REDUCCION JORNADA GUARDA LEGAL

monica

Nuevo miembro
¡HOLA!
CUANDO UNA TRABAJADORA SOLICITA REDUCCION DE JORNADA POR GUARDA LEGAL ¿CUANTAS VECES PUEDE SOLICITAR CAMBIO DE HORARIO DENTRO DEL HORARIO NORMAL DE LA EMPRESA?
ME EXPLICO UNA TRABAJADORA PIDE UN HORARIO EN INVIERNO, PERO LLEGAN VACACIONES DE NAVIDAD Y SOLICITA PARA DICIEMBRE Y ENERO OTRO HORARIO DIFERENTE, LLEGA EL VERANO Y PIDE OTRO DISTINTO. ASÍ LA EMPRESA QUE ES MUY PEQUEÑA ANDA  LOCA POR COMO PODER ORGANIZAR EL TRABAJO.
¿SIEMPRE ELIGE EL HORARIO LA EMPLEADA, O LA EMPRESA PUEDE EXIGIRLE QUE PIDA UN HORARIO FIJO?
MUCHAS GRACIAS CHIC@S.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
La respuesta a tu pregunta, Abril, "no está escrita en ningún libro" (en el sentido de norma jurídica).
En principio, el literal de la norma ya sabemos que establece que el empleado tendrá la potestad de elegir el horario dentro de su jornada normal de trabajo.
Luego eso puede ser matizable, y siempre a discreción del juez o tribunal, en la medida en que la empresa alegue un perjuicio grave y siempre que no se considere suficientemente justificada la elección del trabajador en el sentido ajustada a la adecuada atención del menor.
Es decir, en principio el trabajador elige, y si su elección queda dentro de su jornada habitual, poco se podrá hacer para impedirlo, salvo que se acredite un claro perjuicio y entonces ya será cuestión de ponderar todas las circunstancias e intereses, pero dando prevalencia, en caso de conflicto de intereses, al derecho del menor a tener una adecuada atención (en resumen, salvo elecciones que se evidencien como claramente arbitrarias e injustificadas y que causen un grave perjuicio a la empresa, la elección del trabajador se acabará imponiendo).

Dejando claro lo anterior, y no se si es el caso que comentas, hay empresas que tienen una distribución irregular de la jornada a lo largo del año, por ej. jornada intensiva en verano y con un horario que, en promedio, está por debajo del que corresponde a la jornada anual a tiempo completo (por ej. 7 horas/día cuando la jornada promedio en cómputo anual es de 8h./dia), días festivos adicionales (por ej, en Navidades y Semana Santa) compensándosde todo eso con una jornada algo superior el resto del año.
Con un esquema así, y aunque esa especial protección y preferencia en favor del trabajador a la hora de elegir su horario así como de modificarlo puede dar bastante juego para sacar provecho de ello, entiendo que todo tiene un límite y situaciones extremas como por ej. cambiar de jornada justo antes del inicio de la jornada intensiva de verano o de periodos especiales como Navidad (si existen festivos adicionales a los oficiales para los que realizan jornada irregular) para justo volver a la anterior cuando finalizan esos periodos especiales y hacerlo de forma sistemática, entiendo que no ha de ser de recibo. Y en todo caso, de aceptarlo, entiendo que cabría ajustar el salario a la jornada real realizada en computo anual (y si, por jugar con esos cambios, se acaba trabajando menos horas, habria que hacer un ajuste adicional en la retribución devengada, con lo que, de alguna manera, estamos eliminando uno de los incentivos para obrar así).

Si la cuestión no es el trabajar más o menos horas sino que, con las mismas horas, en ciertos periodos el horario le resulta más atractivo, entiendo que tampoco eso ha de ser necesariamente de recibo.

Pero ante situaciones así, como decia al inicio, no podremos responder con el argumento de que tal norma lo impide, no, no será tan fácil, ya que no hay un límite general y regulado en este sentido, será cuestion de decir que no, y, llegado el caso, ante un juez o tribunal tratar de evidenciar que se trata de un uso abusivo y arbitrario de un derecho. Y el uso de un derecho está protegido, pero no su abuso.  Cabe exigir a la empresa un cierto esfuerzo organizativo e, incluso, económico, pero no cabe exigirle que tal esfuerzo lo este haciendo permanentemente y por un mismo trabajador, sobretodo si éste no logra acreditar que existen realmente causas ligadas a la adecuada atención del menor que justifiquen y de forma tan contundente, esta dinámica de cambios de jornada.

En definitiva, habrá que pelearlo, entiendo que se puede, pero no será tan fácil como alegar un limite definido por una norma concreta.

Y tal vez pueda haber jurisprudencia, claro.

 

monica

Nuevo miembro
MUCHAS GRACIAS POR TU RESPUESTA NANDO_BCN
AGRADEZCO MUCHO TU AYUDA. Y TE FELICITO POR LO BIEN QUE EXPRESAS Y DETALLAS LOS CONCEPTOS.
 
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