SUBIDAS CONVENIO

Clo

Nuevo miembro
TENGO Q APLICAR UN CONVENIO COLECTIVO PUBLICADO EN EL 2005.
NO SE HAN PUBLICADO TABLAS ACTUALIZADAS.
EN EL CONVENIO SE ESTABLECEN SUBIDAS ANUALES (PARA EL AÑO 2006 SE INCREMENTARÁ IPC +1, PARA EL 2007,...) ¿ESTOY OBLIGADA A APLICARLAS O PUEDO ESPERAR A LA PUBLICACIÓN?
ME REFIERO A OBLIGACIÓN, NO A CONVENIENCIA.
MUCHÍSIMAS GRACIAS, Y SALUDOS PARA TODOS!
 

TOMAS

Nuevo miembro
Fernando, hay que esperar a la publicacion aun estando prevista la subida en el convenio?? Es que tengo una empresa con un convenio en la misma situacion ( publicidad ) y si he ido actualizando las nominas conforme al ipc. No pondria pegas un inspector en este caso?
 

Paco~

Nuevo miembro
TOMAS dijo:
Fernando, hay que esperar a la publicacion aun estando prevista la subida en el convenio?? Es que tengo una empresa con un convenio en la misma situacion ( publicidad ) y si he ido actualizando las nominas conforme al ipc. No pondria pegas un inspector en este caso?

Si la actualización está bien hecha, lo que has ido haciendo está superando lo mínimamente exigido, lo malo es que te hayas quedado corto, porque tendrás que realizar en su momento una liquidación complementaria; si largo, pues tendrás que esperar a que nuevamente se igualen los salarios que pagas con el propio convenio.

La exigencia legal está en la publicación del convenio en la gaceta (Nacional, provincial, etc) correspondiente. A partir de su publicación y con los efectos que diga serán exigibles las cantidades. Pero para eso ocurra, antes tendrá que reunirse la Comisión Paritaria o Negociadora del convenio al efecto, y levantarse acta sobre el asunto, acordándose su publicación.

Un saludo
 

TOMAS

Nuevo miembro
Gracias Paco por tu respuesta, lo que no entiendo es porque dices que estoy pagando por encima de lo exigido si hago correctamente la actualizacion, cuando en el propio convenio establece el criterio de subida en los años posteriores. Evidentemente si me quedo corto luego tendre que actualizar las cantidades con los atrasos de esos años.

Tu subirias o esperarias a que salieran las nuevas tablas?
 

Raquel GR

Miembro activo
Puedes subir tomás,siempre a primeros de años y no de forma retroactiva para que no tengas que justificar nada en base a nada, normalente  o te cuadra o te quedarás corto, nunca he visto que se negocie por debajo de lo que pone....
Pero como te dicen hasta que no se publique no existe obligación.
 

Paco~

Nuevo miembro
TOMAS dijo:
Gracias Paco por tu respuesta, lo que no entiendo es porque dices que estoy pagando por encima de lo exigido si hago correctamente la actualizacion, cuando en el propio convenio establece el criterio de subida en los años posteriores. Evidentemente si me quedo corto luego tendre que actualizar las cantidades con los atrasos de esos años.

Tu subirias o esperarias a que salieran las nuevas tablas?

Yo Tomas, por un principio básico de prudencia, suelo esperar a la publicación de la norma sectorial, entre otras razones (como aquí se te aconseja) porque a la empresa no le es exigible oficialmente hasta que no se publique en el correspondiente boletín y con los efectos que en la mismo se determine. Aunque yo haga para la empresa las previsiones correspondientes.

Saludos
 
T

TOÑIS

Guest
Hola,

Trabajo como dependienta en una tienda de ropa. Hasta este mes no ha salido el nuevo convenio textil. Y para mi sorpresa mi jefe me dice que estoy cobrando 200.- Euros por encima del convenio.
Cobro netos: 1000.- Euros.
¿alquien me puede decir lo que me tocaria cobrar? Estoy como VENDEDOR. Grupo cotizacion: 5.
Gracias.
 
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