CALCULO DESPIDO IMPROCEDENTE FIJO DISCONTINUO

maraya

Nuevo miembro
Hola, soy nueva en el foro, soy Graduado Social pero he estado solo llevando contabilidades en los últimos tiempos y ahora estoy desfasada en el tema laboral, haber si me podéis echar una mano.
Tengo dudas en el cálculo de una indemnización por despido improcedente de un trabajador con contrato fijo discontinuo. Con respecto al computo de tiempo trabajado he cogido su vida laboral y he considerado como trabajados los días cotizados de alta en la empresa, así como los días de vacaciones, con lo cual habría una gran diferencia con los días que en su día le calcularon en la empresa para el cálculo de los días de indemnización.

Es esto correcto?. O se haría de otra forma?

Y la otra duda, para el cálculo de la base reguladora, como lo hago?, utilizo la base por contingencias profesionales del mes anterior del despido entre los días efectivamente trabajados ese mes, y esa sería la base? o bien, tengo que calcularla utilizando las bases de los 12 meses anteriores al despido??.

He visto que el trabajador traía un calculo hecho por un sindicato, y estos solo habían utilizado las bases de la campaña anterior (es un parque de atracciones que contrata por campañas), pero el ha trabajado 2 meses en la última campaña?? y esos días no los han utilizado, y esa campaña del año anterior que han utilizado solo tiene 10 meses???. Tengo un lío... haber si me podéis ayudar...gracias, un saludo
 

FERNANDO

Miembro conocido
Cuenta los salarios percibidos en el último mes. En cuanto a tiempo trabajado, se considera el tiemop efectivamente trabajador en todas las campañas.
 

maraya

Nuevo miembro
Muchas gracias por su respuesta Fernando.

Lo tendré en cuenta para el cálculo porque tendré que solicitar Reclamación por Diferencia de Cantidad, lo que ocurre es que la empresa cogió y le cálculo mal al trabajador el tiempo de servicios, le cálculo sólo de indemnización 160 días cuando le corresponden 244, por ahí esta claro.

Pero cogen y la BR diaria que utilizaron es la del año/campaña anterior, con lo cual la base con lo que le pagan es de 54 €, pero la que a mi me sale utilizando la del mes anterior al despido es de 45.

Entonces ahora me surge la duda, si al ser más beneficioso para mi cliente (el trabajador) esa base dejarla ya que ellos mismos la utilizarón en su día para el cálculo de la indemnización???? Alguna opinión al respecto, admito sugerencias.....
 
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