Accidente de Trabajo en erte parcial

JAVIER_R

Miembro activo
Trabajadora en erte parcial que sufre accidente de trabajo. Por favor, como se actúa en estos casos?  Muchas gracias
 

toni

Miembro conocido
5. IT - comunicación de las bajas médicas de los trabajadores incluidos en ERTE
¿Quién abona el periodo de baja medica y cómo se comunica por la empresa al SEPE?


El pago del periodo de baja médica
lo abona una MUTUA:
Se suspende el pago de la prestación tanto si el trabajador está en suspensión como si está en
reducción de jornada*
* Referido a la actividad real del trabajador, la prestación estará aprobada como suspensión en
todo caso.


El pago del periodo de baja médica
lo abona el INSS:
Se abona la prestación como pago delegado del INSS, si la IT se produce durante la jornada
suspendida. Si tiene jornada reducida*, se abonará según las horas que esté en desempleo

Una vez la persona trabajadora comunique la baja por enfermedad (también vale para
maternidad/paternidad), la empresa lo comunicará al SEPE, tanto si la baja comienza en periodo de
actividad como de inactividad del trabajador:
1. A través de los periodos de actividad (XML) al SEPE, utilizando un generador de ficheros XML que
vaya por códigos (no sirve el asistente simplificado de la web, que solo marca los días y horas de
inactividad).
2. Indicará, en el XML del mes en que ocurre la baja, con clave 04:
•  Todos los días desde el inicio de la IT hasta su final, si ocurre en el mismo mes. El resto de
días se cumplimentarán según corresponda de actividad o inactividad.
•  Todos los días del mes desde el inicio de la IT . No volverá a incluir al trabajador en el XML
hasta el alta médica, indicando entonces si pasa a actividad (código 03) o a inactividad (código
01).


















 

toni

Miembro conocido
6. IT - comunicación de las bajas médicas de los trabajadores incluidos en ERTE
¿Cómo comunica un trabajador en ERTE que está de baja médica al SEPE ?
Si la IT se ha iniciado durante un periodo de inactividad, el trabajador deberá comunicar la baja
de la prestación directamente al SEPE a través de los canales de comunicación habilitados, entre
otros el presencial -mediante cita en la oficina de Prestaciones- o por pre-solicitud,
preferentemente.
Esto puede aplicarse a casos de maternidad/paternidad, pasando la persona trabajadora a percibir la
prestación por nacimiento y cuidado de menor.

La mejor forma de comunicar la baja médica al SEPE, por parte del trabajador, es a través del envío
del formulario de pre-solicitud, que se encuentra en la sede del SEPE:

1) Entrar en https://sede.sepe.gob.es/portalSede/flows/inicio.

2) Seleccionar PERSONAS.

3) Entrar en Formulario para pre-solicitud individual de prestaciones por desempleo.

4) Seleccionar la opción formulario (vínculo en el texto informativo).

5)  Seleccionar la opción Baja Prestación  y cumplimentar todos los campos, indicando en
observaciones la causa de baja, fecha baja, entidad a cargo y si está en la empresa en reducción de
jornada o en suspensión.











































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Saralaboral2

Miembro activo
Parte trabajada
- Informar programa de nóminas
- enviar parte de baja
Parte suspendida
- el trabajador ha de informar la baja atraves de la presolicitud
- tramitar el pago directo a la mutua
- empresa informar con los periodos de actividad
 
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