DIAS TRABAJADOS EN NOMINA

Nando_bcn

Miembro conocido
Raquel, sabes que te aprecio y me interesa tu opinión (en lo técnico y en lo personal), pero ... ¿de verdad te cansan estas polémicas o, por el contrario, quieres avivarlas aún más?

Porque vaya, yo no voy  a negar cierta tendencia a ser mosca cojonera (aunque en el fondo y guste o no, es un mecanismo para tratar de aumentar el rigor en algunas intervenciones) pero reducirlo a un problema exclusivamente mío creo que es bastante parcial e injusto (está claro que hagan lo que hagan o digan lo que digan hay ciertas personas que para muchos son intocables), Yo creo que sería bueno un poco más de objetividad.

Y es que, así en plan resumido (porque imagino que si no lo has seguido día a día probablemente requiere de mucho tiempo y humor leérselo todo ahora), imagina que existe un tema que de forma recurrente se debate en el foro y sobre el que tu tienes una opinión “A” (o simplemente es la que, por lo que sea, aplicas en tu empresa y no la cuestionas).

- Bien, pues en una de esas ocasiones, se vuelve a plantear el tema.
Tú intervienes y dices que “A”
Hay otra persona, también muy activa en el foro y que también opina que “A”. Tú piensas, “bien al menos en esto coincidimos”
Luego un tercero interviene y dice que lo correcto es “B”
Tu intercambias puntos de vista con este último, tu insistes en que “A” y el otro que “B”. Bien, en todo caso crees que es un debate enriquecedor, ves que el otro punto de vista puede tener su defensa, lo reconoces, pero te quedas con “A”.
Aquel que iniciamente también coincidió contigo diciendo “A” no dice nada más

- El caso es que a los pocos días se plantea el mismo tema y resulta que en este caso aquel que coincidía contigo, afirmando que era A”” ahora dice que “B”. Bien, le haces notar que ha cambiado de criterio, pero no le das más vueltas, son cosas que pasan y puede ser una buena señal ser receptivo a otros criterios, incluso llegando a cambiar el tuyo (aunque se agradecería una explicación sobre ese cambio ya que en cada caso la respuesta fue muy rotunda, pero en sentido contrario)

- pero lo bueno es que en pocos días, se vuelve a plantear el mismo tema, tú sigues contestando que “A” aunque reconoces de entrada que no es un tema pacífico, que hay otros criterios, tambien defendibles, y, de hecho, explicas el “B”
Pero el caso es que aquel que inicialmente opinaba como tú, que “A” y que luego, sin mas explicaciones se pasó a “B” ahora dice que “C”, y que además “eso es lo más correcto” y sin más matices ni explicaciones. Lo dice ÉL y punto (que para eso es ÉL).
Claro, eso ya te llama la atención (no se nos puede pedir que seamos infalibles, pero si ante una misma cuestión en pocas semanas damos 3 soluciones distintas yo creo que debemos advertir sobre ello ¿no?
Bien, pues advierto sobre esa contradicción, pido más matices sobre esa nueva solución, hago una serie de cálculos a partir de ejemplos para evidenciar las diferencias y la respuesta que recibo es que “mi gran fallo es que creo en verdades absolutas” (cuando justo yo ya he empezado afirmando que no es un tema pacífico, incluso explicando alguna opción distinta de la mía y cuando es el otro el que siempre se ha expresado en términos absolutos respecto a cada una de las distintas y contradictorias soluciones que en cada momento ha dado) “que tengo mucho tiempo “y que es lógico que tanta gente me tenga tirria”.

Bien, ¿tú que harías?
Seguro que algo distinto que yo, pero algo seguro que harías (bien, tal vez depende de quién se tratase, pero seguro que si yo incurriera en toda esa serie de contradicciones seguro que con mayor o menor sutilidad me harías reparar en ello, ¿o no?)

¿Es justo que cargues todas las tintas contra mi?

¿te molesta que se planteen este tipo de debates o lo que tal vez te molesta realmente es que haya quedado en evidencia alguien por el que sientes una gran complicidad?

