CIERRE DE EMPRESA Y FOGASA

Juan Miguel

Nuevo miembro
Hola, cuando una empresa de menos de 25 trabajadores va a cerrar y procede a despedir a los trabajadores por causas economicas, tiene derecho al 40% del FOGASA?
 

Juan Miguel

Nuevo miembro
Bueno... vaya exito el obtenido por mi pregunta... me explico:  me refiero a que cuando la empresa tiene 5 o menos trabajadores, y se procede al cierre de la empresa, se podria despedir a los trabajadores por causas objetivas indemnizando con 20 dias x año, se podría solicitar el pago del 40% de la indemnizacion al FOGASA? aportando únicamente las cartas de despido y demás documentación, de igual manera que se haria si no hubiera cierre de la empresa y se despidiera a los mismos 5 trabajadores. Mi consulta es debida a que siempre, en este tipo de despido, he puesto la frase de "con la amortización de su puesto de trabajo se contribuye a la futura viabilidad de la empresa", en este caso no habría futura viabilidad, de hecho la empresa cierra, quiero saber si aún asi el FOGASA se hace cargo del 40%. Yo opino que si, otro caso sería si la empresa tuviera 6 o mas trabajadores y cerrara, en ese caso estaríamos hablando de un despido colectivo y tendriamos que irnos al Art. 51 ET. Como la empresa tiene 5 o menos trabajadores iriamos al Art. 52 ET y en este caso, en mi humilde opinión, la empresa podria obtener el 40% acreditando el pago etc. Alguien puede decirme algo sobre esto?
 

FERNANDO

Miembro conocido
No es que puedas, sino que pagarás a los trabajadores sólo aquello que no paga el FOGASA, yendo ellos a solicitar a dicho organismo el pago del 40%.
 
C

Carlos2

Guest
También puedes pagar tu todo y ser la empresa la que reclame el 40% con los límites del FOGASA a dicho organismo. En este caso es conveniente que pongas en la liquidación que el trabajador ha recibido la totalidad de la indemnización y que en consecuencia es la empresa la que procederá a la reclamación directa al FOGASA, estando conforme el trabajador.
 
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