DIAS TRABAJADOS EN NOMINA

FERNANDO

Miembro conocido
Una apreciacion: el que sea mensual o diario el trabajador NADA TIENE QUE VER (una cosa es la cotizacion y otra el pago del salario). Y sigue pareciendome una discursion un tanto absurda....
 

Nando_bcn

Miembro conocido
¿discusión absurda?
¿bajo qué parámetros, Fernando?

¿Porque entiendes, tal vez, que la solución es evidente y única (y es la tuya, claro)?

Porque ya ves que aquí cada uno dice la suya. Y hay casi tantos criterios como participantes, y creo que todos son buenos profesionales (que no estamos haciendo una encuesta sobre cómo calcular la nómina según los días trabajados en la puerta de un super).

¿o es tal vez porque crées que el tema, aunque se preste a discusión, no tiene mayor importancia?
Hombre, si es eso..., yo creo que sí es importante definir y poder defender un criterio por el que determinas cúanto le vas a pagar a un trabajador que ha causado alta o baja en un mes que no es de 30 días

Igual va por otra cosa, ya nos lo explicarás, supongo, pero vaya, para mi, y te aseguro que para muchos, el tema tiene su miga.
De lo que se trata es de ser capaces de concentrar el esfuerzo en la argumentación, más que en ataques personales y susceptibilidades (vale, ahí me pego una colleja yo mismo, pero es que yo respondo a estímulos, me cuesta evitarlo).
Y si para alguien el tema no tiene más improtancia o no tiene nada que aportar, pues no interviene y punto.

Saluditos
 

fundación

Miembro conocido
Vamos a ver....

Por ej. un puesto de trabajo a razón de 14000 euros años, 14 pagas iguales, 1750 horas.
Precio hora= 8 euros.

Sea un tjdor. que entra en una empresa el último día de abril, resulta que ese mes le toca: (1000x7/6)/30 = 38,89 euros. Con una jornada de 8 horas le sale el salario hora a la nada despreciable cifra de... 4,86 euros.

Cada uno que haga lo que quiera, pero yo sigo teniendo en cuenta estas circunstancias específicas, dado que es un problema que se me ha planteado numerosas ocasiones, sobre todo en trabajos a tiempo parcial y las horas mensuales que coincidían en algunos meses.
 

lolaM

Nuevo miembro
A ver Raquel si te lees bien lo que he posteado verás que si trabajas 1 dia en junio te van a pagar ,en la mayoría de convenios, lo mismo que si trabajas 1 dia en marzo. Por que te tendrán que liquidar las 8 horas. Si el convenio no tiene horas anuales y el trabajador el mensual habrá que abonarle la parte proporcional, y la parte proporcional de 1 dia en Junio es 1/30 y la de 1 dia en marzo es 1/31 y esto si es lo que te va a decir tu tío el pintor si acabó la EGB.
¿qué por que le pagas más salario 1 día de junio que un día de marzo?, pues por que es un trabajador mensual, o sea, que cobra TODOS LOS MESES LO MISMO, los que cobran todos los días lo mismo, son los trabajadores diarios. Si un trabajador diario te preguntase por que cobra distinto en febrero que en marzo tú le dirías:
- Cobras más enero porque tiene más días
Pues esa es básicamente la razón por que un trabajador mensual devenga cada día de Enero 1/31 de salario y en Febrero 1/28, para que cobre los dos meses lo mismo.

Por otra parte te parece raro que un trabajador cobre más por 1 día de Junio que por 1 día de marzo, y te parece de lo mas natural que cobre lo mismo por 30 días de junio que por 31 de marzo.¿pero que problema tienes para hacerle la parte proporcional?
 

lolaM

Nuevo miembro
Además dices:
"Un día de trabajo, es un día de trabajo y no puedes pagarlo ni más ni menos dependiendo de los días que tenga el mes, si trabajo 26 días me los van a pagar igual, en enero que en febrero, no hace falta ser de mixtas ni de puras para ser simplemente un poco lógico, eso mi tio el pintor también te lo sabe decir."

Y 27, ¿tambien te los pagarán igual?, y ¿28?.
Lo que yo creo es que si el mes de febrero debe cobrar un sueldo mensual y cada día devenga el mismo salario, cada día ,de febrero, debe devengar 1/28, es que es de cajón, vamos.

 

Raquel GR

Miembro activo
Lola hija, revisa ese cajón, que tiene telarañas y de las malas

"Si el convenio no tiene horas anuales y el trabajador el mensual habrá que abonarle la parte proporcional, y la parte proporcional de 1 dia en Junio es 1/30 y la de 1 dia en marzo es 1/31 y esto si es lo que te va a decir tu tío el pintor si acabó la EGB.
¿qué por que le pagas más salario 1 día de junio que un día de marzo?, pues por que es un trabajador mensual, o sea, que cobra TODOS LOS MESES LO MISMO, los que cobran todos los días lo mismo, son los trabajadores diarios."

Realmente, o coges como te dice Fernando para todos, diarios o no, o coges siempre entre treinta, tus cuentas fallan más que la gota de mi tío, que sí acabo la EGB y solo con eso ... en fin, que sí Fernando, que es absurdo, un día de trabajo varía según en que mes lo curro....
 

BSK

Miembro activo
Hola a todos, entro últimamente de uvas a peras pero vaya como está el patio. Tan sólo quiero hacer la siguiente reflexión. Estamos en un foro en el que no todo el que entra es un experto como lo puede ser Fernando, Nando, Raquel o Charo. Creo que quien responde debe ser lo más sencillo y lo más corto posible porque al final podemos terminar aburriendo a las ovejas. He leído todo el debate y reconozco que me he desesperado muchísimo.
 
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