Porque vale, yo he podido evidenciar una vez más que soy un poco “mosca cojonera” un pesado del copón,  puede no gustar mi estilo, pero también se ha evidenciado que aquí hay alguien que cada semana se presenta con una solución  distinta, expuesta siempre en términos absolutos (“lo más correcto es…”  y lejos de reflexionar o explicar tales contradicciones lo que hace es descalificar y encima utilizando descalificaciones que visto lo visto, a quien justo le aplicarían sería a él.

En fin, yo ya había dado por cerrado este asunto. Supongo que tu has preferido correr el riesgo de reabrirlo con tal de poder dar tu apoyo (porque reduciéndolo todo a un problema mío indirectamente estás apoyando al otro sobre cuya actitud creo que también merece algún comentario) a alguien del que queda claro, eres incondicional y a cualquier precio y en cualquier situación.

En fin…


 

Nando_bcn

Miembro conocido
Por cierto, al final, en tu respuesta a Loli no has explicado a qué precio pagarias los días de alta (¿dividirías entre 30? ¿entre 31 o 28 en febrero?, ¿considerarias el salario anual y lo dividirias "por los dias de trabajo"? ¿otra teoria distinta que apuntar en la lista?...)  ;)
 

Parole

Nuevo miembro
:eek: Madre de mi vida !!!!  Esto es una pesadilla !!!  Me voy de un foro porque habían demasiado broncas entre dos, y aterrizo en este que es más de lo mismo. Por aquel también estaba Nando (saludos).
Esto es un diálogo para besugos, y sin ánimo de ofender a nadie amigos, pero de verdad viendo este panorama se le quitan a una las ganas de asomarse a estos foros donde se pueden intercambiar opiniones y aprender, y no donde parece que se dan mamporros a diestro y siniestro en un alarde de a ver quien la tiene más grande....
¡Sois muuuuuuuuuuu cansinoooooosss, hijos mios !!!!  Como cada uno tiene una opinión distinta, dividirlo por lo que os dé la gana. Y claro que ha hecho mutis por el foro (y nunca mejor dicho) Loli, no me extraña para nada..
Yo no sé lo que haré, me lo pensaré tomandome unas cañitas.
Un abrazo a todos y espero pillaros en mejor disposición.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Pues si te resulta una pesadilla, Parole, simplemente obviala y listo.
Pero, aunque a alguno le cueste percibirse de ello (tal vez no lo estoy poniendo fácil) es que justo lo que me procupa es el rigor y por supuesto Loli, que es la que ha planteado la duda.

Y es que ponte en el lugar de Loli. Ella expone una cuestión

- Yo le digo que "A" (con todos los matices ya comentados sobre la posibilidad de otras opciones) y que resulta que no coincide con el criterio que ella planteaba (le pagaba un día menos)
- Luego aparece otro y le dice que "C". Obviamente esto ya le debe producir un cierto desasosiego (ya le han dado dos respuestas distintas y ambas difieren de lo que ella pensaba)
- pero resulta que quien ahora le dice que "C", unos días antes decía que "B"
- y unos dias antes justo lo que yo sigo manteniendo, es decir "A"

Yo creo que para el bien de Loli y del foro en general (porque además se trata de una persona con bastante ascencencia y por méritos propios, las cosas como son, y si está en lo cierto, perfecto, pero sino, puede generar una confusión importante en muchos) conviene incidir en esa contradicción, esperar que su protagonista la explique, además de responder a los matices que le planteo sobre esa última solución que propone (y como "la más correcta).

¿crées que le haría un favor a Loli obviando todo esto? (vaya, que ahora estaría calculando el salario anual, dividiéndolo entre los "dias trabajo", no sé muy bien bajo que criterio, etc.).

Y lo peor es que Loli (bueno, y el resto) aún sigue esperando esa explicacíón. Imagino que ya no le recibirá porque si a estas alturas no la ha dado es porque sencillamente no al hay. En lugar de eso se ha limitado a expresar su resentimiento, reafirmar su prepotencia y desprecio por la opinión del que le contradice y la descalificación gratuita y desafortunada (sí, eso de que "mi gran fallo es creer que hay verdades absolutas" y que justo me lo diga él queda claro que me ha llegado al alma, je,je)

En fin, ese creo que es mi pecado, el pensar en el rigor, en el interés de Loli y del foro en general. Para otros está claro que pesan más otras cosas.
Vale, y entiendo que a más de uno mi estilo no les guste, pero veo que al mismo tiempo son muy condescendientes ya no con la (al menos aparente) falta de rigor de alguno (que eso sería perdonable, que aqui nadie es infalible) sino con la prepotencia, que entiendo es evidente, y falta da capacidad para la crítica.

