo durará unos 6 meses... Si se alarga o acorta se avisará con antelación suficiente.

Y confirmar que durante el primer año se asimila la cotización a efectos de la jubilación, no??

Consideráis que debo poner lo básico o me explayó en la solicitud justificando la excedencia??

Pues muchas gracias!!

Besos
 

Sergei

Miembro conocido
Las excedencias no son mi especialidad precisamente, pero a mi entender no es excedencia por cuidado de familiar por el hecho de estar trabajando (aunque tenga el contrato en suspenso por la maternidad), yo lo veo más como voluntaria y no cotizaría para jubilación.
Pon en cuarentena lo que digo porque no me topo con muchas excedencias, la verdad. Algún crack de por aquí te podrá indicar mejor.
 

Nana

Miembro conocido
Gracias Sergei

la que está en situación de maternidad es la hija con depresión post parto, la que va a pedir la excedencia es la madre para cuidar a la hija y a la nieta (quizás me expliqué mal, LO SIENTO  :-[)

Me referia a que no sé si valdría, como causa para la excedencia, eso de cuidar a la hija, ya que esta excedencia es para el cuidado de familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que debido a su edad edad, accidente, enfermedad o discapacidad no pueda valerse por sí mismo. Se exige, además como condición, que este familiar no desempeñe una actividad retribuida. y es aquí donde tengo la duda, quizás esté hilando fino filipino  ;D

Pero vamos, gracias por la aportación  :)
 

Sergei

Miembro conocido
Sí, te entendí. Quizá me expliqué mal yo.
A eso iba, que como la hija tiene contrato, no cabe la excedencia por cuidado de familiar de la "abuela".
 

InmaRase

Miembro activo
Nana hola,
si hay algún informe médico que abale la enfermedad de su hija ( con depresión postparto) pues mejor, al final es para cuidado de familiar hasta segundo grado que necesite un cuidado médico,  como es este caso. Supongo que con algún informe médico tendría más peso.

El problema es esta coletilla que te dice Sergei, que no desempeñe actividad retribuida, y aunque de maternidad, ella tiene suspendido su contrato de trabajo,

Por el cuidado de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente, enfermedad o discapacidad no pueda valerse por sí mismo y no desempeñe actividad retribuida.

Así que puede que te pongan problemas para aceptarla y haya que ir por la excedencia voluntaria sin más ...
 

Marcos N

Miembro
Es que en este caso el sujeto causante (pobre chiquilla, qué nombre le hemos puesto) es la nieta; yo no veo mayor problema. Presenta el escrito sin mucha "literatura" que cuando haya que demostrar ya se demostrará; al fin y al cabo no es más que una excedencia. Primer año como cotizado: sí.
 

Sergei

Miembro conocido
Marcos N dijo:
Es que en este caso el sujeto causante (pobre chiquilla, qué nombre le hemos puesto) es la nieta; yo no veo mayor problema. Presenta el escrito sin mucha "literatura" que cuando haya que demostrar ya se demostrará; al fin y al cabo no es más que una excedencia. Primer año como cotizado: sí.
Cierto, yo lo enfocaba como cuidado de la hija y no lo es. Es cuidado de la nieta.
 

Nana

Miembro conocido
Gracias amores

sí, lo iba a enfocar sobre la nieta, pero como también va a cuidar a la hija, pues no sabía si había conflicto de intereses

Voy a evitar las florituras y será a cara de perro simpático  ;)

Mil gracias a todos
 
Arriba