Procedimiento para aplazar las cuotas de la SS

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Rubén

Guest
Hola a todos,

Como es notorio en estos momentos de crisis, muchas empresas no puede pagar los seguros sociales del mes. Mi pregunta con relación a la transmisión de datos por el Sistema Red es:

¿Puede explicar alguien si existe un procedimiento especial o no, sabiendo que en un mes determinado no existe liquidez y al mes siguiente no se pueden abonar los mismos?

¿Hay que remitirlos a mes vencido o hay que adelantarlos antes del último día?


Gracias.
 

Natalia

Nuevo miembro
tu tienes que enviar igualmente los datos, aunque no vayas a pagar, luego depende del mes en que lo pagues te aplicas el porcentaje de recargo correspondiente, 3, 5, 10, 15 o 20.
 
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Rubén

Guest
Natalia dijo:
tu tienes que enviar igualmente los datos, aunque no vayas a pagar, luego depende del mes en que lo pagues te aplicas el porcentaje de recargo correspondiente, 3, 5, 10, 15 o 20.

Muchas gracias por tu amabilidad.

Recibe un saludo.
 

aprendiz

Miembro
Natalia dijo:
luego depende del mes en que lo pagues te aplicas el porcentaje de recargo correspondiente, 3, 5, 10, 15 o 20.

No existe el recargo del 15 %. Supongo que a Natalia con las prisas por contestar se le fue la mano.

Los recargos progresivos son: 3, 5, 10 ó 20. En función del mes en que se abonen las cuotas.

También existe otra figura establecida en el art. 20 de la Ley General de la Seguridad Social, que permite, si es concedida la petición, que se paguen en plazos sucesivos las cuotas pendientes. En esta modalidad de aplazamiento no se pueden incluir ni las aportaciones de los trabajadores, ni las aportaciones por accidente de trabajo, las cuales hay que acreditar su ingreso para que la resolución por la que se concede el aplazamiento sea efectiva.

Saludos.
 
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