En fin, allá cada uno y su capacidad para ser objetivos.


Saluditos
 

Raquel GR

Miembro activo
Loli: entre 30 y por 26

Mira, si tiene retribución mensual los meses son de 30 siempre, es decir nunca le vas a pagar ni 31 ni 28 días, siempre 30, salvo el mes que entra o "sale", pues no tenemos el mes completo (salario al que hará referencia el convenio ... a 30 días) por lo que tienes que dividir el salario entre 30 y multiplicarlo por los dias efectivos de trabajo y ya está.

No es que no cuente el día 31 de trabajo, sino que siempre se le paga o retribuye por 30, si una persona entra a trabajar solo un día del mes y da la casualidad que es el 31 y tiene retribución mensual ¿como le pagas?, pues eso, el salario entre 30 y eso es lo que le toca, un día, pues eso, no va a dejar de cobrar el 31 trabajado, otra cosa es que en su retribución mensual de todo el mes, ya incluyan los meses de 31.

Si un trabajador con retribución mensual no va a trabajar un día y es el 31, se lo descuentas??? pues lo mismo, también se paga y va incluido en la retribución mensual que se divide entre 30.

Saludos

 

Nando_bcn

Miembro conocido
Pues coincidimos Raquel, te guste o no, estamos de acuerdo con el criterio a aplicar. Solo hay un matiz, el que tu lo ves  como un criterio absoluto y yo lo veo como un criterio correcto y que es justo el que aplico, pero sé que hay otros,  no todos me parecen válidos, pero alguno (como el de dividir entrre 31, 28...) en alguna ocasión  los he visto muy bien argumentados, ademas de estar, te lo creas o no, muy extendidos (pero ya sabes, aquí el que tiene "el gan fallo de creer en verdades absolutas soy yo  ;))

Pero supongo que no te extrañaría que si de aqui una semana, ante la misma pregunta, y tras intervenir yo diciendo justo lo  mismo que ahora tu has explicado como criterio válido, salieras diciendo que hay que "dejarse de redondeos entre 30 y dividir entre 28 o 31" algo me sorprendiera, pero si además, pocos días más tarde y ante la misma cuestion y al volver yo a repetir la solucion que siempre doy pero esta vez comentado tambien como criterio el que tu expresaste en la ultima ocasion que se planteó el tema, aunque ya fuera distinto al que habias explicado como válido pocos días antes me sales con que "lo mas correcto es considerar el salario anual y dividirlo por los días que se tiene que trabajar" yo te hiciera alguna observacion al respecto, ¿no?

De lo que estoy convencido es que con lo que no me contestarias es que "hay que pensar" (claro, yo no lo hago), que el derecho es cambiante (ya lo veo, cada semana sobre una misma cuestion), que "mi gran fallo es creer que hay verdades absolutas" (claro, por eso soy yo el que suele utilizar expresiones tipo "lo mas correcto..." "te equivocas", etc.), que tengo mucho tiempo (y me lo dice el lider en intervenciones) y que "me tienen tanta tirria" (ya veo que al menos él si me la tiene, pero por decirle la verdad y el no saber encajarla)..

¿O si fuera al reves, que fuera yo el que cayera en esa sucesion de criterios contradictorios y en pocas semanas, y tu fueras consciente de ello? dime la verdad ¿tú que harias?
¿no dirias nada?
¿pondrias la otra mejilla si te hacen ese tipo de comentarios?
claro, seguro que si
Viva la objetividad!!

Venga un saludito
 

FERNANDO

Miembro conocido
Mirad, me parece un absurdo discutir por una chorrada como esta. Para mí lo correcto es lo siguiente.

El salario lo percibes en cómputo anual, ¿bien? Hay un calendario, ¿no? Bien. Pues entonces, haces lo siguiente.

