No tener el periodo de carencia para IT

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flores1

Guest
Si un trabajador no tiene el período de carencia para tener derecho al subsidio de IT, ¿la empresa le tiene que pagar o sólo los porcentajes que se garantizan en convenio? Es decir, pasados los 15 días que se hace cargo la empresa, ¿tiene que pagarle la empresa al trabajador la parte que le tocaría pagar al INSS o sólo la diferencia entre el 60% ó el 75% y lo que garantiza el convenio? Gracias por vuestras respuestas.
 
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