25.000 euros cobra al año, con pagas prorrateadas. Lo dividimos entre (por ejemplo) 220 día laborales. 25.000/220 da 113,64 euros al día.

. Entonces, si en el mes en cuestión trabaja un día, pues le pagamos 113,64. Que trabaja dos, pues 227,28.

Lo correcto, es esto, a mi parecer.

No estoy de acuerdo con Raquel en mirar el cómputo mensual o diario. Eso es sólo para la cotización, pero no para los salarios.

Y, por cierto, si damos criterios erróneos a la gente, lo siento, pero aquí  nadie cobra nada. Sólo faltaría no poder equivocarse.

 

Clo

Nuevo miembro
Pues yo lo hago como Raquel,... Bueno, realmente yo lo controlo, pero no hago nada, porque así tal cual me lo hace el programa de nóminas, y a mí me parece bien.
Saludos!
 

fundación

Miembro conocido
FERNANDO dijo:
Mirad, me parece un absurdo discutir por una chorrada como esta. Para mí lo correcto es lo siguiente.

El salario lo percibes en cómputo anual, ¿bien? Hay un calendario, ¿no? Bien. Pues entonces, haces lo siguiente.

25.000 euros cobra al año, con pagas prorrateadas. Lo dividimos entre (por ejemplo) 220 día laborales. 25.000/220 da 113,64 euros al día.

. Entonces, si en el mes en cuestión trabaja un día, pues le pagamos 113,64. Que trabaja dos, pues 227,28.

Lo correcto, es esto, a mi parecer.

No estoy de acuerdo con Raquel en mirar el cómputo mensual o diario. Eso es sólo para la cotización, pero no para los salarios.

Y, por cierto, si damos criterios erróneos a la gente, lo siento, pero aquí  nadie cobra nada. Sólo faltaría no poder equivocarse.

O incluso dividirlo entre el nº de horas anuales y multiplicar por las horas pagadas ese mes en que se incorpora a la empresa, con cuidado con la parte de pagas extras y vacaciones.
 

Pedro G

Miembro
Pues no estoy de acuerdo con esa afirmación, por mucho que seas perico como un servidor, Fernando.

Ese día, según tu forma de calcularlo, cobraría más que no un día de trabajo normal. O sea, le pagas 25 días a razón de 25.000'00/360, lo que nos da un salario de 69,44 euros día, y luego le pagas el día "fantasma" a razón de 113,64 euros.

No me cuadran los números.
 

Raquel GR

Miembro activo
Pues yo lo tengo muy claro y, no estoy de acuerdo contigo Fernando, una persona que entra, no se sabe exactamente los días o no que va a trabajar en el año o si tiene un contrato de 6 meses (¿y si en esos meses pilla mas festivos?... pj), lo que está claro, es que tanto la cotización como los dias efectivos de trabajo en el mes que entra y sale van en función de los trabajados y si trabaja 26 le pago 26 y a razón de 30 al mes, divido entre 30 y punto pelota, también lo hago así para indemnizaciones en temporales y demás y es correctísimo.

Si esta chica le dice que le paga 25 porque entró el 6 y del 6 al 30 hay 25 (porque se supone que cobra en función de 30 dias y no cuenta el 31 para nada y al final no le paga el día que hace 26 de trabajo, que es el 31 del mes, pues al final le digo vale y TODOS los días 31 de cada mes que los tenga, NO VOY, porque como no cuenta y cobro por 30 y ya los he trabajado... pues arreando que es geruncio)

Entre 30 y por los días efectivos de trabajo.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Perdona Pedro G, me equivoque: 25.000/365= 68,49.

Pues Raquel, creo que es lo mas correcto; tu cobras aquello que trabajas. Ni mas ni menos. Y la mejor manera es como yo digo; mirar el precio dia -u hora- y multiplicarlo por los dias trabajados. Si en medio hay uno festivo, pues tambien se paga dicho dia festivo. Claro aqui miro que no hay plus convenio ni transporte, que se pagan por dia trabajado, para no liarlo mas. Que ya bastante lo esta, jiijijijijii...
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Por fiiiiinnn!
caramba!, ha costado, pero al final he logrado generar un verdadero debate sobre el fondo de la cuestion!

Y esto es si que resulta especilamente enriquecedor, conocer otros criterios, contrastarlos, ver en base a que se defienden, etc. y que a partir de eso cada uno saque sus conclusiones.

Yo nunca me voy a enfadar con nadie porque exponga un cirterio distinto al mio, lo que me puede molestar es la forma en que se hace (incluso aunque en el fondo su criterio pueda coincidir con el mio).

En fin, me gustaria creer que estas alturas nadie considera que he atacado o he tratado de dejar en evidencia a alguien por el entender que estaba equivocado (no, Fernando, no, no es cuestion de que no tengamos derecho a equivocarnos, y si te das cuenta, nunca te he acusado de eso).

En fin, que lamento que haya tenido que ser de esta manera y temo que mas de uno nunca me lo va a perdonar (o tardará mucho en hacerlo), si ha servido para que al fin afloren diferentes criterios y se argumenten, creo que ha valido la pena (que eso de que acaben con "lo que hay que hacer es esto" y punto final, creo que no es bueno (salvo que se trate de temas evidentes y qudeda claro que este no es el caso.

Yo ya no expongo de nuevo cual es mi criterio, lo he hecho varias veces ya en este mismo post y ha sido el mismo que he expuesto en anteriores ocasiones, ya veis que coincide con el criterio mayoritario , pero en lo que no coincido, ni con los que  defienden el mismo criterio que yo aplico o
con los de defienden cualquier otro, es en la afirmacion tipo "lo unico correcto es" "o lo mejor es...", porque si algo tengo claro es que de todos los criterios que conozco, esté mas o menos de acuerdo con cada uno de ellos, no hay ninguno que resuelva perfectamente esta situacion. Sea cual sea, siempre podrás encontrarle un punto débil, alguna incongruencia, y para darme cuenta de esto me ha ido muy bien participar o seguir este tipo de debates. Os aseguro que hace un tiempo yo tambien defendia el mio apasionadamente como el unico válido, me parecia una barbaridad cualquier otro y era contundente al expresar mi rechazo. Como véis, ya no lo hago, aunque alguno me consiere que tengo gran fallo de creer que hay conceptos absolutos. Al menos en esto, no creo que los haya, y lamento que pocos lo entiendan así.

Respecto al criterio que, como novedad, ha sugeriod en esta ocasión Fernando, no voy a descartarlo de forma absoluta ya de entrada, pero creo que, al menos en su planteamiento inicial, ademas de alguna incongruencia ya de entrada, estaba claro que necesitaba de más matices ()si explicas un criterio novedoso, creo que hay que matizarlo bien), y aunque luego ya se ha tratado de matizar alguna cosa, sigo sin ver claro el impacto en las pagas extras, en el sentido de que, si no matiza expresamente que en ese mes de alta no va a devengar pagas extras (otra peculiaridad) con  este tipo de cálculo se estarina pagando dos veces, ya que estan incluidas en el salario anual a partir del cual sugiere calcular el salario/dia del mes de alta, pero luego, si no se excluye expresamente, por esos dias tambien estara devengando las pagas extras (por lo que las cobraria dos veces). Si tiene claro que hay que exluirlas del devengo eso hay que dejarlo claro de entrada. Alguna cosita mas pero no me quiero extender ahora más sobre aspectos de fondo, simplemente reiterar mi alegria de que finalmente haya habido cierto debate sobre un tema que creo que se presta a ello (y aunque se ha planteado varias veces, no recuerdo que hubieran participado algunos de los mas habituales, salvo uno, pero que lo ha hecho con un criterio distinto en casa ocasion -vaaaaaaaaaaaaaaale, no vuelvo más con eso).
Lo que lamento es que haya sido a este precio. Pero aunque alguno lo considere "chorrada" o cosas peores (y que se haya intentado linchar al mensajero), creo que al final ha valido la pena.

Por cierto, y ya para acabar, vuelvo a plantear qué hubiera ocurrido si el que se hubiera presentado con una sucesion de criterios contradictorios sobre un mismo tema, y hubierais sido conscientes de ello, sin dar ninguna explicacion al respectgo y limitandose  en sus siguientes intervenciones a descalificar a quien simplemente ha puesto en evidencia eso, hubiera sido yo. Ahi lo dejo, pero tengo clara la respuesta.

Venga, y mi felicitacion por el debate
 

lolaM

Nuevo miembro
¡Como se nota que sois de letras!  ;) ,la teoría de Fernando es la más correcta , siempre y cuando el trabajador sea diario.
Para un trabajador mensual hay que hacer lo que dice el convenio, y
- ¿que dice el convenio?
- pues que un trabajador mensual debe tener un salario de tantos euros al mes.
- ¿Y que pasa si no trabaja todo el mes?
- ¿dice algo el convenio al respecto?
- NO
- Pues hay que pagarle la parte proporcional, recordar que hay una directiva europea que prohibe el redondeo.
Por tanto su salario mensual será la parte proporcional. Como ,en estos aspectos y otros, los convenios son de mínimos, habrá que ver si ,además, ese convenio fija horas anuales, porque ,de ser así, en el tiempo (horas) que trabaje durante ese año, el precio de la hora trabajada no podrá ser inferior al marcado por el convenio (salario anual/horas anuales).
De esta forma si trabajase un día en meses distintos cobraría lo mismo, no en la mensualidad, sino al finiquitarle el contrato.
 

Raquel GR

Miembro activo
jaja, te has quedado más ancha que pancha, diciéndolo todo, no has dicho nada, perfecto  8)

Soy de mixtas, "yo no soy marinero, yo no soy marinero soy un delfín, soy un delfín...."
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Bueno Raquel, aunque parece que apoya el criterio de Fernando (bueno el criterio más reciente, dentro de un amplio abanico, expuesto por Fernando en las últimas semanas, y que finalmente fue matizando o acabando de explicar) yo creo que Lola se explica bien. Explica un criterio distinto al mio pero lo explica y razona, a mi entender, bastante bien.

En cualquier caso ya he repetido hasta la saciedad que el problema no era el criterio en si mismo sino la forma y talante de exponerlo (sobretodo cuando uno se ba pasando de un bando al otro como por arte de birli-birloque, aunque no voy a insistir más con eso, que al final parece que el problema es mio, cuando mi delito es evidenciar las contradicciones de otro, en fin...).

Curiosamente yo aplico el mismo criterio que tú, es decir, considerar los dias de alta (los reales, sin quitar ni añadir ninguno y multiplicarlos por el resultado de dividir el salario mensual entre 30. Pero, como trataba de alertar, no está exento de contradicciones.  Y te pongo un ejemplo también en un mes de 31 días. Imagina un salario de 1.000 € mensuales.

Propones al trabajador que cause alta cuanto antes y éste te pregunta,
-"si entro a trabajar el dia 1 cuánto cobraré?"
y tu le contestas -"pues 1000"
- ¿y si entro el día 2?
y tu, sacas la calculadora ..., -"a ver... 1000/30*30= 1000... pues 1000"
- "vale, pues entro el 2"
Si hablamos de causar baja lo mismo, el trabajador cobrará lo mismo si elige causar baja el 30 que el 31.

Repito que es el criterio que sigo yo, pero como ves, salvo que tú le añadas más matices, tampoco está exento de incongruencias y debilidades.

Saludos
 

lolaM

Nuevo miembro
Raquel, lo único que no he explicitado es como se calcula la parte proporcional, pero es que creo que no hacía falta ;). Ya lo expuse en otro post de este foro, pero lo re-posteo:

1) Si un kilo de naranjas vale 1€ ¿cuanto valen 250 gr?
2) Si una docena de huevos vale 1,2€ ¿cuanto valen 5 huevos?
3) Si 31 días valen 1234,43€ ¿cuanto valen 26 días?

Creo que la solución es ,para mí, obvia en todos los casos. En el caso 3 ,además, debes tener en cuenta si el convenio fija la retribución anual y las horas anuales, porque no puede cobrar menos.
Me explico, si un convenio fija 22 días hábiles de vacaciones, el trabajador tiene derecho a 22 hábiles y no menos de 30 naturales.

 

Nando_bcn

Miembro conocido
Yo también soy de "letras mixtas" (¿o eran ciencias mixtas"?, caen ya tan lejos 3º de BUP y COU!!) y te entiendo, Lola, y tal como ya discutimos en la anterior ocasion, me parece muy razpnable tu criterio, pero me quedo con el mio. Todos tienen sus debilidades. Y el tuyo..., en fin, eso de que un mismlo dia de trabajo valga distinto en función del mes que se trate y solo por el hecho de no trabajarlo completo..., no sé, me echa un poco para atrás.

Pero tambien reconozco las debilidades del mío, esto es, que por ej. cobres lo mismo empezando a trabajar el 1 que empezando el 2 de marzo, o causando baja el 30 que el 31.

Yo creo que no hay una solución 100% inatacable. Lo qiue si hay son criterios que se sosntienen mejor que otros.

Ah!, y lo de considerar el salario anual y dividir entre 365 (al igual que considerar sólo los dias hábiles,tanto en  el mes en cuestión como a nivel anual y además de confirmar que conceptos incluimos) vuelvo a reparar en el mismo matiz, si en ese salario anual incluimos las pagas extras, luego, en el momento de calcular el importe de estas en  el momento de su pago, deberemos exlcuir ese mes de altas del periodo de devengo o de lo contratrio las estaremos pagando dos veces por ese mes (o simplemente no las incluimos en el salario anual considerado a estos efectos, como tampoco cualquier otro concpeto de devengo superiro al mes, salvo que tengamos en cuenta ese ajuste comentado en el devengo).

Veo que el tema puede dar de sí, je,je
 

Raquel GR

Miembro activo
lolaM dijo:
3) Si 31 días valen 1234,43€ ¿cuanto valen 26 días?

Creo que la solución es ,para mí, obvia en todos los casos. En el caso 3 ,además, debes tener en cuenta si el convenio fija la retribución anual y las horas anuales, porque no puede cobrar menos.


O sea, que si yo voy a trabajar un día de junio, y ese mismo día me dicen que no valgo que me extinguen por no superar el periodo de prueba, a mi me pagan: 1234,43 entre 30 días..., es decir 41, 15€/día (revisalo que yo soy de mixtas)

Pero mi primo que trabajó un solo día también en marzo y le extinguieron igual que a mí, resulta que le pagan.... 1234,43 entre 31 días, o sea: 39,82€/día

Bueno, y todo ello si es que el convenio no da en cómputo anual (que así lo exprese) otra cuantía superior a la que le paguen a mi primo por día, que ya te digo yo que si dice una cantidad, y la que tu calculas te sale inferior a la que te diga el convenio, compárala con la que coges diviendo entre 30 y verás como te da.


Un día de trabajo, es un día de trabajo y no puedes pagarlo ni más ni menos dependiendo de los días que tenga el mes, si trabajo 26 días me los van a pagar igual, en enero que en febrero, no hace falta ser de mixtas ni de puras para ser simplemente un poco lógico, eso mi tio el pintor también te lo sabe decir.

Saludos.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Raquel, que ya lo he dicho, que estoy contigo en que me cuesta aceptar que un dia de trabajo de julio valga menos que ese mismo dia de trabajo en junio y bastante menos que un dia de trabajo en febrero. Ahí estamos de acuerdo, y repito que yo aplico el mismo criterio que tu.

Pero de ahi a verlo como totalmente logico y exento de incongruencias, y aunque alguno me acusa de que "mi gran error es creer que hay verdades absolutas", tambien vuelvop a repetir que nuestro sistema tiene sus debilidades o incongruencias.

Tal vez no seguimos el mismo sistema o hay matices del que comentas que no he acabaod de entender, pero, por favor, contestame,

Imagina un salario de 1000 € mensuales (y, pongamos, 14000 anuales)

- ¿cuánto le pagas de nomina de marzo a uno que causa alta el 1 de marzo?
- ¿y si, con el mismo salario, causa alta el 2 de marzo?

- ¿y si es baja el 30 de marzo?
- ¿y si trabaja hasta el 31 de marzo?

Yo ya te contesto (y es que igual no doy mas de si), a todos lo mismo, 1.000. Pero no todos han  trabajado los mismos dias.

Como digo,igual tu sistema no es el mismo que el  mio. ya me ilustrarás, si es el caso.

Saludos
 
Arriba